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Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/1451

Título /Nombre Atribuído: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura

[c] 01-01-1974 / 31-12-2004

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación de este fondo fue transferida por la Delegación de Agricultura de Toledo desde las instalaciones de la Oficina Comarcal Agraria de Talavera de la Reina en abril de 2015, junto con documentación de los organismos extinguidos IRYDA y SENPA.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El Real Decreto 3072/1979 otorga al ente Preautonómica Castellano manchego determinadas competencias en materia de agricultura, poco antes de la creación del Departamento de Agricultura mediante Decreto de 14 de enero de 1980, que aún no especifica ninguna estructura periférica. Una vez aprobado el Estatuto de Autonomía, el Decreto 1/1982 establece una primera estructura de Consejerías entre las que figura la Consejería de Agricultura. El Decreto 46/1983 concreta las competencias atribuidas en este momento a la Consejería:
- enseñanza profesional y la capacitación de agricultores
- Denominaciones de Origen
- protección de los vegetales y productos fitosanitarios
- investigación, experimentación y divulgación e información agrarias
- ordenación y fomento de las producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de los medios de producción
- sanidad animal,
- ordenación de la oferta de los productos agrícola, ganaderos y forestales
- industrias agrarias.

Como consecuencia, el Decreto 71/1983 estructura las Delegaciones Provinciales de esta Consejería, que incluye un Delegado provincial, jefe superior de los servicios, y una Junta Consultiva Agraria provincial, formada por los Jefes de los distintos órganos y servicios provinciales integrados en la Delegación. Además, se crean las Oficinas Comarcales de la Consejería, a cuyo frente se coloca el Jefe de la Agencia Comarcal del Servicio de Extensión Agraria, que básicamente ejercerá de enlace e intermediario entre los distintos servicios, los agricultores y la Delegación Provincial.

En 1984, estas competencias se ampliarán al asumir las que venía ejerciendo el Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA). Esta nueva asunción de competencias produjo una nueva reorganización de la Consejería, establecida por el Decreto 13/1985, que confirma las funciones de los Delegados, aunque no menciona el resto de órganos periféricos.

La incorporación de España a la CEE motivó una reasignación de competencias entre las Consejerías, lo que conllevó una nueva reestructuración orgánica que quedará plasmada en el Decreto 54/1990. Este Decreto define mejor la estructura interna de las Delegaciones Provinciales de la Consejería, que estarán formadas por :
- Delegado Provincial
- Secretaría provincial
- Servicio de Ordenación Agraria, del que dependen los Laboratorios Pecuarios
- Servicio de Promoción y Desarrollo Agrario, del que dependen las Agencias Comarcales de Extensión Agraria
- Servicio de Estructuras Agrarias
- Servicio de Montes, Caza y Pesca, del que dependen los Viveros Forestales.

Por su parte, el Decreto 91/1990 crea los Servicios Oficiales Veterinarios, con carácter comarcal y cuya organización se encomienda a la Consejería de Agricultura. Esta organización llegará mediante Orden de 24 de agosto de 1992, que establece la organización territorial de estas oficinas y las hace depender del Servicio de ordenación Agraria de cada Delegación provincial. Mientras tanto, hay que tener en cuenta que el Decreto 150/1991 había regulado, de forma general, la existencia de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y, en especial, las atribuciones de los Delegados Provinciales.

El Decreto 103/1993 cambia la denominación de la Consejería por la de Consejería Agricultura y Medio Ambiente. La reestructuración correspondiente, establecida por el Decreto 123/1993, se limita a disponer que las Delegaciones provinciales pasen a denominarse “Delegaciones Provinciales de Agricultura y Medio Ambiente”.

El Decreto 119/1996 crea las Oficinas Comarcales de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, sin mencionar las Oficinas similares creadas en 1983. En estas Oficinas se integran los servicios de las antiguas Agencias de Extensión Agraria (órganos del extinguido Servicio de Extensión Agraria, dependiente del Ministerio de Agricultura), los Servicios Veterinarios de Ganadería y las Guarderías Forestales. Cada oficina estará dirigida por un jefe de Sección, dependiente del Delegado provincial, y constará de las siguientes Unidades:

- Unidad Técnica Agrícola
- Unidad Técnica Ganadera
- Unidad Técnica de Medio Ambiente
- Unidad de Apoyo Administrativo

Una nueva reorganización de la Consejería, por Decreto 141/1997, se limita a mencionar las Delegaciones provinciales como “órganos de apoyo”. Lo mismo ocurre con la reestructuración del Decreto 126/1999. El Decreto 107/2003 separa la Consejería en la Consejería de Agricultura y la Consejería de Medio Ambiente, pero la nueva estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, establecida por Decreto 162/2003, no altera la situación de las Delegaciones Provinciales.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Este fondo comprende dos series muy claras. Por un lado, libros registro de entrada y salida de documentación producidos por la Oficina Comarcal Agraria de Talavera de la Reina entre 1974 y 2004, y por otra expedientes de solicitudes de ayudas económicas producidos por la propia Delegación Provincial entre 1985 y 1998.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Los expedientes de solicitudes de ayudas económicas están sometidos a restricciones de acceso al contener datos personales, de acuerdo con el art. 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. De acuerdo con el art. 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, esta documentación será de acceso libre a partir de los 25 años desde la muerte del titular de los datos o, si esta fecha es desconocida, 50 años desde la fecha de los documentos. El resto de documentos es de acceso libre, salvo por motivos de conservación.

Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística contemporánea y mecanografiado.

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Base de datos accesible en el AHPTO.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas: Fondo de la Jefatura Provincial del Fondo Español de Garantía Agraria, en el AHPTO
Fondo de la Jefatura Provincial del SENPA en Toledo, en el AHPTO.
Fondo de la Delegación del Instituto Nacional de Colonización en Talavera de la Reina, en el AHPTO.
Fondo de la Delegación Provincial del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario de Toledo, en el AHPTO.
Fondo de la Delegación Provincial del Servicio de Cultivo y Fermentación del Tabaco en Toledo, en el AHPTO.
Fondo de la Cámara Agraria Provincial de Toledo, en el AHPTO
Fondo de las Cámaras Agrarias locales de la provincia de Toledo

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela en diciembre de 2015.

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 22 Caja(s)
    • Soporte: Papel


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