Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.5019.AHP/74
Título /Nombre Atribuído: DISTRITOS NOTARIALES DE ÁVILA
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01-01-1448
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31-12-1911
Nivel de Descripción: Grupo de Fondos
Historia Archivística:
Historia Institucional/Reseña Biográfica: Institución de vieja estirpe medieval, se reviste por las Pragmáticas de 1480, 1502 y 1503 y por innumerables disposiciones posteriores de tal eficacia y protección legal que ha logrado hacer llegar sus protocolos desde entonces hasta hoy en secuencia ininterrumpida. Resulta sumamente difícil resumir la ingente cantidad de disposiciones modernas que han ido modelando la institución de la escribanía y el notariado en múltiples aspectos: examen y nombramiento, despacho de títulos, dispensas de edad, renuncias y transmisiones, número de oficios, residencia, percepción de derechos, integridad en el desempeño de funciones, traspaso de registros y protocolos, expedición de copias, forma de redactar las escrituras, etc… Pero la norma fundamental, y uno de los mejores exponentes de la Codificación del s. XIX es, sin duda, la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862 que, con su reglamentación posterior, formula el concepto actual de la Fe Pública y logra la separación funcional de los notarios y los secretarios de corporaciones, organismos y tribunales, la amortización de muchísimas escribanías improductivas y la distribución de los colegios y distritos notariales en correspondencia con las demarcaciones de las Audiencias Territoriales y los partidos judiciales. Las notarías dependen del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y el Notariado. Su primitiva denominación fue la de Dirección General del Registro de la Propiedad, establecida por la Ley Hipotecaria de 1861, pero la Adicional a la Hipotecaria, de 1909, cambió su nombre por el ostentado hasta el día de hoy. (FUENTE: VV.AA.: Manual de descripción Multinivel (Convenciones). Documentación de la Fe Pública. Junta de Castilla y León, 2009)
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Valoración, Selección, Eliminación:
Nuevos Ingresos:
Organización:
Condiciones de Acceso: El régimen de acceso y consulta es el general establecido por la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español.
Condiciones de Reproducción: Dependiendo del estado de conservación de cada unidad documental
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Lengua Castellana Escritura: Cortesana, Procesal, Humanística
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado Conservación: REGULAR
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: El fondo registral de los libros de las Contadurías de Hipotecas, que dan publicidad de la propiedad inmobiliaria y remiten al protocolo correspondiente.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas: Aplicación de las normas de descripción a la documentaciónde la Fe Pública. Adaptación de la norma ISAD (G) a la documentación notarial / Carlos Travesí de Diego, Miguel Ángel de Benito García y Tania Cid González. 2009
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