Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.41091.ACS/3
Título /Nombre Atribuído: FONDO CAPILLA REAL
[f]
01-01-1285
(Conocida)
/
01-01-1998
Fecha de la primera dotación de Sancho IV a los Capellanes Reales
Año del acuerdo de anexión del Cabildo de Capellanes Reales con el Cabildo de la Catedral de Sevilla.
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Cuando se incorporó el Archivo de la Capilla Real al Archivo de la Catedral de Sevilla, el día 30 de mayo de 1998, se pudo comprobar que toda la documentación se conservaba según el orden dado a finales del siglo XVIII. Se encontraba ubicada en un armario de archivo dividido en cuatro partes, cada una de ellas con su puerta tallada en madera y que clasificaba la documentación en:
1º Monto Mayor, Archivo de Mesa y Archivo de Fábrica
2º Archivo sobre diversos asuntos
3º Archivo de Dotaciones
4º Libro de Actas Capitulares y Expedientes de Limpieza de Sangre
Ello se complementaba con numerosos libros y documentos sueltos situados en la parte alta del armario y en diferentes estanterías sin ningún tipo de organización y menos aún clasificación.
Hoy día el Archivo de Capilla Real se compone de 113 libros y 90 cajas. A partir del primer documento conservado, Privilegio rodado de Sancho IV dotando a los clérigos de la Capilla Real de Sevilla, serán numerosos los documentos medievales con diferentes concesiones reales. Alfonso XI, en 1329, concede a los Capellanes reales medio año de supervivencia para el funeral, del que se conserva el privilegio original en pergamino y su traslado legalizado. De Pedro I se conservan diferentes documentos, cronológicamente de 1351 a 1362, ya sean originales, copias certificadas o copias simples, entre ellos el albalá de 24 agosto 1357 en el que comunica el haber tomado las piedras finas de las coronas de rey Alfonso X y de la reina Beatriz, o del año 1358 por el que pretende resolver el conflicto de rentas surgido entre los Capellanes Reales y el Concejo de la ciudad. Son todos ellos documentos de gran interés.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Tradicionalmente se consideraba que la erección de la Capilla Real de Sevilla había sido obra de Fernando III, idea defendida por diferentes historiadores locales, reflejadas en publicaciones o en obras manuscritas, desde Maldonado Dávila, el Abad Gordillo, Zúñiga, González de León o Muñoz Torrado, señalan a Fernando III como el autor de la institución de canónigos con prebendas y dignidades, la designación de clérigos para el culto de la Virgen de los Reyes y la división de la Mezquita en dos partes, una para la Capilla Real y otra para la Iglesia-Cabildo Catedral. Otros como Rodríguez de Quesada y Alonso Muñiz manifiestan en sus obras que el santo rey convirtió toda la mezquita en Capilla Real y frente a ellos, la opinión de Peraza, para quien la Mezquita fue convertida en Catedral pero no habla de la Capilla. Todos estos diferentes planteamientos que tratan de confirmar a la Capilla Real como fundación fernandina los analiza María del Monte Merchán, quien en 1958 leyó su tesis doctoral en la Universidad de Sevilla con el título “Historia de la Capilla Real de Sevilla” y en ella apuesta por la división de la catedral en dos mitades como obra de Alfonso X.
Pueden conocerse a través de documentación del Archivo Capitular, entre otras fuentes, las dotaciones de Alfonso X a la Iglesia de Sevilla para asegurar la celebración de aniversarios por sus padres Fernando III y Beatriz de Suabia.
Sin embargo, de todo el período que abarca desde el año 1248 hasta 1285 no existe constancia documental en el Archivo de la Capilla Real. En el siglo XVII, por Real Cédula, se pidieron documentos al Archivo de Simancas, no encontrando ninguna referencia, y en la Secretaría del Patronazgo consta la información que en el s.XVI hizo el licenciado Contreras, Regente de la Audiencia, sobre la renta de la Capilla, refiriendo en ella que no pudo hallar la dotación primera.
En el Archivo de la Capilla Real el primer y más antiguo documento conservado es el Privilegio rodado de Sancho IV, de 18 de Enero de 1285, por el cual concede a los clérigos de la Capilla Real de Sevilla todas las iglesias y abadías de su señorío, les exime del pago de tributo por los heredamientos que tuvieren y del pago de tasas de cancillería por los privilegios y cartas que obtuvieren. Es por tanto la primera dotación de la Capilla Real como tal y hasta la fecha el origen de la institución.
Las primeras “Ordenaciones” conservadas de la Capilla Real son de 1392: “Ordenamiento y constituciones que hicieron los Señores Tesoreros y Capellanes reales en 1 de junio de 1392”. No son las originales sino una copia simple posiblemente de principios del siglo XVI. Se justifica su redacción por la falta de la regla anterior que, de existir, no se localiza en 1392.
Con posterioridad el Papa Gregorio IX permitió en 1234 que se concediera a las capillas reales, por privilegio pontificio, la exención de la jurisdicción ordinaria y se considerara al Capellán Mayor dotado de potestad quasi episcopal, de carácter personal, es decir vinculado a las personas de la familia real y cortesanos que seguían al Rey.
Felipe II en las Constituciones de 1594 justifica su patronazgo sobre ella de manera similar al ejercido sobre el resto de las capillas reales españolas. Estas Constituciones serán las más importantes para la Capilla Real y estarán varios siglos vigentes. Constan de 9 Títulos en los que se va articulando todo el funcionamiento de la Capilla. En ellas se fijarán el número y oficio de cada uno de los miembros que la componen, sus obligaciones y sus salarios. Este personal al servicio de la Capilla Real sufrirá modificaciones sucesivas a lo largo de los siglos XVII al XIX.
No se contará con otra Constitución hasta el reinado de Isabel II, tras la firma del Concordato celebrado entre su Santidad el Sumo Pontífice Pío IX y S.M.C. Doña Isabel II en 1851, en el que se determina el cese de todas las jurisdicciones privilegiadas y exentas. Se conservará la Capilla Real de San Fernando de Sevilla, existiendo la dignidad de capellán mayor de San Fernando pero siempre con sujeción al prelado de la diócesis a la que pertenezcan. Estos nuevos Estatutos contaban con disposiciones emanadas directamente de los cambios políticos y constitucionales del momento, y estuvieron vigentes durante la difícil segunda mitad del siglo XIX.
Finalmente en 1922 se elaboraron los “Novísimos estatutos de la Real Capilla…” aprobados por el Excmo. Sr. Arzobispo don Eustaquio Ilundain. En ellos sigue considerándose a la Capilla perteneciente al Patronato único de la Corona. Fijarán también en su articulado la última estructura de los oficiales de la Capilla Real hasta que ésta quede integrada en la Catedral.
Estos Estatutos se mantuvieron hasta casi finales del s.XX, cuando por mandato del Sr. Arzobispo de Sevilla Fray Carlos Amigo Vallejo, la Capilla Real quedó totalmente integrada en el régimen de la Catedral, por medio del Decreto sobre los Canónigos Capellanes Reales, que en su artículo 2 establece "los canónigos Capellanes Reales de San Fernando gozan de idénticos derechos y deberes que los demás Capitulares....... Queda totalmente integrada en el régimen de la Catedral, tanto en lo cultural y pastoral como en lo cultural (sic) y administrativo".
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Decreto de integración:
El 30 de mayo de 1998 el Sr. Arzobispo de Sevilla Fray Carlos Amigo Vallejo firmó el “Decreto sobre los Canónigos Capellanes Reales”.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
La documentación del Archivo de la Capilla Real sigue la clasificación dada en 1798 en el Inventario elaborado por el doctoral don Manuel María Arjona. Basada en esa clasificación y tras el conocimiento que hasta ahora se tiene de la documentación, se ha elaborado el cuadro de clasificación, donde podemos destacar las siguientes series documentales:
• Medios de Información, índices e inventarios de documentación elaborados por los distintos archiveros a los largo de su historia.
• Secretaría, con los Libros de Actas Capitulares o los Expedientes de Limpieza de Sangre, entre otros, muy interesantes para estudios genealógicos.
• Mesa Capitular, desde donde se lleva a cabo el control sobre los diezmos pertenecientes a la Real Capilla, constituye un medio información básico para conocer la economía de la Capilla.
• Fábrica, con todas las nóminas y salarios y con todos los documentos relativos a las obras y restauración que se llevaron a cabo, básicos para estudios sobre patrimonio artístico y cultural.
Valoración, Selección, Eliminación: Documentación de conservación permanente.
Nuevos Ingresos: Fondo cerrado.
Organización:
CUADRO CLASIFICACIÓN ARCHIVO CAPILLA REAL
0. MEDIOS DE INFORMACIÓN FECHAS
0.1. Inventarios de documentación de archivo 1626-1798
I. SECRETARÍA
I.1. Libros de Actas Capitulares 1580-1984
I.2. Constituciones y Estatutos 1392-1922
I.3. Personal
I.3.1. Expedientes de Limpieza de Sangre 1551-1834
I.3.2. Entradas y salidas de Prebendados 1595-1956
I.3.3. Oposiciones 1797-1833
I.3.4. Escrituras de Obligación de oficiales 1508-1817
I.4. Asuntos Despachados 1285-XX
I.4.1. Documentación Real
I.4.2. Documentación Pontificia
I.4.3. Documentación Episcopal
I.4.4. Documentación del Ministerio de Gracia y Justicia
I.4.5. Documentación tramitada por la Secretaría
I.4.6. Correspondencia
II. MESA CAPITULAR (MONTO MAYOR)
II.1. Escrituras ante notario.
II.1.1. Escrituras de reconocimiento a tributo 1512-1827
II.1.2. Testamentos 1793-1832
II.2. Prestameras y Beneficios
II.2.1. Títulos y escrituras del Priorato de La Algaba 1479-1854
II.2.2. Títulos y escrituras de la Prestamera de Écija 1572-1836
II.3. Diezmos 1529-1866
II.4. Subsidio y Excusado 1574-1836
II.5. Cuentas de la Mesa Capitular 1727-1944
II.5.1.Cuentas de los Agentes 1727-1807
II.5.2.Libros de pensiones 1753-1838
II.5.3. Recibos y facturas 1797-1944
II.6. Manuales de Mesa 1825-1857
II.7. Juros 1511-1796
II.8. Contribuciones Reales 1831-1888
II.9. Pensiones
II.9.1. Pensión antigua sobre el Arzobispado de Sevilla 1679-1796
II.9.2. Pensión sobre el Obispado de Córdoba 1712-1838
II.9.3. Pensión nueva sobre el Arzobispado de Sevilla 1788-1838
II.9.4. Pensión sobre el Obispado de Jaén 1746-1831
III.FÁBRICA
III.1. Inventarios de bienes, joyas y ornamentos 1652-1960
III.2. Nóminas y Salarios
III.2.1. Liquidaciones de capellanes 1753-1921
III.3. Cuentas de Fábrica 1695-1975
III.4. Obras y Restauraciones 1759-1980
III.4.1. Construcción del Panteón de Capellanes Reales 1951-1954
III.5. Títulos de tributos pertenecientes a Fábrica 1468-1834
III.6. Donaciones 1507-1967 III.7. Enajenaciones 1966-1976
IV.CONTADURIA
IV.1. Colecturía de Misas 1774-1975
IV.1.1. Libros de colecturía de misas
IV.1.2. Libros de intención de misas IV.1.3. Fundaciones de misas
IV.2. Cuentas y Libros de contaduría 1769-1976
IV.2.1. Facturas
IV.2.2. Cuentas sobre pleitos
IV.2.3. Libros de contaduría
IV.3. Clavería 1839-1955
V.PATRONATOS Y DOTACIONES 1507-1952
V.1. Escrituras y Obligaciones
V.2. Libros de Dotaciones
VI.JUSTICIA
VI.1. Pleitos 1571-1966
VI.1.1. Pleitos por nóminas
VI.1.2. Pleito de los guardas monteros.
VI.1.3. Pleitos por tributos
VI.1.4. Pleitos ante el Provisor
VII.LITURGIA. 1686-1979
VII.1. Servicio de Altar y Coro
VII.1.1. Libros de asistencia al coro
VII.2. Ceremonias
VII.3. Música
VIII.VARIOS 1642-1990
VIII.1. Canonización de San Fernando
VIII.2. Urna y reliquias de San Fernando
VIII.3. Programas de actos y discursos
VIII.4. Periódicos
VIII.5. Papeles varios
Condiciones de Acceso: El acceso para la documentación que forma parte de Patrimonio Histórico Español y Andaluz es libre, y está afectada por la legislación vigente en materia de Patrimonio y de Archivos. Tan sólo se limitará el acceso para proteger aspectos concretos como el derecho a la intimidad y al honor personal y familiar, y la Propiedad Intelectual, según establece la legislación. Ley Orgánica 1/1982, de 5 de Mayo, de Protección civil al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de carácter perso
Condiciones de Reproducción:
La reproducción será libre en los documentos consultables, con los límites que establece el estado de conservación de los documentos, la normativa sobre Propiedad Intelectual y en su caso, el volumen de las reproducciones solicitadas. Tiene el Archivo un Servicio de Fotocopias y comparte con la Institución Colombina el Servicio de Digitalización, todo ello con unas normas de obligado cumplimiento
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español (ISO 639), Latín. Escrituras Góticas en sus variantes y Humanística
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación: Todo el fondo se encuentra en general en buen estado de conservación. No está digitalizada.
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Algunas Series de diezmos se encuentran interrelacionadas con series documentales del Archivo de la Catedral, dado que su Cabildo era el encargado de recoger sus diezmos y administrarlos al Cabildo de la Capilla Real. Ocurre lo mismo con los documentos de obras y reparaciones, que se complementan con los documentos de obras y reparaciones del Archivo de la Catedral.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD(G), ISO 639
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