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Código de Referencia: ES.28079.BNE-A/2
Título /Nombre Atribuído: 2. Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos
Nivel de Descripción: Grupo de Fondos
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos (1858-1936) era el órgano encargado de asesorar al gobierno de España en todo lo relacionado con este ramo de la Administración pública, y también era el órgano rector del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, es decir, de los funcionarios encargados de su regencia y custodia.
Por Real Decreto de 17 de julio de 1858 se dictan las bases para la organización de los archivos y bibliotecas del reino de España y se crean tanto el cuerpo de funcionarios encargado de su servicio, el Cuerpo Facultativo de Archiveros-Bibliotecarios, como la Junta superior directiva del ramo. El antecedente o modelo que sirve de inspiración para la creación de este órgano hay que buscarlo once años antes, en el Real Decreto de 5 de noviembre de 1847 por el que se crea una Junta Superior Directiva de Archivos, cuyo fin es procurar “el arreglo, dirección y conservación de los archivos dependientes del Ministerio de Gracia y Justicia, dentro y fuera de la Corte” (artículo 1). Esta Junta tendrá una efímera existencia, pues será suprimida por un Real Decreto de 1 de diciembre de 1848, en virtud del cual se crea una Dirección General de Archivos de España y Ultramar. Sin embargo, la Junta Superior Directiva objeto de nuestra atención extiende sus competencias no sólo a los archivos, sino también a las bibliotecas y museos del reino, y no dependerá del Ministerio de Gracia y Justicia, sino del Ministerio de Fomento y, más tarde, del de Instrucción Pública y Bellas Artes.
Cuando en 1867 se crea el Museo Arqueológico Nacional y se agrega la sección de Anticuarios al Cuerpo Facultativo de Archiveros-Bibliotecarios, denominándose a partir de entonces, y hasta 1900, Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Anticuarios, la Junta pasa a llamarse Junta Superior Directiva de Archivos, Bibliotecas y Museos. El Real Decreto de 5 de julio de 1871 cambia su nombre por el de Junta Consultiva de Archivos, Bibliotecas y Museos. La denominación de Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos le fue conferida por el Real Decreto de 16 de abril de 1875 y pervivirá hasta la supresión del organismo en 1936.
Al término de la Guerra Civil española, por Decreto de 22 de septiembre de 1939 se crea una Junta Central de Archivos, Bibliotecas y Museos, que, poco después, por Orden del Ministerio de Educación Nacional de 18 de abril de 1942, cambia su nombre por el de Junta Técnica de Archivos, Bibliotecas y Museos. Esta Junta subsistirá hasta 1968, pero ni por su régimen, ni por sus competencias, ni por su actividad puede compararse con la Junta Facultativa. Tardíamente, el Ministerio de Educación y Ciencia trata de resucitar esta institución mediante la promulgación de un Decreto, el 21 de marzo de 1968, por el que reorganiza la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, pero, que sepamos, dicho organismo no llegó a funcionar, o al menos no tenemos constancia documental de su actividad.
Así pues, la Junta objeto de nuestra atención prolongará su existencia, pese a los cambios de denominación, desde 1858 hasta 1936.
La Junta fue objeto de regulación en múltiples ocasiones a lo largo de su historia, pero sus atribuciones esenciales apenas variaron. Sus principales funciones fueron:
a) Proponer al Gobierno el establecimiento, incorporación y clasificación de los archivos, bibliotecas y museos que deban ser servidos por los funcionarios del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
b) Proponer los reglamentos generales del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, los especiales de los establecimientos y las instrucciones para los trabajos facultativos.
c) Proponer los medios para el aumento de los fondos y colecciones de los archivos, bibliotecas y museos; y dictaminar en todo lo concerniente a la adquisición y cambios de libros, manuscritos, diplomas, documentos y objetos arqueológicos.
d) Informar sobre las publicaciones presentadas al Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes para su adquisición, a fin de valorar si dichas publicaciones reúnen las condiciones de necesidad y utilidad para figurar en las bibliotecas públicas del Estado.
e) Informar sobre las propuestas de donativos y legados de libros y demás impresos con destino a las bibliotecas servidas por el Cuerpo Facultativo.
f) Examinar y clasificar los antecedentes y méritos de los empleados, elevando al Gobierno el proyecto de escalafón general, y formar las plantillas de los establecimientos servidos por el Cuerpo Facultativo.
g) Elevar a la superioridad las propuestas para el ingreso y ascenso por concurso en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
h) Proponer a la superioridad los individuos del Cuerpo Facultativo que han de formar parte de los tribunales de oposiciones a ingreso en el mismo.
i) Informar en los expedientes gubernativos instruidos para la suspensión o separación de los empleados del ramo, así como en los de traslación de los mismos de un establecimiento a otro, o de una a otra sección.
j) Examinar las memorias y los estados o partes que los jefes de los establecimientos deben remitir periódicamente a la Dirección, redactando con presencia de ellos el anuario correspondiente, en el que han de constar los servicios prestados por el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos en los establecimientos que están a su cargo.
k) Encomendar inspecciones de los establecimientos a uno o varios vocales, dar cuenta a la superioridad del resultado de estas inspecciones, si fuese necesario, y proponer los premios o penas que sean de justicia.
l) Redactar los programas para los premios que se establezcan.
m) Informar sobre las propuestas de otorgamiento de pensiones a los individuos del Cuerpo Facultativo presentadas por la Junta de Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas.
n) Resolver las cuestiones técnicas que le sean consultadas por la superioridad y por los jefes de los establecimientos del Cuerpo Facultativo.
Las actividades desarrolladas por la Junta Facultativa han quedado reflejadas en su fondo documental, que constituye una fuente imprescindible para la historia de los archivos, bibliotecas y museos españoles: desde los grandes archivos históricos generales y regionales, los archivos de los órganos centrales y periféricos de la Administración (ministerios, Consejo de Estado, Tribunal Supremo, los archivos de las delegaciones de Hacienda, los archivos históricos provinciales, de protocolos y de las audiencias territoriales), pasando por los archivos y bibliotecas de las universidades, la Biblioteca Nacional, las bibliotecas públicas provinciales, las bibliotecas populares, las de los departamentos ministeriales y de las corporaciones científicas (Real Academia Española, Real Academia de la Historia, Real Academia de Bellas Artes de San Fernando), hasta el Museo Arqueológico Nacional, el Museo de Reproducciones Artísticas y los museos arqueológicos provinciales.
Por Decreto del Ministerio de Instrucción Pública de 30 de diciembre de 1932 se crea un Consejo Asesor de la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, el cual actuará como organismo complementario de ésta y como instrumento destinado a fomentar y desarrollar las actividades del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos en su aspecto técnico y científico.
Pocos días después de producirse la sublevación militar que dio origen a la Guerra Civil española, el 5 de agosto de 1936 un Decreto del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes dispone el cese en sus funciones de la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, y de su Consejo Asesor, y nombra para sustituir a la extinguida Junta una Comisión Gestora del Cuerpo Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos. Merced a este Decreto, la Comisión Gestora se convierte en la heredera de las funciones que hasta entonces venía desempeñando la Junta Facultativa. Unos meses más tarde, el 16 de febrero de 1937 se crea el Consejo Central de Archivos, Bibliotecas y Tesoro Artístico, encargado de coordinar la labor de estos establecimientos y los servicios relacionados con la protección y fomento del patrimonio artístico, documental y bibliográfico. Curiosamente, unos días antes, el 12 de febrero, la Dirección General de Bellas Artes nombra una Comisión Delegada, integrada por cinco funcionarios, en representación del citado Consejo Central, que asume las funciones hasta entonces desempeñadas por la Comisión Gestora. Las actividades desarrolladas por estos organismos creados durante la Guerra Civil han quedado reflejadas en su documentación, que se conserva en este grupo de fondos.
Se trata, por tanto, de una fuente documental de extraordinaria importancia para el conocimiento de la historia de los archivos, bibliotecas y museos españoles y para la historia del cuerpo de funcionarios encargado de su regencia y custodia. El hecho de que el archivo de la Junta se conserve en el Archivo de la Biblioteca Nacional de España se debe a que el director de ésta, como jefe del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, era también el encargado de presidir o vicepresidir sus sesiones de trabajo, muchas de las cuales se celebraban en su sede, por lo que se decidió que la documentación generada quedara custodiada allí.
Forma de Ingreso: OTROS
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso:
Condiciones de Reproducción:
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas: También conservan documentación de la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos y de los organismos que la sucedieron en sus funciones durante la Guerra Civil española los siguientes archivos y bibliotecas: Archivo General de la Administración (Alcalá de Henares, Madrid), Archivo Histórico Nacional (Madrid), Archivo del Museo Arqueológico Nacional (Madrid), Biblioteca Histórica “Marqués de Valdecilla” de la Universidad Complutense de Madrid, Biblioteca de Menéndez Pelayo (Santander), Archivo de Francisco Rodríguez Marín, custodiado en la Biblioteca Tomás Navarro Tomás del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Madrid), y Archivo de la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, custodiado en la Residencia de Estudiantes (Madrid).
Notas de Publicaciones:
Notas:
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Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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