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Código de Referencia: ES.47161.AGS/3.8
Título /Nombre Atribuído: Consejo de Hacienda
[c]
01-01-1369
/
31-12-1867
Nivel de Descripción: Fondo
Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/117086
Historia Archivística:
Prescindiendo de la escasa documentación anterior al siglo XVI - que ingresó en el archivo de manera irregular, ligada en su mayor parte a otros fondos-, y de la documentación de la etapa final del Consejo, la mayoría de los documentos del Consejo de Hacienda llegó a Simancas procedente de las oficinas productoras (o de los archivos de las personas a cuyo cargo estuvo la administración de la Hacienda), una vez concluida su tramitación. El envío se produjo en diferentes remesas:
- En 1577 se recibió la documentación correspondiente a la gestión de los secretarios Hernando de Somonte, licenciado Montalván, Francisco de Eraso, y Juan y Pedro de Escobedo.
- En 1606, ingresó una nueva remesa, correspondiente a documentación de los secretarios Juan y Pedro de Escobedo y Juan López de Velasco, que llegaría hasta el año 1596. Dicho año podría haber ingresado también en el archivo otra remesa con los pleitos de los escribanos de la Contaduría Mayor de Hacienda Pedro Alonso Riero y Martín de Pradeda.
- En tiempo del secretario Pedro de Lezama (1621-1626) se recibió otra remesa de expedientes de averiguaciones y pesquisas.
- En 1718 se recibió la remesa más importante, correspondiente a la documentación de las tres Secretarías del Consejo de Hacienda (Castilla, Andalucía y Millones) entre los años 1568 y 1700.
- En 1914 se recibió la última remesa, correspondiente a la documentación que se encontraba en la sede del Consejo de Hacienda en el momento de su supresión en 1834, y que pasó sucesivamente por el Archivo del Consejo de Estado y por el AHN, desde donde fue remitida al AGS junto con el fondo del Consejo Real de España e Indias como permuta por el archivo del Consejo de Inquisición
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La administración de las finanzas reales de la Corona de Castilla estuvo atribuida desde la Edad Media a la Contaduría Mayor de Hacienda. Sin embargo, las deficiencias en el funcionamiento de la Hacienda, agravadas por las innovaciones que supuso la llegada de Carlos V, hicieron necesaria la creación de un organismo encargado específicamente de la búsqueda de nuevos recursos y sistemas de recaudación, y del control de la contabilidad y la tesorería. Pese a que el Consejo de Hacienda se creó como tal en 1523, su vida será inestable durante todo el siglo, regulada por múltiples disposiciones, hasta que las ordenanzas de El Pardo de 1593 fijen su planta y atribuciones. Durante este periodo, su composición variará ostensiblemente, estando formado por un Presidente y varios Consejeros, entre los que destacan las figuras del Secretario, el Tesorero General, el Escribano de Finanzas y dos Contadores de Hacienda.
El siglo XVII se inaugura con las ordenanzas de Lerma de 1602, que, en un intento de solucionar la conflictividad existente entre el Consejo de Hacienda y la Contaduría Mayor de Hacienda, fusionan ambas instituciones en un único órgano denominado Consejo de Hacienda y Contaduría Mayor, al que se sumarán el tribunal de Oidores y la Contaduría Mayor de Cuentas.
La vida de este organismo seguirá siendo regulada por múltiples disposiciones (1621,1635, 1651, 1647, 1691), constituyendo las principales novedades del periodo la organización del Consejo en Salas de Gobierno y Justicia de la Comisión de Millones como sala independiente (1658).
A comienzos del siglo XVIII(1713), el Consejo de Hacienda es una complicada organización compuesta por más de 60 miembros, articulada en las
siguientes dependencias: Sala de Gobierno, Sala de Justicia, Sala de Millones, Sala Criminal y Contaduría Mayor de Cuentas. Esta complejidad, unida a la ineficacia de su funcionamiento, provocará la progresiva pérdida de competencias gubernativas del Consejo en favor de otras instituciones hacendísticas de nueva creación (Superintendencia General de Hacienda, Secretaría del Despacho de Hacienda principalmente), quedando relegado el consejo a la función judicial en apelación.
Tras la reforma de 1803, en la que recibe el vacío nombre de Consejo Supremo de Hacienda, su supresión en 1834 será consecuencia de la gran reforma de la administración central subsiguiente a la muerte de Fernando VII y a la implantación definitiva del liberalismo. Siguiendo los principios de la separación de poderes y de la simplificación institucional, sus competencias administrativas pasarán a la Secretaría del Despacho de Hacienda, y las judiciales el Tribunal Supremo de Hacienda, de nueva creación.
Las competencias fundamentales de la institución son:
-Diseñar, dirigir y planificar las grandes líneas de la política hacendística, controlando siempre el ingreso (sistemas de percepción de rentas) y el gasto (procedimientos y orden del gasto, negociación de la deuda).
- Política monetaria.
- Provisión de los oficios relacionados con la hacienda.
- Función judicial, ejercida a través del Tribunal de Oidores.
- A partir de 1658, administración de los Servicios de Millones
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso:
La casi totalidad de la documentación ingresa en el Archivo de Simancas, procedente de las oficinas productoras, en sucesivas remesas ; las fundamentales tienen lugar los años1577,1606,1626 y 1718 .
- En 1914 se recibió la última remesa, correspondiente a la documentación que se encontraba en la sede del Consejo de Hacienda en el momento de su supresión en 1834, y que pasó sucesivamente por el Archivo del Consejo de Estado y por el AHN, desde donde fue remitida al AGS junto con el fondo del Consejo Real de España e Indias como permuta por el archivo del Consejo de Inquisición.
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Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Compleja, abundante y heterogénea documentación, fundamentalmente de los siglos XVI y XVII, que se presenta en dos formatos, dentro de los que podemos encontrar diversos tipos documentales:
- Libros registros (encuadernados y en pliegos de papel horadado): libros registro de provisiones extraordinarias, de dispensaciones de Cruzada, de Penas de Cámara, de cédulas de Hacienda, de peticiones de oficios y compras, de matrícula de libranzas, de despachos de oficio, de despachos de partes, de ventas y desempeños, de la Junta del Donativo, de la venta de la sal, de consultas, de la Media Annata, de la Junta de Vestir la Casa, de la Comisión de Millones, de repartimiento de negocios, de cartas, y de títulos de nombramiento de oficios, entre otros.
- Legajos: cédulas, cuentas, libranzas, expedientes, memoriales, consultas, informes, cartas, despachos, procesos, testimonios, poderes, billetes, expedientes de averiguación de valores, rentas y vencindarios, procesos, autos y probanzas entre otros.
Toda esta documentación contiene valiosa información sobre:
- La organización, funcionamiento y competencias de todas las instituciones de las que emana (especialmente de las Secretarías del Consejo de Hacienda, de la Contaduría Mayor de Cuentas y de las Juntas y demás organismos con contenido hacendístico: Junta de Media Annata, Junta de Vestir la Casa, Junta de Cobranza, Junta de Reservas, Junta de Presidios, Junta de Flandes, Junta de Comercio y Moneda, Comisión de Millones, Comisaría de la Cruzada, Consejo de la Sal, Consulados, etc.)
- Actuación de todas las personas que se ocuparon de la Real Hacienda (Consejeros, Secretarios, Tesoreros Generales, Contadores, etc.)
- Todo tipo de asuntos relacionados con la Hacienda, fundamentalmente ingresos y gastos. Respecto a los ingresos destacan: ventas de oficios, jurisdicciones y baldíos; rentas en general (alcabalas, tercias, servicios, montazgo...), juros, asientos, correspondencia con banqueros y hombres de negocios, salinas, etc. En cuanto a gastos, destaca la documentación relativa a los gastos de la Corte y personas reales, y los del ejercito (armada, galeras, municiones y salarios en el Norte de Africa, Italia, Flandes...) Asimismo incluye abundante información sobre política monetaria y comercial.
-Situación demográfica y socioeconómica de Castilla en la Alta Edad Moderna.-
Valoración, Selección, Eliminación: Por tratarse de un fondo histórico cerrado ,estas funciones no tienen en él aplicación.
Nuevos Ingresos:
Organización:
A su ingreso en el archivo, la organización de la documentación reflejaba la estructura orgánica y las competencias de los organismos productores, traducidas en la existencia de tipos documentales y series más o menos homogéneas. En un principio, cada una de estas remesas conservó su independencia.
La confusión introducida en el archivo por las tropas francesas hizo que el orden de esta documentación, a menudo sin signatura, se perdiera, por lo que - ya en el siglo XIX- se procedió a una organización de la misma basada en criterios exclusivamente cronológicos: así, y exceptuando algunas series que conservaron su independencia, se mezclaron los legajos de las diferentes remesas y de las diferentes series documentales, quedando organizada la documentación exclusivamente por años. No obstante, dentro de cada año, se mantuvieron unidos los documentos procedentes de las distintas series y procedencias. Este criterio también fue seguido con los libros encuadernados. Únicamente mantuvo su independencia la última remesa, por haber ingresado en una fecha muy tardía.
De esta forma, la mayor parte de la documentación presenta hoy día la siguiente organización:
-Sección Consejo y Juntas de Hacienda.
Series: 1. Secretarías de Hacienda; 2. Suplemento; 3. Memoriales sin fecha; 4. Varios.- Sin fecha y con ella; 5. Cédulas y provisiones; 6. Libros registros; y 7. Registros de títulos despachados por la Hacienda.
-Sección Expedientes de Hacienda.
Series: 1 Hacimiento y valor de rentas y averiguación de vecindarios; 2. Averiguaciones de rentas, derechos jurisdiccionales y vecindarios; 3. Salinas; 4. Varios; 5. Pleitos, procesos y expedientes; 6. Diversos.
-Sección Consejos: Supremo de Hacienda y Real de España e Indias (Subsección: Consejo Supremo de Hacienda).
Series: 1. Asuntos Generales; 2. Consulados; 3. Junta de Comercio y Moneda; 4. Libros Registro.
Condiciones de Acceso: Documentos de titularidad estatal, de libre consulta a todos los investigadores, previa identificación personal.
Condiciones de Reproducción: La reproducción de los documentos está sujeta a la normativa vigente.
Lengua/escritura(s) de los Documentos:
Principalmente castellano. En ocasiones hay documentación en italiano y latin.
Letra humanística, cortesana y procesal.
Características Físicas y Requisitos Técnicos:
Estado de conservación bueno.
Documentación e papel , tamaño folio.
Estado Conservación: ---
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
1.Documentación hacendística. Por las funciones directivas de la institución de la que emana, la documentación del Consejo de Hacienda está estrechamente relacionada con la documentación producida por todas las contadurías dependientes de la Contaduría Mayor de Hacienda (secciones Escribanía Mayor de Rentas, Contaduría del Sueldo, Contaduría de Mercedes, Contadurías Generales y Dirección General del Tesoro), por la Contaduría Mayor de Cuentas(secciones Contaduría Mayor de Cuentas y Tribunal Mayor de Cuentas), por el Consejo de Cruzada (sección Comisaría General de Cruzada).
2.Documentación emanada de otras instituciones que mantuvieron estrechas relaciones con el Consejo de Hacienda, como el Consejo de Estado (Sección Estado).
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Eduardo Pedruelo Martín.
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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