Acceso Colaboradores
Código de Referencia: MX.9017.AGN/1.9.169
Título /Nombre Atribuído: Bienes Nacionales
[f]
01-01-1528
/
31-12-1897
Contiene años: 1528 - 1897 [1759-1857].
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
Tras la Ley de Nacionalización de Bienes del Clero (1859), algunos archivos eclesiásticos pasaron a la Dirección de Bienes Nacionalizados, de la Secretaría de Hacienda Pública. Este grupo está integrado por grupos procedentes del Archivo de la Catedral Metropolitana, del Juzgado de Capellanías y de diversos conventos.
Historia Institucional/Reseña Biográfica: La confiscación de los bienes eclesiásticos y su venta, tuvo normalmente lugar en la historia cuando al lado de una Iglesia rica, se encontraba un Estado pobre. Esto se presentaba con bastante frecuencia en el caso de una guerra que dejaba agotado y endeudado al fisco. No sólo el aumento de los gastos bélicos mermaban sus reservas, sino también la vida despilfarrada y despreocupada de los príncipes, a diferencia de la vida ahorrativa y metódica de los clérigos o, por lo menos, de algunos sectores del clero. Otro factor era la exención de impuestos - o por lo menos de algunos de ellos - de las propiedades eclesiásticas y su incremento lento, pero continuo, mediante una serie de donaciones, legados y herencias. Mientras el fisco se empobrecía, la Iglesia se enriquecía. En esta situación, el Estado solía hallar una justificación adecuada para confiscar los bienes eclesiásticos o una parte de ellos. La nacionalización de las propiedades eclesiásticas que quizás más influyó en la historia de México, fue la decretada el 2 de noviembre de 1789 en Francia. Durante las guerras revolucionarias y napoleónicas, este remedio para la quiebra del erario se propagó a España y después a sus colonias américanas, y así se decretó en Nueva España, por real cédula del 26 de diciembre de 1804, un préstamo forzoso a las fundaciones piadosas con el fin de pagar la deuda pública española. Se ordenó recaudar los capitales de las capellanías como también los capitales religiosos destinados a una obra pía. Esta desamortización disfrazada fue suspendida poco antes de la Guerra de Independencia. Al agravarse con la guerra, y después con la consumación de la independencia mexicana en 1821, la penuria fiscal, se planteó la posibilidad de una nacionalización de los bienes eclesiásticos. Pasaron treinta y cinco años de intermitente guerra civil hasta la Ley Lerdo de 1856, y cuarenta años hasta que la nacionalización se hiciera efectiva, en 1861, para todo el país. El periodo intermedio se puede caracterizar como una lucha de los liberales por confiscar en una u otra forma dichos bienes y formar de acuerdo con su programa un Estado moderno, y sus adversarios, quienes a pesar de su intención declarada de conservarlos, tuvieron que recurrir a ellos con el fin de financiarse. BIBLIOGRAFÍA Bazant, Jan, Los bienes de la Iglesia en México (1856-1875): aspectos económicos y sociales de la Revolución liberal, México, El Colegio de México, 1977, 364pp.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Procesos del Juzgado del Arzobispado que incluyen autos criminales y eclesiásticos contra presbíteros por faltas a sus ministerios, por malos tratos a los indios, por haber quebrantado el secreto de la confesión, por pago de los réditos de capellanías, sobre reducción de misas de capellanías. Los autos de carácter civil son por adulterio, amancebamiento, divorcios, legitimación de hijos, para averiguar la fe de cristianización, sedición, incesto, infidencia, incontinencia, por exhibición y cumplimiento de testamentos. Los autos ejecutivos por el cobro de varias capellanías y obras pías. Hay pleitos entre presbíteros pidiendo el pago de frutos parroquiales, renuncias de eclesiásticos a capellanías, dispensas de natales a eclesiásticos, dispensas del parentesco de consanguinidad y afinidad. Además están las peticiones de los presbíteros para salir del país, cambiar de mitra, inscribirse a colegios, declarar en causas criminales, adscribirse como vicarios, establecer escuelas, exima de la administración de parroquias, cobro de aranceles y derechos parroquiales. En los autos de las obras pías para dotar a huérfanas, para pobres vergonzantes, viudas pobres, misas mensuales de renovación y objetos piadosos, fundación de hospitales, festividades religiosas, a favor de los presos pobres, para que parientes consanguíneos gocen del usufructo de varias posesiones de casas. Asimismo hay testimonios de escrituras de imposición y fundación de patronatos laicos y memorias de misas, decretos en latín para las congregaciones religiosas, memorias sobre disposiciones piadosas, sumarios de indulgencias, edictos pastorales y memorias de capellanías. Edictos sobre excomunión de curas, prohibiciones de periódicos, proceder en los matrimonios de españoles, negros, mulatos y mestizos. Reales Cédulas sobre reglas de Gobierno de comunidades religiosas, para la provisión, beneficios y curatos del Arzobispado de México, sobre diezmos, reales novenos, cuentas de bienes eclesiásticos, capellanías y cuentas de fábricas. Cédulas del cabildo eclesiástico, información sobre la administración de la iglesia catedralicia, reuniones de cabildo, administraciones de capellanías y obras pías, concurso de acreedores, embargo y traspaso de bienes, solicitudes de pagos de réditos, préstamos de dinero, venta de tierras y casas, avalúo e inventarios de bienes, testimonios de escrituras o censos, reconocimientos de capitales, concesiones, traspaso y tasaciones de propiedades. Se encuentran informes del juez visitador del Juzgado de Capellanías, Testamentos y Obras Pías, petitorias del Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos al Arzobispo de México sobre los conventos y hospicios de regulares, congregaciones y cofradías, relaciones de los negocios eclesiásticos despachados por año, solicitudes y certificaciones de ejercicios espirituales, informes de rectores de colegios sobre educación de jóvenes eclesiásticos y corrección de los sacerdotes relajados. Circulares, decretos y disposiciones del gobierno nacional sobre: acuñación de moneda nacional, armas y pabellones nacionales, trato a los miembros del tribunal del almirantazgo, comercio entre las provincias internas de oriente y los estados unidos. Libros sobre cuentas de bienes eclesiásticos pertenecientes a la real caja de consolidación, informes de la colecturía de diezmos, órdenes sacerdotales, de exámenes de candidatos a prebendas, curatos y otros ministerios eclesiásticos con sus calificaciones, cuadernos de vicarias foráneas y sobre apuntes, memorias y cuentas de conventos de monjas, comprobantes de cuentas presentados a archicofradías, escrituras relativas a reducciones e imposiciones de capitales piadosos. De igual forma la documentación integra manifiestos al pueblo, memorias del Ministerio de Guerra y ejemplares de periódicos: Diario del Gobierno, El Fénix de la Libertad, Libertad, El Telégrafo, El Eco Nacional, Ómnibus, El Siglo XIX, El Eco Nacional, El Iris, El Mexicano, Diario de Aviso, Monitor Republicano, El Universal.
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
La documentación no tiene una ordenación uniforme ni secuencia cronológica regular.
Condiciones de Acceso:
Carta de la Institución donde estudia indicando el objetivo de la investigación.
Identificación Oficial Vigente.
Condiciones de Reproducción: Ver las Disposicones para la Consulta de los Acervos Documentales. Los documentos con mal estado de conservación no son sujetos de reproducción.
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Capellanías (19), Civil (23), Clero Regular y Secular (24), Cofradías y Archicofradías (25), Consolidación (32), Criminal (37), Hospital de Jesús (53), Inquisición (61), Obras Pías (76), Templos y Conventos (108), Temporalidades (109), Tierras (110), Tributos (113), Justicia Eclesiástica (120), Nacionalización y Desamortización de Bienes (156), Procuraduría General de la República: Bienes Nacionalizados (207) e Historia (257).
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
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