Acceso Colaboradores
Código de Referencia: MX.9017.AGN/1.9.209
Título /Nombre Atribuído: Hospitales
[f]
01-01-1582
/
31-12-1854
Contiene años: 1582-1854 [1792 - 1779]. (1579, 1590,1600).
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
La documentación comprende la correspondencia entre las autoridades civiles (virreyes, gobernadores, corregidores, alcaldes) y las autoridades eclesiásticas, incluyendo el arzobispado y las órdenes mendicantes, sobre la fundación y administración de instituciones hospitalarias.
Historia Institucional/Reseña Biográfica: El Concilio de Trento declaró que todos los hospitales dependían de la Iglesia en cuanto fueran instituciones religiosas (aunque el personal que los atendiera fuera laico) y que por tanto quedarían sujetos a la jurisdicción del Ordinario Eclesiástico. Al establecerse el Real Patronato, todos los hospitales quedaron bajo la protección real. La fundación y el gobierno de los hospitales quedaron sujetos al Rey a través de las autoridades que lo representaban en la Nueva España, en el Consejo de Indias, así como en los Obispados de las Diócesis donde estuvieran situados los hospitales, a excepción de los casos en que el hospital perteneciera a una orden religiosa que gozara de independencia del Ordinario Eclesiástico, como fue el caso de la orden Franciscana y la orden Agustina. Todos los hospitales tuvieron que cumplir con lo siguiente para su erección: que se fundaran con Real Licencia, que dieran cuentas al Rey, que fueran inspeccionadas por la autoridad civil, que los obispos intervinieran en el control de los hospitales, como fue el caso de autorización de fundaciones, que en las visitas que se realizaran a los hospitales, para ver el buen trato a los enfermos, se revisaran las cuentas a los administradores o priores. Los Arzobispos y Obispos tenían el derecho de visitar los hospitales, los reales por disposición real, los hospitales de indios, porque se sustentaban con bienes de comunidad, y los del patronato particular, porque así lo dispuso el Concilio de Trento. Existen un gran número de Reales Cédulas referentes a los hospitales, entre las cuales, destacan la del 7 de octubre de 1541 expedida por Carlos I, que ordenó a los virreyes, a la audiencia y a los gobernadores ``que con especial cuidado provean que en todos los pueblos de españoles e indios de sus provincias y jurisdicciones se funden hospitales donde sean curados los enfermos``; y la del 28 de agosto de 1591, en la que Felipe II ordenó que los mayordomos y administradores de los hospitales de indios fueran nombrados conforme a lo dispuesto por el Real Patronato. BIBLIOGRAFÍA Muriel, Josefina, ``Hospitales de la Nueva España``, Tomo I y II, Publicaciones del Instituto de Historia, 1ª serie, números 35 y 62, México, 1960, 403 pp.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Contiene información sobre reglamento de hospitales, testimonios de fundaciones, repraciones, cuentas generales, autos de visitas, solicitudes y nombramientos de plazas, provisiones de medicamentos, retiros de licencia, aumento de sueldos, demandas sobre pesos, relación de los gastos efectuados por los principales hospitales y las rentas percibidas por concepto de las fincas urbanas y propiedades rurales que les pertenecían. Incluye abundante información acerca del Hospital de San Juan de Montes Claros (Veracruz), Real de Naturales (México), Real de San Carlos (Veracruz), San Andrés (México), San Lázaro (México), Nuestro Señor de Loreto (Veracruz), San Sebastián, San Antonio Abad (México), Real Acapulco, San Pedro (Puebla), Real del Carmen (Presidio del Carmen), Real de la Limpia Concepción, Real de Veracruz, Real de Oaxaca, Real de San Blas y San Fernando (Jalapa).
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
La documentación está ordenada por hospital.
Condiciones de Acceso: El acceso a ésta serie está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo V, artículo 35, fracciones I, VI y IX. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción III. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo III, artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. Capítulo III, artículo 14, fracciones I, II, III, IV, V y VI. Capítulo III, artículos 16 al 19 Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 12 de junio de 2003 Capítulo V, artículo 33 Capítulo VI, artículos 37 al 40. Capítulo VII, artículos 42 al 46. Ley General de Bienes Nacionales Artículo 6, fracción VXIII.
Condiciones de Reproducción: La reproducción en cualquier soporte de los documentos que integran ésta serie, está sujeto a lo dispuesto en la siguiente normatividad: Reglamento del Archivo General de la Nación del sábado 13 de abril de 1946 Capítulo I, artículo, 1 fracción IV Capítulo II, artículo 13, fracción IX Capítulo V, artículo 35, fracción V Capítulo V, artículo 38, apartado A y B. Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernación del lunes 31 de agosto de 1998 Capítulo VI, sección II, artículo 35, fracción IV Disposiciones para la Consulta de los Acervos Documentales Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental del 11 de junio de 2003 Capítulo IX, artículos 49 al 51
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias: El grupo documental está microfilmado del volumen 1 al 78. El grupo documental no está digitalizado.
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Archivo General de la Nación: Archivo Histórico de Hacienda (8), Bandos (11), Correspondencia de Virreyes (36), Epidemias (44), Obras Pías (77), Ordenanzas (82), PóIizas (88), Protomedicato (91) y Consejo Superior de Salubridad (134).
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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