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Código de Referencia:
Título /Nombre Atribuído: Casa de Expósitos y Hospicio Provincial de Calatayud
[c]
01-01-1848
/
31-12-1853
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Se denominan establecimientos provinciales de beneficencia a aquellos que están costeados por la provincia y atienden enfermedades, incapacidades de trabajo personales y problemas de desamparo y orfandad, incluyendo por tanto maternidades, inclusas, hospicios, manicomios y hospitales generales.
La Constitución de 1812, en su artículo 32 determina que la Beneficencia pasará a depender de las diputaciones y ayuntamientos que la gestionarán. Es este el punto de origen de los establecimientos provinciales de beneficencia, que tras algunos períodos diferentes pasarán definitivamente al ámbito de las diputaciones provinciales por la Ley Provincial de 1870, artículo 46 que les confiere competencias exclusivas en la gestión, gobierno y dirección de los establecimientos de beneficencia, hecho este relevante porque desde 1812 las funciones fueron paulatinamente evolucionando y ampliándose.
Así, a lo largo de estos años se conformarán las primeras Juntas de Beneficencia, en sus tres niveles: generales, provinciales y municipales, que volverán a remodelarse nuevamente en la Ley de Beneficencia de 1849, de 20 de junio y el Reglamento para su ejecución de 14 de mayo de 1852. Estas juntas se suprimieron el 4 de noviembre y 17 de diciembre de 1868, fundiéndose en las competencias de diputaciones provinciales y ayuntamientos por la Ley Provincial de 1870 y por el decreto de 30 de septiembre de 1873.
Por Real Orden de 8 de enero de 1800 se hace saber al obispo de Tarazona y al corregidor de Calatayud la necesidad de activar la adjudicación de los fondos de cofradías, legados y obras pías que S.M. asignó como parte de la dotación del nuevo hospicio de Calatayud durante los años 1797 y 1798. Fue por tanto esta R.O. la que activó la instalación del Hospicio de Calatayud, que se ubicó en el antiguo Convento de los Jesuitas. Estuvo dedicado a la atención de niños y jóvenes huérfanos y abandonados. Este hogar contaba también con talleres que tenían una doble finalidad: abastecer y sufragarse parte de los gastos del establecimiento y enseñar a los acogidos un oficio.
A partir de 1870, al pasar a formar parte de los establecimientos de beneficencia dependientes de la Diputación Provincial de Zaragoza, se dedicó especialmente al cuidado y atención de niños de primera infancia, de dos a nueve años, que procedían en su mayoría de la Maternidad e Inclusa Provincial de Zaragoza.
Posteriormente los niños y niñas volvían a Zaragoza al Hogar Pignatelli, completando de este modo un periplo por los diferentes establecimientos de beneficencia de la provincia, especializados por edades cada uno de ellos en un colectivo determinado.
El Hogar Infantil de Calatayud dejó de funcionar como tal en 1971, año en que se inaugura la Ciudad Escolar Pignatelli que albergará a todos los niños y niñas acogidos en los establecimientos de beneficencia, de cualquier edad.
Forma de Ingreso: ADQUISICIÓN
Observaciones del Ingreso: Compra.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: La Diputación Provincial de Zaragoza acoge este fondo con el nombre de El Hogar Infantil de Calatayud.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Archivo Histórico Provincial de Zaragoza. Equipo técnico.
Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD (G) 2000
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