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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Delegación provincial de la Administración Institucional de Servicios Socio-profesionales (A.I.S.S.) de Burgos
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01-01-1940
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31-12-1978
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01-01-1937
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31-12-1978
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Por el Decreto de 30 de enero de 1938, se creó el Ministerio de Organización y para el ambito provincial el decreto de 21 de abril de 1938, se establece que las organizaciones sindicales se integrarán por provincias en las Centrales Nacional- Sindicalista, que dependían directamente del Ministerio de Organización y Ascción Sindical y estaban dirigidas por un delegado.
A partir de 1939 se tiende a concentrar la organización sindical en Falange. En la Ley de Unión Sindical de 26 de enero de 1940, la Organización Sindical de Falange Tradicionalista y de las JONS, es la única reconocida por el Estado. "La Delegación Nacional de Sindicatos ejercerá sus funciones ordenadoras a través de los Sindicatos Nacionales y de las Centrales Nacional-Sindicalista, correspondiendo la coordinación a nivel provincial a las Delegaciones Provinciales de Sindicatos.
En la Ley de Bases de la Organización Sindical de 6 de diciembre de 1940, se dice que el mando de las Centrales Nacional-Sindicalistas de las provincias corresponde al Delegado Provincial de Sindicatos de Falange Española Tradicionalesta. Tenían las siguientes funciones: establecer la disciplina social de los productores, representar legalmente a sus afiliados y procurar la conciliación en los conflictos de trabajo, procurar el perfecionamiento profesional y una adecuada mano de obra y cooperar a la formación de estadística sobre las condiciones de trabajo y producción.
La Orden General de Delegaciones de 25 de mayo de 1942 reglamenta las Delegaciones Sindicales Provinciales, cuya estructura era la siguiente: Secretaría, Servicio de Administración, Servicio de Estadística y colocación, Servicios Jurídicos, Servicios Sindicales del Seguro de enfermedad, Vicesecretaría de Ordenación Social, Vicesecretaría de Ordenación Económica y vicesecretaría de obras Sindicales.
En la Ley Sindical 2/1971 de 7 de febrero, aparecen las Delegaciones Provinciales de la Organización Sindical, las corresponderá coordinar las acciones sindicales y organizar y prestar los servicios comunes a los sindicato de las provincias. Su estructura fue regulada por la Orden de 27 de enero de de 1973 en la que se establecía una Secretaría Provincial (Secretaría General, Administración e Intervención, Presupuesto, Patrimonio Sindical, Personal, Oficialía Mayor, Archivo y Biblioteca, Servicios Médicos); Tres Secretarías (Asuntos Económicos y Asistencia y Promoción) y siete servicios (Asesoría Jurídica, Información y publicaciones, Colocación, Convenios colectivos, Eleciones, Registro de entidades sindicales y Estadística).
Con la restauración de la Democracia se publica el Real Decreto Ley 19/1976 de 8 de octubre por el que se crea la Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (AISS), como un órgano autónomo adscrito a la Presidencia de Gobierno.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Grabación y revisión de la descripción de nivel "fondo" por Basilio Villacorta Fernández
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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