Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/13074
Título /Nombre Atribuído: Jefatura Provincial de Correos de Toledo
[c]
01-01-1936
/
31-12-1970
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística: La documentación ingresó en el AHPTO en marzo de 2011 mediante transferencia de la Jefatura Provincial de Correos de Toledo.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Al día siguiente de proclamarse la II República, el nuevo gobierno crea un nuevo Ministerio de Comunicaciones, por D. de 15 de abril de 1931, que se encargaría de las funciones que hasta entonces desempeñaba la Dirección General de Correos y Telégrafos, aunque posteriormente ampliará sus funciones con las de telecomunicaciones y navegación aérea. Otro decreto de esa misma fecha crea en su seno la Dirección General de Correos.
En ese momento, el servicio de correos se organizaba básicamente por el Reglamento para el régimen y Servicio del ramo de Correos, aprobado por RD de 7 de junio de 1898, y la Ley de Bases de 14 de junio de 1909, que organiza el servicio de correos a través de Administraciones Principales en cada capital de provincia, de las que dependerán las Estafetas en las cabezas de partido judicial y poblaciones más grandes, y las Agencias en otras poblaciones más pequeñas. Ambas normas estaban destinadas a perdurar, con modificaciones circunstanciales, durante mucho tiempo. El RD de 27 de marzo de 1923 había creado además las Inspecciones provinciales, integradas en las Administraciones principales pero con autonomía funcional, encargadas de supervisar el funcionamiento de las Estafetas y las Agencias.
Por Ley de 1 de julio de 1932 se reorganizan los servicios de correos, aunque se mantienen las Administraciones principales y las Estafetas, mientras que las Agencias son sustituidas por Carterías. El D. de 19 de septiembre de 1935 suprime el ministerio de Comunicaciones, que es absorbido por el nuevo Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. Otro Decreto, de 30 de octubre del mismo año, organiza los servicios del nuevo Ministerio, incluyendo los postales, en los que las Administraciones principales quedan reducidas a 11, de carácter regional, de las que dependerán el resto de Administraciones, que tendrán carácter subalterno, si bien no llegaron a especificarse la ubicación ni el territorio de jurisdicción de estas nuevas Administraciones Principales. También se suprimen las Carterías. El D. de 28 de febrero de 1936 inserta la Dirección General de Correos en el nuevo Ministerio de Comunicaciones y Marina Mercante.
Ya en plena guerra civil, el D. de 26 de noviembre de 1936 crea las Direcciones Regionales de Correos, que incluirán la correspondiente Inspección Regional; la provincia de Toledo se encuadra en la Dirección e Inspección de Madrid. Por su parte, en la zona sublevada el D. 322, de 14 de julio de 1937, crea unas Direcciones generales de Correos y Telégrafos, sin especificar cuántas ni qué territorio controlan, sometidas a la Comisión de Obras Públicas y Comunicaciones. En todo caso, la Ley de 30 de enero de 1938 organiza la administración franquista en Ministerios, entre los que se crea el Ministerio de Orden Público, responsable, entre otras cuestiones, de Correos y Telégrafos. El D. de 22 de febrero del mismo año crea dentro del Ministerio una Jefatura Principal de Correos, integrada en el Servicio Nacional de Correos y Telecomunicación. Pero la Ley de 29 de diciembre de 1938 suprime este Ministerio, que se unirá al Ministerio del Interior para crear el nuevo Ministerio de la Gobernación, dentro del que se encuadra una Subsecretaría de Orden Público que incluye el Servicio Nacional de Correos y Telecomunicación. La Ley de 8 de agosto de 1939 sustituye los Servicios Nacionales por Direcciones Generales, manteniendo su denominación específica.
El D. de 7 de diciembre de 1939 reorganiza la Inspección de Correos, que ahora se estructurará en Inspecciones regionales, organizadas a su vez en Inspecciones de Zona, cada una de las cuales abarcará varias provincias. El Reglamento que desarrolla este Decreto, aprobado por O. de 22 de diciembre del mismo año, encuadra la provincia de Toledo en la primera región, con capital en Madrid, pero no especifica la zona correspondiente. La Inspección volverá a ser reorganizada por Decreto de 30 de diciembre de 1941, que aprueba su reglamento, y que divide el territorio español en 25 “sectores provinciales”, que abarcarían una o más provincias y que, a su vez, se encuadran en cuatro zonas. Los inspectores de estas zonas y sectores serían responsables de la inspección de los servicios de las oficinas fijas de su circunscripción. Esta organización será modificada por el D. de 5 de julio de 1945, que otorga a los Administradores principales de cada provincia el carácter de inspectores provinciales, dependientes directamente del inspector general, y suprimiendo el resto de inspecciones.
Pero una nueva organización global del correo no se llevará a término hasta la Ley de 22 de diciembre de 1953, que dispone la redacción de una Ordenanza Postal que sustituya a las normas de 1898 y 1909 y sus correspondientes modificaciones, así como la clasificación periódica de las localidades de acuerdo a sus circunstancias para instalar en ellas las oficinas y centros oportunos. Esta ordenanza postal no se aprobará hasta el D. 1113/1960. En lo que aquí concierne, establece en cada capital de provincia un Jefe provincial de Correos, del que dependerán un Jefe de Organización y Tráfico, un Interventor y un Inspector, este último en sustitución de los antiguos inspectores de sector. Además, se constituirá una Junta de Correos, de la que formarán parte además el Gobernador Civil y el Delegado de Hacienda, encargada de la creación y clasificación de las distintas oficinas de correos de la provincia. En todo caso, las capitales de provincia tendrán una Administración de Correos. El D. 1653/1964 desarrolla el anterior, aprobando el Reglamento de los Servicios de Correos sin alterar esta organización básica.
La Administración principal de Correos en Toledo se encontraba instalada desde 1929 en el mismo edificio que ocupa actualmente, en la calle de la Plata.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Este fondo está compuesto fundamentalmente por correspondencia relativa a los expedientes político-sociales incoados a unos trescientos setenta funcionarios de Correos de diferentes pueblos de la provincia de Toledo. Esta documentación nos ha llegado muy mermada y aparte de la correspondencia, encontramos algunos informes sobre conducta político-social, que originalmente formarían parte del expediente de depuración. No obstante, la mayor parte de dichos informes son borradores y copias puesto que los expedientes de depuración correspondientes se remitían al Juzgado Especial de expedientes político-sociales de Correos, cuya documentación se conserva en el Centro Documental de la Memoria Histórica.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: Algunos documentos pueden contener datos personales de acceso restringido, de acuerdo con el Reglamento europeo 2016/679 y el Real Decreto 1708/2011. En general, la restricción de acceso a estos documentos se levantará a los 50 años de su fecha.
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística y mecanografiado.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Serie de Expedientes de depuración de funcionarios adscritos al servicio de Correos, en el Centro Documental de la Memoria Histórica
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela, en marzo de 2017.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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