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Junta provincial del Patronato de protección a la mujer de Burgos

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Área de Identificación

Código de Referencia:

Título /Nombre Atribuído: Junta provincial del Patronato de protección a la mujer de Burgos

[f] 01-01-1942 / 31-12-1987

[c] 01-01-1942 / 31-12-1987

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Depositada en la sede de la Junta Provincial del Patronato, la documentación permaneció en el mismo edificio después de transferirse la competencia a la Junta de Castilla y León. Fue transferida desde allí al AHP en 1998.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Creado por R. D. de 11 de julio de 1902 en el Ministerio de Justicia como "Patronato Real para la Represión de la Trata de Blancas", fue disuelto por Decreto de la República de 1º de junio de 1931. Ese mismo año fue reorganizado como "Patronato de Protección a la Mujer" hasta su disolución por Decreto de 25 de junio de 1935. Desde esta fecha asume sus funciones el Consejo Superior de Protección de Menores hasta la reorganización del Ministerio de Justicia por Decreto de 12 de marzo de 1938, por el cual el Patronato de Protección a la Mujer se adscribe a dicho Departamento.

El Patronato de Protección a la Mujer, reorganizado por Decreto del Ministerio de Justicia de 6 de noviembre de 1941, asume las atribuciones del extinguido Patronato Real para la Represión de la Trata de Blancas y tiene como finalidad "la dignificación moral de la mujer, especialmente de las jóvenes para impedir su explotación, apartarlas del vicio y educarlas con arreglo a las enseñanzas de la religión católica" (art. 4º). Su función, detallada en todas las disposiciones que lo reglamentaban, consistía con carácter general en velar por la moralidad pública y muy especialmente por la de la mujer. Para ello ejercerá funciones tutelares de vigilancia, recogida, tratamiento e internamiento sobre aquellas menores que los tribunales, autoridades y particulares le confíen, especialmente las menores de 18 años, a las que mantiene en reformatorios propios y colegios de religiosas o en vigilancia dentro de sus casas. Este Decreto de 1941 establece como órganos del Patronato: la Junta Nacional, que funcionará en Pleno y en Comisión Permanente, las Juntas Provinciales, que también funcionarán en Pleno y en Comisión Permanente, y las Juntas locales, en poblaciones importantes y bajo la presidencia del alcalde.

La plantilla de personal en la Junta Nacional y en las Provinciales es muy pequeña, y está integrada por el personal administrativo, las celadoras encargadas de la tutela y reforma de las menores, el personal subalterno y funcionarios adscritos: médicos, agentes de policía.

La composición de las Juntas Provinciales de Protección a la Mujer, dependientes de la Junta Nacional y presididas por el gobernador civil, fue modificada por el Decreto de 15 de junio de 1942, quedando constituidas por 2 vicepresidentes, 3 vocales de cada sexo y un secretario, figurando además como miembros natos de las mismas el prelado de la diócesis o sacerdote que se designe, un representante de la Delegación Provincial de la Sección Femenina de F.E.T. y de las J.O.N.S., el representante del Ministerio Fiscal, el Juez o Presidente del Tribunal Tutelar de Menores, el Gobernador militar, el Jefe local de la Marina, si lo hubiese, el Inspector provincial de Trabajo, el Inspector de Sanidad, la Secretaría de la Junta Provincial del Patronato de Redención de Penas por el Trabajo y el Jefe Provincial de Presos y Penados, quedando adscrito con carácter auxiliar, un funcionario del Cuerpo General de Policía .

El Patronato de Protección a la Mujer, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Justicia a través de la Subsecretaría, fue regulado por la Ley de 20 de diciembre de 1952, el Decreto-Ley de 3 de marzo de 1956 y por la Orden de Presidencia del Gobierno de 23 de abril de 1956.

La ley de 20 de diciembre de 1952 especificaba detalladamente las funciones, los órganos del Patronato y el régimen económico, señalando que sus recursos procederán de: subvenciones concedidas por el Estado, provincia o municipio o cualquier otra entidad pública o privada; de las donaciones y adquisiciones a título de herencia; de los frutos o rentas de los bienes propiedad del Patronato y del producto de la venta de dichos bienes acordada por la Comisión Permanente de la Junta Nacional; de los ingresos obtenidos para atender a los gastos de internamiento y otros recursos que se concedan por preceptos legales (art.12).

La Orden de 23 de abril de 1956 señalaba que el Patronato de Protección a la Mujer ejercerá una misión de tutela y reeducación de sus protegidas y para ello las Juntas Provinciales del Patronato colaborarán con la Dirección General de Seguridad y con los gobernadores civiles para el eficaz cumplimiento de su cometido (art.1). Asimismo determinaba que el Patronato podía internar en sus establecimientos a aquellas mujeres de conducta dudosa proporcionando a sus protegidas asistencia médica y farmacéutica (art. 8).

El Patronato de Protección a la Mujer fue suprimido por R.D. 1449/1985, de 1 de agosto, por el que se modificaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, pasando las funciones que debía continuar ejerciendo la Administración del Estado a la Dirección General de Protección Jurídica del Menor.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su artículo 26 la competencia exclusiva de la Comunidad en materia de asistencia social y servicios sociales. En base a estos presupuestos la Comunidad de Castilla y León recibió por el R.D. 1712/1985, de 1 de agosto, el traspaso de funciones y servicios de la administración del Estado en materia de Protección a la Mujer. Entre los servicios traspasados se encontraban las Juntas Provinciales del Patronato.

La Consejería de Bienestar Social, creada por Decreto 3/1983 para asumir las competencias en materia de acción social, fue la encargada de recibir este traspaso. En 1987 se crearon las Delegaciones Territoriales Únicas, que asumían las funciones de las Delegaciones Territoriales de las distintas Consejerías y por Decreto 245/1987 las Delegaciones Territoriales Únicas se estructuraron en Servicios Territoriales. Así el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, en concreto el área de Servicios Sociales, sección de Coordinación y Cooperación (1987-1993), posteriormente sección de Acción Social (1993-1996) recibió esta documentación. Tras la modificación de la estructura orgánica del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social (Orden de 21 de noviembre de 1996) el área de Secretaría Técnica con la incorporación de un técnico asistente social adquiere la gestión de los programas de protección de la mujer y el asesoramiento e información a las mujeres.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Se conserva bastante completa la documentación de la Junta Provincial. Las series más abundantes son: circulares y correspondencia y documentación de tesorería.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: La documentación se encontraba totalmente desorganizada y entremezclada con la procedente de la Jefatura Provincial de Sanidad. El primer paso fue separar los dos fondos y una vez identificados, establecer su clasificación e inventariación. En base a la documentación existente y a la legislación de la Junta Provincial del Patronato se ha elaborado un cuadro de clasificación orgánico-funcional, que ha sido estructurado en 3 secciones: Presidencia, Secretaría y Tesorería.

Las series se han adscrito a las secciones correspondientes y se ha respetado el criterio de archivación preexistente de la Junta Provincial. Así en la sección de Tesorería, la serie documentación de tesorería (1947-1985) incluye relaciones nominales de estancias, cuentas corrientes, presupuestos anuales y trimestrales, inventarios de mobiliario y de material inventariable, relaciones de pagos y declaraciones del impuesto sobre rendimientos del trabajo personal. Se ha respetado esta agrupación, a pesar de que las cuentas corrientes para los años 1960-1985 o las liquidaciones sobre rendimiento de trabajo personal para los años 1964-1978 aparecen individualizadas y son, en consecuencia, continuación de la serie anterior.

El cuadro de organización es el siguiente:
SECCIONES/Series nº de unidades fechas extremas

1. PRESIDENCIA

- Actas de la Junta Provincial 4 1943-1978
- Correspondencia 2 1955-1986
- Memorias 7 1969-1975

2. SECRETARÍA

2.1.Administración

- Circulares y correspondencia 39 1942-1983
- Informes y proyectos 2 1983-1987
- Libro inventario de bienes 1 1981-1982

2.2. Información y estadística

- Boletines de información 19 1956-1979
- Estadísticas 1 1971-1976

2.3. Asistencia

- Consultas 1 1985-1986
- Expedientes de mujeres 4 1977-1985

3.TESORERÍA

- Cuentas corrientes 3 1944-1985
- Documentación de tesorería 38 1947-1985
- Libros de contabilidad 2 1943-1951
- Liquidaciones de cotizaciones a la S. Social 6 1974-1980
- Liquidaciones del impuesto sobre rend. de trabajo 1 1964-1978
- Nóminas 1 1944-1947
- Recibos 1 1945-1947

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: La delimitación del derecho de acceso a la documentación se encuentra regulada en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en su artículo 37.2 señala que "el acceso a los documentos que contengan datos referentes a las personas estará reservado a éstas".

La Ley 30/1992 establece un segundo nivel de intimidad cuando se refiere a los documentos de carácter nominativo, señalando en su artículo 37.3 que el acceso a este tipo de documentos podrá ejercerse, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo.

El artículo 37.6 de la citada Ley 30/1992 señala que se regirán por sus disposiciones específicas la consulta de fondos documentales existentes en los Archivos Históricos. Estas disposiciones, referentes a los fondos documentales de los Archivos Históricos Provinciales de Castilla y León, se concretan en el artículo 21b de la Ley 6/1991 que señala que "cuando los documentos contengan informaciones de cualquier índole cuyo conocimiento puede afectar a la seguridad de las personas físicas, a la averiguación de los delitos, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar o a su propia imagen, no podrán ser consultados públicamente sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que hayan transcurrido 50 años desde su fallecimiento, si la fecha es conocida, o, en caso contrario, 100 años a partir de la fecha de los documentos".

La consulta de las series incluidas en Secretaría, tales como expedientes de mujeres y consultas, está afectada expresamente por las restricciones impuestas por la Ley 6/1991 y las integradas en la sección de Tesorería pudieran contener datos de carácter nominativo e íntimo. Para evitar inmiscuirse en la intimidad de las personas, la consulta de esta documentación deberá ser autorizada por la dirección del Archivo.

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Junta provincial del patronato de protección a la mujer de Burgos: Inventario (1942-1987) . - Burgos, 1998 . - 18 p. (mecanografiado)

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Las series de Protección a la Infancia (anteriormente Protección de Menores) del fondo de la Gerencia de Servicios Sociales, que es el organismo receptor del área de Servicios Sociales, (sección de Acción Social) del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social.

Las series de Promoción de la Mujer: expedientes de inserción laboral de la mujer y cursos del Fondo Social Europeo, anteriormente englobadas en el apartado de Subvenciones de la sección de Acción Social del fondo del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social.

Otras Unidades Relacionadas: Documentación de otras Juntas Provinciales del Patronato de Protección a la Mujer que se conserva en los Archivos Históricos Provinciales de Ávila, Pontevedra y Segovia.

Documentación de las Juntas Locales del Patronato, caso de la conservada en el Archivo Municipal de Quiroga (Lugo).

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 18 Caja(s)
    • Soporte: Papel


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