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Junta Electoral Provincial

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Área de Identificación

Código de Referencia:

Título /Nombre Atribuído: Junta Electoral Provincial

[f] 01-01-1977 / 31-12-2014

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La Administración Electoral tiene por finalidad garantizar la transparencia y objetividad de los procesos electorales y del principio de igualdad. Por Real Decreto Ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales (BOE de 23 de marzo de 1977) la organización de los procesos electorales instaurados con la democracia se encarga a unas Juntas de carácter central, provincial y de zona, en las que están presentes magistrados y jueces, por su misma función garantes de la objetividad y que en todo caso han de asumir la presidencia y dirección de dichas juntas; representantes de corporaciones jurídicas y docentes a quienes, lógicamente, puede asociarse el conocimiento de las técnicas jurídico-públicas y, por último, el propio electorado que, en las juntas central y provinciales, participa a través de vocales propuestos por las fuerzas políticas contendientes. De esta manera, se pretende que los órganos encargados de la administración electoral acojan en su seno a quienes puedan asegurar su absoluta imparcialidad.
A las Juntas Electorales corresponde la administración del censo, la organización de las secciones y mesas electorales, la dirección del proceso electoral, incluyendo el control sobre el ejercicio de las libertades públicas durante este periodo, el escrutinio general y la proclamación de los efectos.Está integrada por la Junta Electoral Central, las Juntas Electorales Provinciales, las Juntas Electorales de Zona y, en su caso, de Comunidad Autónoma, así como las Mesas Electorales.La Junta Electoral Central es el órgano superior de la Administración Electoral. Tiene carácter permanente y sede en el Congreso de los Diputados en Madrid. Las Juntas Electorales Provinciales están compuestas por:tres vocales, Magistrados de la Audiencia Provincial correspondiente, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial; dos vocales nombrados por la Junta Electoral Central entre Catedráticos y Profesores Titulares de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología o juristas de reconocido prestigio residentes en la provincia.
El Secretario de la Junta Electoral Provincial es el Secretario de la Audiencia respectiva.
Las Juntas Electorales Provinciales se constituyen inicialmente con los Vocales judiciales el tercer día siguiente a la convocatoria de elecciones.Su mandato concluye cien días después de las elecciones.
Corresponden a las Juntas Provinciales, dentro de su ámbito territorial, las siguientes:
• Resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan de acuerdo con la presente Ley o con cualquier otra disposición que le atribuya esa competencia.
• Ejercer potestad disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales.
• Corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en esta Ley.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas: SERRANO MORALES, R. y MUÑOZ BUENDÍA, J.P.:”La documentación electoral en el Archivo Histórico Provincial de Guadalajara”. Actas de las VI Jornadas de Castilla-La Mancha sobre investigación en archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 2003

Control de la Descripción - Notas del Archivero: http://www.juntaelectoralcentral.es/

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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