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Intendencia Provincial de Zaragoza

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Área de Identificación

Código de Referencia:

Título /Nombre Atribuído: Intendencia Provincial de Zaragoza

[c] 01-01-1479 / 31-12-1849

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Las diferentes instituciones que conformaban la administración provincial de hacienda siempre guardaron los papeles en sus archivos, e incluyo se dictaron reglamentos para su custodia y organización. Por R. D. de 31 de julio de 1888 se confió su servicio al Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios del Estado, a partir de este momento, en las memorias anuales, el archivero ya dice que la documentación estaba completamente desordenada y en malas condiciones de conservación debido a los cinco traslados de edificio que había sufrido. A principio del s. XX la documentación seguía dispersa en diferentes depósitos, queda constancia de varias ubicaciones y traslados: antiguo Penal de San José; convento de San Cayetano, en la plaza del Justicia; 2º planta de las escuelas de la Plaza de la Victoria; sótano y entresuelo de la Plaza del Pilar, nº 10; C/ de la Morería; plaza de Los Sitios en los años 40; y por último en C/ Albareda en los años ochenta. Este último traslado originó la transferencia de la documentación al Archivo Histórico Provincial.
Los fondos llegaron al archivo muy mermados, sin inventarios ni organización. La documentación de este periodo aparece en inventarios antiguos de libros y legajos, pero hay que tener en cuenta que: además de la documentación deteriorada o perdida en los sucesivos traslados, hay noticias de varios expurgos de “papel inútil”; que por R.O. de 16 de octubre de 1898 se trasladó al Archivo Histórico Nacional todos los legajos y libros pertenecientes a conventos suprimidos; y por último, en los años 80, antes del ingreso en este archivo, volvió a hacerse otro expurgo sin que haya quedado constancia por escrito del contenido del mismo.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El nacimiento del término de Intendencia, aunque con precedentes en la administración castellana, está unido a las reformas de la administración llevadas a cabo por la dinastía borbónica, siguiendo la línea de influencia francesa, con el fin de fiscalizar la administración del territorio, representando al Rey.
Constituido el reino de Aragón en una provincia de la administración borbónica, dividida en trece corregimientos, por R.D. de 1711 se encomendaba el gobierno militar, político, económico y gubernativo a los capitanes generales que, en 1714 reciben la denominación de intendentes y se da instrucción para el desempeño del cargo en las cuestiones referentes a tropas y su atención: el Intendente tenía a su cargo los gastos de guerra, alojamiento de soldados, repartimientos militares, etc. Podía nombrar tesorero general o tesorero de la guerra de partido y subdelegados en las villas. Por R.D. de 4-VII-1718 se convirtieron en «intendentes de provincia y de ejército». La nueva Ordenanza daba poderes más amplios al intendente, y otras funciones distintas de las militares: les daba el cargo de corregidor de la capital de la provincia; funciones de justicia, con encargo de mantener la ley y el orden; de finanzas, dirigiendo la recaudación y administración de impuestos; de policía, fomento, obras públicas, sanidad, recluta de milicia, protección a la moneda y vigilancia de graneros y archivos. Era el oficial administrativo más importante de la provincia.
Aunque desde 1721 se merman los poderes del intendente, no ocurre así en Aragón, donde de 1721 a 1736 sigue siendo intendente de ejército y provincia y corregidor de Zaragoza.
En el reinado de Carlos III, en 1766, se separan intendencias y corregimientos, sin perjuicio de los que en ese momento acumulaban el cargo. En la práctica siguió muchas veces unido, por interés de la autoridad real. En 1782, se organiza una Junta de Competencias para deslindar las que correspondían a esta magistratura.
La corriente de racionalización territorial, basada en la centralización y uniformidad extendida por Europa a raíz de la Revolución francesa y sus consecuencias, es la que inspira a Javier de Burgos la reforma de la organización territorial en el real decreto de 30-XI-1833, que en su art. 4 dice: «Esta división de provincias no se entenderá limitada al orden administrativo, sino que se arreglarán a ella las demarcaciones militares, judiciales y de hacienda». Esta organización territorial a llegado a nuestros días sin apenas modificaciones. Las intendencias provinciales estaban subdividas en partidos, al frente de los cuales se situaron subdelegados.
Con la nueva organización del gobierno político de las provincias, las funciones gubernativas de los Intendentes pasaron a los Jefes Políticos y Gobernadores Civiles, y las de hacienda fueron ejercidas por los Intentes hasta la promulgación del Real Decreto de 1849.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El fondo de la Intendencia se encuentra en proceso de organización. No es muy extenso siendo, a veces, difícil separar la documentación de gestión tributaria de la producida por las distintas instituciones desamortizadoras, además de los papeles propios de la Intendencia como autoridad superior en temas de justicia, policía, recaudación de impuestos, reclutamiento de tropas, etc.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: Provisionalmente se ha clasificado en las siguientes secciones:
Asuntos generales, que contiene la correspondencia de:
- La Oficina Principal con la superioridad, que incluye las órdenes e instrucciones recibidas.
- La gestión mantenida con los administradores subalternos de los partidos.
- La recibida directamente por las oficinas (con las peticiones, quejas etc. de particulares) y las comunicaciones internas entre unos y otros responsables transmitiéndose información o instrucciones.
Asuntos económicos; Justicia y Ejército (secciones que le correspondían en sus funciones directivas).
Rentas (que incluye tres grandes bloques: Provinciales, Generales y Estancadas.
Bienes nacionales (con la documentación producida en los procesos desamortizadores
Contaduría / Tesorería (gestión y control contable).
Crédito público (deuda)
Administraciones subalternas.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación: En general bueno, aunque algunos documentos están muy dañados por humedad.

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Inventarios de:

    Sección de Bienes Nacionales

    Sección de Crédito Público

    Sección de Amortización

    Sección de Subastas

    Sección de Clero Regular

    Sección de Clero Secular

    Sección de Orden de San Juan

    Sección de Varios

    Libros varios de Hacienda.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Archivo Histórico Provincial de Zaragoza. Equipo técnico.

Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G) 2000

Volumen y soporte

  • 89 Libro(s)
    • Soporte: Papel
  • 216 Libro(s)
    • Soporte: Papel


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