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Cuerpos Rurales

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Área de Identificación

Código de Referencia: MX.9017.AGN/2.1.5.3

Título /Nombre Atribuído: Cuerpos Rurales

[f] 01-01-1822 / 31-12-1959

Contiene años: 1822 - 1959 [1912-1914] (1822, 1857,1955, 1957 y 1959) /1823-1860.

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Por Decreto del 6 de mayo de 1861 fueron creados cuatro cuerpos de policía rural para seguridad de los caminos. El primero fue destacado a los caminos de Cuernavaca y Morelos; el segundo, a los que comunicaban la ciudad de México con Puebla y Toluca; el tercero, a los de Puebla a Veracruz y el cuarto, al camino que unía a la ciudad de México con Arroyozarco. Estos cuerpos estuvieron a las órdenes inmediatas del Ministerio de Guerra hasta el 22 de enero de 1869, cuando pasaron a depender del Ministerio de Gobernación.
El Reglamento para el servicio de la policía rural del 24 de junio de 1880 dispuso que su objeto era el de: cuidar de la seguridad de los caminos, ayudar a la policía urbana en todo lo concerniente a su ramo, dar garantía a todos los individuos, evitar los delitos, perseguir a los criminales, aprehenderlos y ponerlos a disposición de las autoridades civiles o del orden judicial. Un inspector nombrado entre los jefes del ejército tendría a su cargo el registro de los cuerpos, la alta y baja de las fuerzas, caballos, armamento y equipo, así como la supervisión de los movimientos de los cuerpos, y cuidar de toda la documentación relativa a la policía rural, a fin de dar cuenta al oficial mayor de la Secretaría de Gobernación. El inspector debía visitar los cuarteles y puestos de fuerzas para vigilar el cumplimiento del servicio, hacer revistas de inspección a los cuerpos y cuidar el orden y seguridad en la administración de los mismos.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Por Decreto del 6 de mayo de 1861 fueron creados cuatro cuerpos de policía rural para seguridad de los caminos. El primero fue destacado a los caminos de Cuernavaca y Morelos; el segundo, a los que comunicaban la ciudad de México con Puebla y Toluca; el tercero, a los de Puebla a Veracruz y el cuarto, al camino que unía a la ciudad de México con Arroyozarco. Estos cuerpos estuvieron a las órdenes inmediatas del Ministerio de Guerra hasta el 22 de enero de 1869, cuando pasaron a depender del Ministerio de Gobernación. El Reglamento para el servicio de la policía rural del 24 de junio de 1880 dispuso que su objeto era el de: cuidar de la seguridad de los caminos, ayudar a la policía urbana en todo lo concerniente a su ramo, dar garantía a todos los individuos, evitar los delitos, perseguir a los criminales, aprehenderlos y ponerlos a disposición de las autoridades civiles o del orden judicial. Un inspector nombrado entre los jefes del ejército tendría a su cargo el registro de los cuerpos, la alta y baja de las fuerzas, caballos, armamento y equipo, así como la supervisión de los movimientos de los cuerpos, y cuidar de toda la documentación relativa a la policía rural, a fin de dar cuenta al oficial mayor de la Secretaría de Gobernación. El inspector debía visitar los cuarteles y puestos de fuerzas para vigilar el cumplimiento del servicio, hacer revistas de inspección a los cuerpos y cuidar el orden y seguridad en la administración de los mismos.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Contiene abundante información sobre los elementos adscritos a los cuerpos rurales: filiaciones (incluyen fotografías) nombramientos, comisiones, historiales de servicio, gratificaciones, nóminas y renuncias. Hay solicitudes de aumento de fuerzas; altas y bajas; organización de nuevos cuerpos de policía rural; cuentas por compra de forraje; libros de los pagadores habilitados; listas de revista y partes de novedades.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: La documentación está clasificada por asuntos y ordenada cronológicamente en conjunto. Además el material está debidamente expedientado pero no foliado.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: El acceso a ésta sección está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.

Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran ésta sección, está sujeta a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51.

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Archivo General de la Nación. Inventario de Cuerpos Rurales. México: AGN, s.a. 106 p. U.D.: volumen P.C.: del volumen 1 al 540

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Archivo General de la Nación: Justicia: Secretaría de Justicia (117); Gobernación siglo XIX: Gobernación (127) y Guerra y Marina (140). Otros archivos: AHSDN- Archivo Histórico de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 539 Caja(s)
    • 539 cajas (77.7 metros lineales)


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