Imagen de cabecera

Detalle Unidad


FONDO AYUNTAMIENTO DE JIJONA

XML

Área de Identificación

Código de Referencia: ES.3083.AM/FAX

Título /Nombre Atribuído: FONDO AYUNTAMIENTO DE JIJONA

Título /Nombre Paralelo: FONS AJUNTAMENT DE XIXONA

[c] 01-01-1350 -

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: En 1708 el fondo sufrió una quema generalizada, de manera que no podemos reconstruir la historia del archivo en la época foral. Sabemos que tras la Guerra de Sucesión, una vez establecido el Ayuntamiento borbónico, el archivo se reducía practicamente al arca de tres llaves, repartidas entre el corregidor, como presidente de la corporación, el regidor decano y el escribano municipal. En 1734 el concejo decide adecentar una habitación de la planta superior del inmueble consistorial para albergar los protocolos dispersos en la ciudad. Este mismo habitáculo servirá de archivo municipal. En 1851 se crea el archivo de protocolos notariales del partido judicial en las dependencias del Archivo Municipal. A finales del siglo XIX se ordena el fondo, encuadernándose buena parte de los documentos y expedientes más importantes, creándose a continuación la plaza de archivero con la categoria de oficial mayor. La organización del servicio actual comienza en 1986, cuando se nombra un archivero. Dada la gran dispersión y desorganización que había, el archivero tiene que reconstruir, en la medida de lo posible, el orden original. Tras las labores de ordenación y organización, se procedió a la descripción de los documentos. Para ello contó con la colaboración de una becada de la Consellería de Cultura, que bajo la dirección del archivero, realizó una labor catalográfica importante a lo largo del primer semestre de 1988. En 1996 se dotó al fondo de un espacio reformado más seguro y amplio, además de nuevas estanterias metálicas.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: A mediados del siglo XIII, Xixona pasa a la Corona de Aragón, tras la conquista del castillo de Biar en 1245. El primer alcaide del castillo fue Pelegrín Baldoví en 1257, año en el que debió establecerse el concejo municipal. Debido a su ubicación estratégica, la población pasa a poder del rey con el título de villa real y es colmada de privilegios, entre ellos, el de conservar siempre su jurisdicción realenga. En 1337 participó en las Cortes de Valencia convocadas por Pedro II, rey que se preocupó de fortificar su castillo. El apogeo de la villa medieval se confirma en el siglo XV, cuando adquiere mediante compra los lugares de Ibi en 1420 y La Torre de les Maçanes en 1472. El primero se independizará definitivamente en 1629. La Torre perteneció a Xixona hasta 1794. Tras la Guerra de Sucesión, donde la villa apoyó a la causa borbónica, el monarca le otorga 10 privilegios, entre los que destacan el título de ciudad y el de cabeza de corregimiento y gobernación. A partir de 1708, por tanto, Xixona detenta la más alta categoría jurisdiccional, como ciudad, y es capital de un amplio término, la Gobernación de Xixona, que incluye, además de la cabezera, las villas de Elche, Tibi, Castalla, Onil, Ibi, Benejama y Bihar y los lugares de la Torre de les Maçanes (de Xixona) y Salinas (de Elda). En 1834, con la creación de la actuales demarcaciones, Xixona pasó a ser cabeza de partido judicial, circunscripción que englobaba las poblaciones de Busot, Aigües, Castalla, Onil, Tibi, Ibi y La Torre de les Maçanes, además de la capital. Esta capitalidad se mantuvo hasta 1970, año en que se abolió el Partido Judicial de Xixona.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El fondo abarca desde el siglo XV hasta la actualidad, si bien es escaso en el periodo anterior al siglo XVIII. No obstante, conserva un traslado del s. XVII de un documento de "Delimitaciones y amojonamiento" de 1350. De la época foral destaca la documentación referida a censos y, sobre todo, a la Cort del justicia. La del siglo XVIII es una fuente importante para conocer el funcionamiento de los corregimientos y en particular el de Xixona, con abundantes noticias no sólo de la localidad, sino de los pueblos de su gobernación.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos: Los archivos de oficina remiten los documentos con antigüedad superior a los 5 años. Actualmente, el plazo de transferencia se ha ampliado a 10 años, al disponer los archivos de gestión de más espacio.

Organización: Organización basada en una clasificación orgánico-funcional.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Consulta libre con las excepciones establecidas por la legislación vigente.

Condiciones de Reproducción: El centro sólo reproduce documentación con menos de 100 años y en buen estado de conservación. Para el resto, el investigador debe aportar cámara digital.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Latín, valenciano y castellano. Humanística

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: MALO

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • ALICANTE (PROVINCIA)
  • CENSO DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL VALENCIANO
  • FONDO MUNICIPAL

Instrumentos de Descripción:

  • Guía, inventario sumario y catálogo.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • PATERNINA BONO, M. J.; A. COUTO DE GRANJA: "Los pergaminos del Archivo Municipal de Jijona". Xixona, 1983.
    BERNABÉ RUÍZ, J. "Patrimonio documental", en "Xixona", 1989.

Área de Notas y Control

Notas: La clasificación de este fondo es doble: una para los documentos anteriores a 1924 (hasta el llamado Estatuto de Calvo Sotelo) y la otra para la documentación posterior a esa fecha, siguiendo las instrucciones de la Conselleria de Cultura que aparecieron en su día .

Control de la Descripción - Notas del Archivero: José Bernabé Ruiz

Control de la Descripción - Reglas o Normas: ISAD(G)

Volumen y soporte

  • 360 Metro(s) lineal(es)
    • Soporte: Acetato de Celulosa


© Ministerio de Cultura - Gobierno de España