Imagen de cabecera

Detalle Unidad


Justicia Siglo XIX

XML

Área de Identificación

Código de Referencia: MX.9017.AGN/2.1.5.277

Título /Nombre Atribuído: Justicia Siglo XIX

[f] 01-01-1821 / 31-12-1920

Contiene años: 1821-1920. [1850-1880].

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: A la Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Justicia y Negocios Eclesiásticos, creada el 8 de noviembre de 1821, le correspondió atender todos los negocios de los consejos, tribunales superiores, jueces y demás autoridades civiles, cuyas consultas de pleitos y causas debía despachar, le correspondió también administrar todas las plazas de que se componían dichos organismos, incluyendo los escribanos de todas clases. Además, atendió los asuntos eclesiásticos referentes a los arzobispados, obispados, canonjías, beneficios; por otra parte, entre sus funciones estuvo el formar tres juntas supremas; cirugía, medicina y farmacia. Más tarde, le fueron asignadas atribuciones en materia de instrucción pública y bellas artes.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La Secretaría de Justicia durante el siglo XIX sufrió múltiples modificaciones; la situación de inestabilidad política durante tres cuartos del siglo propició innumerables ajustes dentro de la administración pública. Así, el proceso armado que conduciría a la independencia, las asonadas, cuartelazos y golpes de estado por el control del poder político y económico, la guerra civil entre liberales y conservadores, la pérdida de una inmensa porción territorial a manos de los estadounidenses en una guerra a todas luces injusta, la aventura de intervención extranjera europea, entre otros, fueron factores decisivos que de una forma u otra limitaron y condicionaron la construcción de las instituciones. No obstante, y al margen de todos estos acontecimientos, este ramo de Justicia subsistió cumpliendo sus obligaciones. De esta manera, el 8 de noviembre de 1821 fue creada la Secretaria de Estado y del Despacho Universal de Justicia y Negocios Eclesiásticos, a la cual, respecto al ramo de justicia, le correspondió atender todos los negocios de los consejos, tribunales supremos, jueces y demás autoridades civiles del país, cuyas consultas de pleitos y causas debían despecharse por ella, así como también debía proveer las plazas de que se componía dicho organismo, incluyendo los escribanos de todas las clases. En enero de 1835 se reformó la disposición anterior modificándose el órgano judicial y cambiándose el nombre a Secretaria de Justicia y Negocios Eclesiásticos, su actividad conoció de todos los negocios jurídicos, consultas, designación de funcionarios judiciales, nombramientos de los empleados correspondientes a las tres juntas que impartían la tarea de justicia en las diferentes dependencias del Estado, federal y municipal, la publicación y circulación de las leyes y decretos que el Congreso General dirigía por su conducto, la expedición de los reglamentos, decretos y órdenes que eran necesarios para el mejor cumplimiento de la Constitución y leyes generales en lo relativo a la organización y arreglo de los ramos de la administración a su cargo, la vigilancia en el cuidado de que la justicia se administrara pronta y cumplidamente, tanto por la Corte Suprema como por los Tribunales y Juzgados de la Federación, del Distrito Federal y Territorios, observando además que las sentencias fueran ejecutadas. En 1843, el Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos administró la Instrucción Publica y la Industria, no obstante en lo referente a la administración de la Justicia prácticamente se mantuvo sin cambios. Con el movimiento de Reforma y su legislación derivada, la administración de justicia y orgánica de los tribunales de la federación fue competencia de la ahora nombrada Secretaria de Estado y del Despacho de Justicia e Instrucción Publica, la cual tuvo bajo su cargo la administración de justicia, la Suprema Corte, los Tribunales de Circuito y de Distrito, la expropiación por causa de utilidad publica, los códigos, y las colecciones oficiales de leyes y decretos. Durante el efímero periodo conocido como Segundo Imperio, y de acuerdo con el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano, la administración pública se compuso de nueve departamentos ministeriales, a saber: el Ministerio de la Caja Imperial, el Ministerio del Estado, el Ministerio de Negocios Extranjeros y Marina, el Ministerio de Gobernacion, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Instrucción Publica y Cultos, el Ministerio de Guerra, el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Hacienda. El Ministerio de Justicia, era el encargado de manejar, organizar y poner en marcha el aparato judicial del país, sin embargo, no existió un poder judicial autónomo, pues no había división de poderes. Durante el gobierno liberal en el exilio, la justicia fue considerada como una de las necesidades más urgentes, en esta etapa se intentó la formación de códigos sobre negocios, civiles y criminales, y sobre procedimientos, además se consideró el establecimiento de jurados de hecho para todos los delitos comunes. Posteriormente, al restituirse el gobierno liberal y republicano con Juárez, el ejercicio de la administración pública se modificó substancialmente, y de entre los principales objetivos de esta administración tenemos que se intentó restablecer el imperio de la ley, ejercer la justicia estrictamente y terminar con la impunidad. Más tarde, en 1891, se reorganizaron nuevamente las secretarías; esta vez la Secretaría de Estado y del Despacho de Justicia e Instrucción Publica se transformó en la Secretaria de Justicia e Instrucción Publica, sus funciones en materia de justicia eran: las relaciones con la Suprema Corte, los indultos y conmutaciones de penas por delitos del fuero federal, en el Distrito Federal y Territorios, el Ministerio Público, los notarios y agentes de negocios, además de la estadística criminal. Finalmente, por decreto del 16 de mayo de 1905, el manejo de la instrucción publica nuevamente se deslindó del ramo de Justicia creándose para ello la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes. Esta organización administrativa se conservó intacta hasta el 13 de Abril de 1917, cuando Venustiano Carranza expidió una ley que reorganizaba la administración publica. Así, las Secretarías se estructuraron en: la de Estado, de Hacienda y Crédito Público, de Guerra y Marina, de Comunicaciones, Fomento, y la de Industria y Comercio. Además de tres departamentos, el judicial, el universitario y de bellas artes, y el de salubridad publica. BIBLIOGRAFÍA. Palencia, Mijares, José, El gobierno mexicano. Organización y Funcionamiento, México, Sociedad Mexicana de Publicaciones Editoriales, 1936. Secretaria de la Presidencia, La Administración Pública en la Época de Juárez, México, 1973, Tomo I, II, y III.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Contiene información de causas criminales, civiles y juicios de amparo de los siguientes asuntos: accidentes ferroviarios, sedición, robo, peculado, rebelión, infracciones a la ley de timbre, remates, embargos, deslindes, solicitudes de idoneidad, indulto y libertad preparatoria y solvencia; entre otros, bandos, folletería, memorias, averiguaciones, diligencias practicadas, testimonios, sentencias dictadas, condenas de reos, filiaciones de reos, listas de presos que han entrado y salido de los presidios del país, lista de causas civiles y criminales sentenciadas por los juzgados de letras y distrito y tribunales del país, noticias de los empleados en las administraciones de justicia que existen en el país, cartas, oficios de los diferentes tribunales, correspondencias de juzgados, peticiones, documentos de data de los Juzgados de los estados y las comisarías, circulare, plazas y nombramientos, libros de juicios, noticias de los ingresos e ingresos de las diferentes oficinas del despacho de justicia, testamentos, peticiones, escrituras de reconocimiento de propiedad, documentos sobre escribanías públicas, demandas, certificados, averiguacione, amparos, informaciones matrimoniales, comprobantes de data, informes sobre sueldos y gastos del ministerio de justicia, listas de enfermos, administración de las parroquias, cuentas de diezmos, renuncias de párrocos, curas, obispos, correspondencia del Arzobispado de México, recibos, informes sobre hospitales, obras pías, fincas, estadísticas eclesiásticas, reportes del número de religiosos y religiosas en los conventos, solicitudes, dispensas y concesiones de edades y concesiones para secularizarse, procesos formados e indultados, incidentes, cuentas de colegios, conventos, compañía Lancasteriana, correspondencia, planes de estudios, reglamentos, estadísticas de escuelas, informes del museo de arte, monumentos, arqueología Escuela de Artes Gráficas, Escuela Nacional de Comercio y Administración, Preparatorias, Conservatorio. También incluye información sobre juicios militares por deserción y abuso de autoridad, robo e insubordinación, indemnizaciones para familiares de militares, existe información de Ameba, Cuernavaca, Junacatepec, Tlaltizapan, Totoluapan, Villa de Ayala y Yautepec, entre otros.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: Solo se encuentra organizada la parte que corresponde al Juzgado del Distrito de Morelos, la cual está ordenada por series: Criminal, volumen 1 al 49. Civil, volumen 50 al 55 y Juicios de Amparo, volumen 56 al 108.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: El acceso a ésta sección está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.

Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran ésta sección, está sujeta a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51.

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Albarrán Ordaz, María; Romero Hernández, Rocío. Inventario del grupo documental Juzgado de Distrito de Morelos. (Inédito) U.D.: Expediente. P.C.: Volumen 1 al 59.
  • Albarrán Ordaz, María; Romero Hernández, Rocío. Inventario del grupo documental Juzgado de Distrito de Morelos. (Inédito) U.D.: Expediente. P.C.: Volumen 60 al 108. Inventario del grupo documental Juzgado de Distrito de Morelos. (Inédito) U.D.: Volumen. P.C.: Volumen 1 al 108. “Juzgado de Distrito de Morelos” en Base de Datos 2002.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Suprema Corte de Justicia (116), Secretaría de Justicia (117), Justicia (118), Justicia Archivo (119), Justicia Eclesiástica (120), Justicia Imperio (121), Justicia Instrucción Pública (123) y Gobernación (127).

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 900 Otro(s)
    • Volumen y soporte: 900 volúmenes = 135 empastados, 705 cajas AGN-12, 59 AGN-8, 1 AGN-de traslado (96.27 metros lineales).


© Ministerio de Cultura - Gobierno de España