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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE

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Área de Identificación

Código de Referencia: CR.101.ACOT/1

Título /Nombre Atribuído: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE

[c] 01-01-1946 / 31-12-1989

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: Pese a que el Archivo Central del Ministerio funciona desde hace más de 20 años, realmente su funcionamiento como tal podemos definirlo a partir del año 2012, con el nombramiento de la señora Aura Mora, quien inicia realmente la consolidación del Archivo Central que posteriormente se concreta en diciembre del 2013, con el nombramiento de un profesional en Archivísticas a cargo del Archivo. De tal forma que el Archivo Central empieza a dar mayor énfasis a los diferentes procesos archivísticos a fin de ajustarse a los requerimientos que establece la Ley 7202 y su Reglamento, así como otra normativa afín.
Se cuenta con el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos debidamente conformado.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: En 1860 dada la importancia que iban adquiriendo los edificios públicos, caminos y demás obras construidas por cuenta de los fondos nacionales o de las provincias, se consideró pertinente crear una institución con el objeto de que éstas se construyeran bajo su responsabilidad y en consideración con las reglas del arte. Esto por cuanto además de asegurar su solidez y estabilidad, contribuiría a la hermosura y ornato de las poblaciones.

Fue así como, mediante Decreto LI del 20 de octubre de 1860, durante la presidencia de don José María Montealegre, se crea la Dirección General de Obras Públicas. En él se indica que el funcionario ejecutivo principal debe reunir las siguientes características: método de nombramiento Presidencial, título del cargo Director General de Obras Públicas, requisitos necesarios para el puesto ser Ingeniero Civil y reunir conocimientos técnicos en materia de arquitectura.

Asimismo, señala que dependerán de este funcionario todos los empleados encargados de construir caminos y demás trabajos públicos en la parte técnica del ramo de policía, así como los nombrados por el Gobierno o por las Municipalidades, propuestos en terna del mismo Director.

En lo relativo a construcción y reparación de las obras públicas, tenía voto afirmativo, pero para darlo debía coordinar con el Gobernador de la Provincia en donde estuviera situada o debiera ubicarse la obra que se intentaba reparar o construir.

Era miembro técnico, exoficio, de todas las juntas creadas o que se crearan para objetos y obras de interés general.

La Dirección General de Obras Públicas inicialmente estuvo adscrita a Secretarías de Estado tales como las de Hacienda, Guerra, entre otros, y luego pasó a formar parte de la Cartera de Obras Públicas, cuando ésta se estableció el 4 de agosto de 1870 y posteriormente de la de Fomento, cuando ésta última se creó el 17 de junio de 1881, manteniéndose vigente hasta 1948, salvo en el lapso comprendido entre el 8 de junio de 1917 y el 9 de agosto de 1919, durante el cual rigió la fugaz Constitución Política de 1917, que sustituyó las Secretarías de Estado por Ministerios.

El General don Juan Bautista Quirós Segura, pasó de Secretario a ministro de Fomento en 1917, y formaba parte del Gabinete del Presidente don Federico Tinoco Granados.

El 8 de mayo de 1948, fecha en que se constituyó un Gobierno Provisional de la Nación para que ejerciera sus funciones con nombre de Junta Fundadora de la Segunda República, asumiendo los Poderes Legislativos y Ejecutivos, se nombra a las personas que fungirán como Ministros de Estado. Dentro de ellos se encuentra don Francisco José Orlich Bolmarcich como Ministro de Obras Públicas, según decreto de Ley No. 1 del 8 de mayo de 1948, en esta fecha entonces el Ministerio de Fomento se transforma en Ministerio de Obras Públicas.

Mediante, Ley No. 3155 del 5 de agosto de 1963, se crea el Ministerio de Transportes en sustitución del Ministerio de Obras Públicas, asumiendo las obligaciones del anterior que fueran compatibles con los objetivos principales del nuevo: construir, mantener y mejorar la red de carreteras nacionales, carreteras regionales y caminos de todo el país, planes cooperativos, regular y controlar el tránsito, construir, mantener y mejorar los aeropuertos nacionales controlando el transporte aéreo, controlar y regular el transporte ferroviario, regular y mejorar el transporte marítimo.

En el artículo 3 de la respectiva Ley, asume las Direcciones Generales de Tránsito y Aviación Civil, el Consejo Superior de Tránsito y la Junta de Aviación Civil. Se establece además, que las labores de construcción que realice el Ministerio se harán preferentemente por el sistema de contratos por licitación, procurando contratarlas con el mayor número de personas o de empresas nacionales dedicadas a la construcción.

Además, por Ley No. 4786 del 5 de julio de 1971 se reforma la Ley anterior, constituyéndose en Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

En 1973 se crea el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante la Ley No. 5150 publicado en el Alcance No. 66 a la Gaceta No. 106 del 06 junio de ese mismo año.

Mediante, la Ley No. 6324, publicado en el Alcance No. 04 a la Gaceta No. 97 del 25 de mayo de 1979, "Ley de Administración Vial"; se crea el Consejo de Seguridad Vial.

Posteriormente, los Decretos Ejecutivos No. 24730-MOPT, publicado en el Alcance No. 50 a La Gaceta No. 215 del 13 de noviembre de 1995; No. 25099-MOPT, publicado en La Gaceta No. 85 del 06 de mayo de 1996; No. 25138-MOPT, publicado en La Gaceta No. 95 del 20 de mayo de 1996; y No. 25183-MOPT, publicado en La Gaceta No. 110 del 11 de junio de 1996; se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para el trabajo por procesos.

Además, mediante los Decretos Ejecutivos, No. 24848-MOPT, publicado en La Gaceta No.14 del 19 de enero de 1996; No. 25151-MOPT, publicado en el Alcance No. 29 a La Gaceta No. 99 del 24 de mayo de 1996; No. 26570-MOPT, publicado en La Gaceta No. 09 del 14 de enero de 1998; No. 26689-MOPT, publicado en La Gaceta No. 40 del 26 de febrero de 1998; No. 26865-MOPT, publicado en La Gaceta No. 82 del 29 de abril de 1998; No.27110-MOPT, publicados en Las Gacetas No. 126 del 01 de julio de 1998; se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que fundamentado en el trabajo por procesos y la participación activa de los equipos de trabajo, por medio de una estructura plana y flexible le permita a la Administración la agilidad en la toma de decisiones, la asignación de responsabilidades y la movilización de recursos de acuerdo con sus necesidades. La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por la Subárea de Sistemas Administrativos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; así como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante los documentos DM-328-96, de 12 de abril de 1996; DM- 270-96 de 21 de marzo de 1996; DM- 387-96 del 29 de abril de 1996 ; DM- 970-95 del 09 de octubre de 1995, Reforma del Estado del Ministerio de la Presidencia, creada para tales efectos.

Con la publicación de la Ley No. 7762 "Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos", en el Alcance No. 17 a La Gaceta No. 98 del 22 de mayo de 1998; se crea el Consejo Nacional de Concesiones, el cual regula los contratos de concesión de obras públicas y de obras con servicios públicos.

Mediante, la Ley No. 7798, publicado en el Alcance No. 20 a La Gaceta No. 103 del 29 de mayo de 1998; se crea el Consejo Nacional de Vialidad que se encarga de regular la construcción y conservación de las carreteras, calles de travesías y puentes de la red vial nacional.

Con base en las recomendaciones de la Consultoría Louis Berger Internacional, las cuales contaron con la anuencia del Ministro de Planificación y Política Económica, expresada en el oficio No. DM57-99 del 26 de marzo de 1999, se reestructura nuevamente el Ministerio de Obras Públicas, según el Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT, publicado en La Gaceta No.112 del 10 de junio de 1999.

Se crea el Consejo de Transporte Público mediante la Ley No. 7969, "Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi", publicado en La Gaceta No. 20 del 28 de enero del 2000; el cual se encarga de definir las políticas y ejecutar los planes y programas nacionales relacionados con las materias de su competencia.

Mediante, el Decreto Ejecutivo No. 28542-MOPT, publicado en La Gaceta No. 62 del 28 de marzo del 2000; se modifica el Decreto Ejecutivo No. 26865-MOPT, en el cual se reestructura la Dirección de Aviación Civil.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 28599-MOPT, publicado en La Gaceta No.88 del 09 de mayo del 2000; se crean las Oficinas Regionales del Consejo de Transporte Público en todo el territorio nacional.

Con base en el Decreto Ejecutivo No. 28617-MOPT, publicado en La Gaceta No. 91 del 12 de mayo del 2000; se crea el Consejo Portuario Nacional, el mismo es un órgano de coordinación y enlace, -nivel superior-entre el Poder Ejecutivo y los demás órganos e instituciones descentralizadas y desconcentradas del Estado, que tengan competencia en materia portuaria y marítima, y el sector empresarial, trátese de exportadores, importadores, transportistas y demás usuarios o clientes de los servicios portuarios.

Mediante, el Decreto Ejecutivo No. 29547-MOPT, publicado en La Gaceta No. 108 del 06 de junio del 2001; se modifica el Decreto Ejecutivo 27917-MOPT, en lo que respecta al Capítulo VII, artículos 38, 39, 40, 41 y el Capítulo IX, artículo 43, pasando la División de Puertos a llamarse División Marítimo Portuaria y conformada por Direcciones.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 29673-MOPT, publicado en la Gaceta No. 149 del 06 de agosto del 2001; se crea nuevamente la División Administrativa, además se deroga el artículo No. 08 del Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT.


Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 30616-MOPT, publicado en La Gaceta No. 156 del 16 de agosto del 2002; deroga el artículo No. 37 del Decreto No. 27917-MOPT, por lo que la Asesoría Jurídica asume las funciones, atribuciones y personal de la Unidad Técnico-Legal de la División de Transportes.

El 23 de setiembre del 2003, mediante el Decreto Ejecutivo No. 31363-MOPT, publicado en La Gaceta No.182, "Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga"; crea la División de Circulación y Transporte de Carga y sus direcciones.

Mediante, Disposición Interna No. 2004-0447 del 06 de febrero de 2004, suscrita por el señor Ministro, se trasforma la Proveeduría Institucional en la Dirección de Contrataciones, responsable de realizar los procedimientos de adquisición de bienes y servicios que requiera la Institución y dependiendo del Nivel Superior. Además se crea la Dirección de Almacenamiento y Distribución de Bienes, responsable de supervisar el manejo, distribución y uso de los bienes adquiridos, dependiendo de la División Administrativa.

Además, mediante Dictamen No. 034-03, publicado en el Boletín Informativo No. 08 del 30 de agosto del 2004; se indica que el Consejo Técnico de Aviación Civil es un órgano desconcentrado, en grado máximo, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Dirección de Aviación Civil es un órgano desconcentrado del Ministerio y subordinado al Consejo Técnico de Aviación Civil.

Mediante, el Decreto Ejecutivo No. 32044-MOPT, publicado en La Gaceta No. 200 del 13 de octubre del 2004; se crean en la División de Obras Públicas las Macro Regiones de Guanacaste, San Carlos y Pacífico Central y se modifica los Decretos Ejecutivos Nos. 27917-MOPT y 28814-MOPT, en lo que respecta a eliminar las Direcciones Regionales IV, VI, VII, XII y XIII y modificar la Dirección Regional III.

El 16 de febrero del 2005, mediante el Decreto Ejecutivo No. 32227-MOPT, publicado en La Gaceta No. 33; se modifica el inciso 1.3 del artículo 1, del Decreto Ejecutivo No. 32044-MOPT del 13 de octubre del 2004, en cuanto a la conformación de la Macro Región Pacífico Central.

Mediante, Circular No. DM- 3438-2005 del 21 de junio del 2005, del señor Ministro, y con fundamento en el Informe AG-19-2005 de 17 de mayo del 2005, se deja sin efecto la Disposición Interna No. 2004-0447 de 06 de febrero del 2004 y se crea nuevamente la Proveeduría Institucional, dependiendo de la División Administrativa.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 32461-MOPT, publicado en La Gaceta No. 139 del 19 de julio del 2005; se excluye del Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT, publicado en La Gaceta No.112 del 10 de junio de 1999, del punto b), del artículo 16, a la Dirección de Ayuda Comunal; y se crea el Departamento de Ayuda Comunal dependiendo de Dirección de Edificaciones Nacionales.

Mediante, la Circular No. 2005-4488 del 05 de agosto del 2005, del Despacho de señor Ministro, se crea la Dirección de Almacenamiento y Distribución de Bienes, en la División Administrativa, con el fin de fortalecer la Proveeduría Institucional.

Posteriormente, mediante la Ley- 8431 Reforma de varios artículos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No. 7331, publicado en La Gaceta No. 254 del 28 de diciembre del 2004 y el oficio No. DM- 567-06 del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económico del 05 de mayo del 2006, se crea el Departamento de Control y Atención de Recursos de Inconformidad en la Dirección General de la Policía de Tránsito.

El 23 de agosto del 2005, mediante la Circular No. DVT 05-1158 del Despacho del señor Viceministro de Transportes, se crea la Dirección de Ferrocarriles en la División de Transportes.

Mediante la Circular No. DM- 3033-2006 del 15 de mayo del 2006, del Despacho de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, se crea la Dirección de Puentes en la División de Obras Públicas.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 33458-MOPT, publicado en La Gaceta No. 244 del 20 de diciembre del 2006, se deroga el artículo 89 del Decreto Ejecutivo No. 31363-MOPT, en lo que corresponde a la creación de la División de Circulación y Transporte de Carga, además se modifica todas las disposiciones de los Decretos Ejecutivos Nos. 31363-MOPT y 32191-MOPT, en donde se lee División de Circulación y Transportes de Carga o cualquiera de sus dependencias, para que en su lugar se lea el órgano competente según la aprobación de la estructura orgánica en cada Consejo donde se traslada las funciones correspondientes.

El 28 de mayo del 2007, mediante la Circular No. 2007-1941, del Despacho de la señora Ministra, se dispone por directriz de acatamiento obligatorio, pasar el Departamento de Almacenes a la Proveeduría Institucional, como Departamento de Almacenamiento y Distribución, tal y como lo indica el Decreto Ejecutivo No. 30640-H; se deroga cualquier circular administrativa, escrito, oficio, nota, memorando o disposición que en el pasado se haya tomado en contravención con la Circular No. 2007-1941.

Mediante la Circular No. 20080490 del 05 de febrero del 2008, del Despacho de la señora Ministra, Licda. Karla González Carvajal, en aras de brindar un servicio oportuno y eficiente en referencia al suministro de combustibles mediante tarjeta electrónica y al adecuado control de bienes mediante el sistema SIBINET, y consecuente con la naturaleza de sus funciones se reubican en la Dirección de Servicios Generales y Transportes, los Departamentos de "Control de Combustibles" y "Registro y Control Patrimonial".

Además, mediante la Circular No. 910-08 del 10 de marzo de 2008 y adición a la Circular No. 910-08 del Despacho de la señora Ministra, Licda. Karla González Carvajal, en cumplimiento al Informe No. DFOE-OP-1-2007 del 25 de enero de 2007 de la Contraloría General de la República, se centraliza en una sola unidad administrativa, dentro del MOPT, las funciones del Departamento de Terrenos, Avalúo y Actualización de Propiedades; pasando llamarse Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles y dependiendo de la Asesoría Jurídica del MOPT.

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 206 y 207 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No. 7331, modificados por la Ley No. 8696 "Reforma Parcial de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No. 7331 y Normas Conexas", publicado en el Alcance No. 55 de La Gaceta No. 248 del 23 de diciembre de 2008, se crean las unidades, a saber: Unidad Policial de Apoyo Legal, dependiendo de la Dirección General de la Policía de Tránsito; así como la Unidad de Asuntos Internos de la Policía de Tránsito, dependiendo del Despacho del Ministro.

Mediante la oficio DMOPT- 3673-10 del 12 de agosto de 2010 del Despacho del Ministro y en apego al acuerdo No. 002-P del Ministerio de la Presidencia del 08 de mayo del 2010, se solicita al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) el registro y aprobación de los tres Viceministerios, a saber: Viceministerio de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, el cual tendrá bajo su responsabilidad la División de Transportes, el Consejo de Seguridad Vial y el Consejo de Transporte Público; el Viceministerio de Transporte Aéreo y Marítimo, con la responsabilidad de la División Marítimo Portuaria, el Consejo Técnico de Aviación Civil y el Consejo Portuario Nacional; así como el Viceministerio de Infraestructura y Concesiones cuyo ámbito de acción será la División de Obras Públicas, el Consejo nacional de Vialidad y el Consejo Nacional de Concesiones, asimismo mediante el oficio DM-439-10 del 30 de agosto de 2010, MIDEPLAN registra la creación de los tres Viceministerios, antes mencionados.

Posteriormente, mediante los oficios DMOPT-5789-10 y DMOPT-6347-10 del 09 y 26 de noviembre de 2010, respectivamente, se remite al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, el estudio técnico denominado "Informe Propuesta de Estructura, Unidad Ejecutora Proyecto Bajos de Chilamate - Vuelta Kooper", para la aprobación y registro en la estructura del MOPT, en apego a la Ley No. 8844, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 172 del 03 de setiembre del 2010, MIDEPLAN con el oficio DM-609-10 del 08 de diciembre de 2010, crea la Unidad Ejecutora Proyecto Bajos de Chilamate - Vuelta Kooper, dependiendo directamente del Viceministerio de Infraestructura y Concesiones.

Mediante el oficio DMOPT-7879-11 del 23 de noviembre del 2011 y en apego a lo establecido en la Ley No.8992, publicado en La Gaceta No.191 del 05 de octubre del 2011, se solicita a MIDEPLAN, el ajuste y registro de la Unidad Ejecutora y de Coordinación del Primer Programa para la Red Vial Cantonal, lo que con el oficio DM-671-11 del 24 de noviembre de 2011, se crea dependiendo de la División de Obras Públicas.

Finalmente, mediante la Ley No. 8905 Reforma del artículo 2 de la Ley No.5695 Creación del Registro Nacional, y sus reformas; y modificaciones de la Ley No.59, Creación y organización del Instituto Geográfico Nacional, se traslada al IGN al Registro Nacional, a partir del 27 de enero 2012.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Valoración, Selección, Eliminación: Se cuenta con el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, conforme lo establece la Ley 7202, Ley de Sistema Nacional de Archivos.

A nivel institucional se trabaja en la elaboración de las Tablas de Plazos de Conservación: se tienen 7 tablas de los niveles superiores, debidamente aprobadas por la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos.

Además, se trabaja con valoraciones parciales como en la elaboración de tablas de otras dependencias del Ministerio.

Nuevos Ingresos: De acuerdo con los plazos establecidos en las Tablas de Plazos de Conservación, se elaboró un cronograma de transferencia de las siete dependencias de las cuales están aprobadas sus Tablas por la Comisión Nacional. En estos momentos se está cotejando la documentación del Despacho del señor Ministro.

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: No hay restricción, salvo en los casos de expedientes de exfuncionarios, que solo pueden ser consultados por el interesado, dependencias del Ministerio con funciones afines que requieran su consulta u otras instancias por mandato legal.

Condiciones de Reproducción: El Archivo Central facilita la reproducción en papel y de ser necesario en CD de los documentos que se encuentran escaneados, para lo cual el usuario debe llenar el formulario correspondiente.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Básicamente español.

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

en algunos casos en el Archivo Central en otros en las dependencias productoras o la Dirección General del Archivo Nacional

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • Regularmente se hace la publicación de Cápsulas Archivísticas por parte del Archivo Central, a fin de divulgar información de interés en temas archivísticos a nivel institucional.

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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