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Detalle Unidad


Fiscalía General de la Nación

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Área de Identificación

Código de Referencia: UY.1020.FGN/UY_FGN

Título /Nombre Atribuído: Fiscalía General de la Nación

Título /Nombre Formal: Fiscalía General de la Nación

Título /Nombre Paralelo: Archivo Central de la Fiscalía General de la Nación

[f] 28-10-1907 -

[c] 28-10-1097 -

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: El fondo documental de la Fiscalía General de la Nación, está conformado por los documentos producidos por las diferentes dependencias del Organismo y por series documentales cerradas, pertenecientes a la Institución como Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación y durante el período histórico en que formó parte del Ministerio de Justicia del país, suprimido por la ley 15.751 de 24 de junio de 1985.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La Fiscalía General de la Nación tiene su origen durante los primeros años de gobierno del Dr. Claudio Williman, como resultado de la ley que creó la Alta Corte de Justicia en la República Oriental del Uruguay.
El cargo de Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, fue creado por Ley N° 3246 de octubre de 1907; nada tuvo que ver en su origen y primeros años, con el Ministerio Fiscal y con la Abogacía del Estado.
El nombramiento de los Fiscales correspondió sucesivamente a la esfera del Ministerio del Interior (Dec. De 14 de marzo de 1907, art. 10, inc. 17); al Ministerio de Interior y Culto, el de Gobierno; al Ministerio de Hacienda, el de Hacienda; y al Ministerio de Justicia e instrucción Pública, los demás, (decreto 9 de marzo de 1911), art. 10, inc. 24, 13 inc. 16 y 15, cin. 2º); al Ministerio de Instrucción Pública, también las de Gobierno y Hacienda (Decreto 17 de enero de 1919, art. 1 inc. M); al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social, la propuesta de todos los Fiscales, (Ley 9463, art. 5, inc. 1º).
Posteriormente, el Decreto de 4 de agosto de 1948, en su artículo 2º, caracteriza al Ministerio Público y Fiscal como “el cuerpo técnico – administrativo legalmente jerarquizado al Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social bajo la jefatura directa e inmediata del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, que integran éste, los Fiscales Letrados Nacionales, los Fiscales Letrados Departamentales, las oficinas de sus respectivas dependencias y el Fiscal Letrado Suplente”.3
Recientemente, el 14 de agosto de 2015, la institución tuvo una modificación en su naturaleza jurídica, dejando de ser Unidad Ejecutora del Ministerio de Educación y Cultura, para transformarse en un servicio descentralizado, tal como está expresado en el Art. 1° de la Ley 19.334: “Créase la Fiscalía General de la Nación como servicio descentralizado, institución que ejercerá el Ministerio Público y Fiscal.
Este servicio descentralizado sustituye a la unidad ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura". Es persona jurídica y tiene su domicilio principal en la capital de la República sin perjuicio de las dependencias instaladas o que se instalen en todo el territorio del país. A todos los efectos la Fiscalía General de la Nación se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura”.
La Fiscalía General de la Nación ejerce las funciones del Ministerio Público y Fiscal. Como Ministerio Público, tiene como objetivo la protección y defensa de los intereses generales de la sociedad y le corresponde el cometido primordial de comparecer ante los tribunales. Es un órgano autónomo que, aun ejerciendo funciones junto o ante los tribunales, permanece fuera de ellos y no constituye parte integrante de los mismos.
En otro sentido se puede decir que la intervención fundamental del Ministerio Fiscal, en el proceso contencioso, la hace en calidad de parte, en representación del Estado, como actor, demandado o tercerista; sin embargo, en algunas ocasiones, actúa como mero órgano de control de los intereses del Fisco.
El 5 de enero de 2017, por Ley N° 19483 se aprueba la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Nación como Servicio Descentralizado.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso: El ingreso de los documentos al Archivo Central es mediante traslado (1) desde los diferentes Archivos de Gestión de la Institución.

(1) En Uruguay se denomina traslado al movimiento de documentos desde los Archivos de Gestión al Archivo Central; y transferencia al movimiento de documentos desde el Archivo Central al Archivo General de la Nación, con la correspondiente cesión de derechos sobre los mismos.

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Fondo documental con documentos producidos por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación desde el año 1907 al presente.

Valoración, Selección, Eliminación: Se cuenta con Tablas de Plazo Precaucional de Documentos aprobadas por las siguientes Resoluciones:
- Resolución de la Fiscalía General de la Nación N° 075/2015 DEL 7/10/015 y Res. de la Comisión de Evaluación Documental de la Nación (AGN) N° 7/015 DEL 28/10/015;
- Resolución de la Fiscalía General de la Nación N°166/2015 de 19/11/015 y Res. de la Comisión de Evaluación Documental de la Nación (AGN) N° 9/015 del 9/12/015;y
- Resolución de la Fiscalía General de la Nación N° 412/2016 de 16/6/016 y Res. de la Comisión de Evaluación Documental de la Nación (AGNI) N° 2/016 de 6/7/016.

Nuevos Ingresos: Fondo documental abierto

Organización: El fondo documental se organiza conforme al Cuadro de Clasificación de Documentos aprobado por la Dirección General del Servicio.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: El acceso a los documentos es público, con las limitaciones establecidas por las normas.

Condiciones de Reproducción: La reproducción de los documentos se realiza a solicitud de los interesados. En principio los documentos son de libre acceso y reproducción salvo las limitaciones dispuestas en la normativa.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Principalmente, español

Características Físicas y Requisitos Técnicos: Los documentos en soporte papel se encuentran en general en buen estado de conservación.
Los documentos digitalizados requieren lector de pdf.

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Los originales que se conservan en el Servicio se encuentran disponibles en la propia institución.

Existencia y Localización de las Copias: La serie documental "Dictámenes" de la Fiscalía General de la Nación está conformada por copias con valor de original, son de conservación permanente y se conservan en el Archivo Central de la Institución

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: La presente descripción fue realizada por la unidad de Gestión Documental de la Fiscalía General de la Nación: Lic. Ma. Alejandra Villar

Control de la Descripción - Reglas o Normas: Elaborada de acuerdo a la Norma Uruguaya de Descripción Archivística (NUDA)

Volumen y soporte

  • 180 Metro(s) lineal(es)
    • Soporte: Papel
    • Actualmente el soporte del fondo documental es papel y digital


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