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Escribania Mayor de Rentas Reales de Aduanas de Cantabria

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.1059.AHPA/2.3.7

Título /Nombre Atribuído: Escribania Mayor de Rentas Reales de Aduanas de Cantabria

[c] 01-01-1602 / 31-12-1852

Nivel de Descripción: Fondo

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/171986

Contiene unidades en PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/contiene/171986

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación de la Escribanía Mayor de Rentas Reales del Distrito de Cantabria, procede de los fondos de los protocolos notariales de los escribanos del número de la ciudad de Vitoria, que recibieron el nombramiento y actuaron al mismo tiempo de escribanos mayores de rentas, llevando Registros independientes de la administración de esta Renta. Han sido identificados hasta la fecha los siguientes Escribanos: Andrés Francisco de Esquibel (1674-1715), Pedro González de Echavarri (1715-1728), Joaquin González de Echávarri (1728-1750), Juan José Cebrian de Mazas (1751-1762), Francisco de Isunza.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El sistema aduanero Español, derivado, del almojarifazgo musulmán, vió implantada su estructura aduanera por Alfonso X el Sabio, estructura que en el s. XVIII podemos ver en el mapa aduanero que se estructuró en torno a dos distritos: en el Norte, el de los tres obispados (Calahorra, Osma y Sigüenza), los llamados puertos altos; y al Sur los obispados de Cuenca y Cartagena, llamados puertos bajos, a los que se añadían los límites fronterizos de Francia, Portugal y el litoral. El personal básico lo conformaban los alcaldes de sacas y guardas, delegados directos del monarca, que ya en el medievo era un cargo que decae progresivamente pero que se mantiene para frenar los arrendamientos de aduanas a los particulares.
La gestión del sistema aduanero se basaba en la aplicación de los aranceles, Enrique III estableció en 1403 la primera tarifa arancelaria sobre los puertos secos, pero estos instrumentos conocieron muchas variaciones. En los puestos del Cantábrico, se aplicaba una tarifa especial denominada el 'Diezmo de la mar' y en los puestos aduaneros vascos actuaban dos aranceles con derechos diferentes, en Guipúzcoa se aplicaba el 'Diezmo viejo de Guipúzcoa', y en los puestos de Orduña, Balmaseda, Salvatierra y los puertos de las 'cuatro villas', el arancel concertado en 1503 por los Velasco con el gremio de mercaderes de Burgos.
Felipe II, reestructuró de manera regular esta renta, aumentó el número de arbitrios aplicados, y aplicó tres formas distintas de efectuar su cobro: encabezamiento, arrendamiento y repartimiento.
En el s. XVI empezó la hegemonía del arrendamiento de las Aduanas a los particulares y la generalización del 'asiento' en la renta de aduanas.
Durante el siglo XVII la estructura implantada no experimentó modificaciones, la renta de aduanas y la de lanas continuó en manos de los particulares, a pesar de la creación el año 1687 de la Superintendencia General de Hacienda, de escasa vida. Las reformas administrativas introducidas por Felipe V y la creación de la Secretaría del Despacho de Hacienda en 1714, inició el control de esta Renta General por parte de la Corona, de ahí la profusión de reglamentos, instrucciones y órdenes, que se arbitraban para cada una de las aduanas, entre ellas las referentes a las aduanas del distrito de Cantabria.
El llamado Distrito de Cantabria, comprendía un conjunto de instituciones aduaneras formadas por: 1º.- Los juzgados de contrabando de Bilbao y San Sebastián.
2º.- Las aduanas principales de Vitoria, Orduña y Balmaseda
3º.- Los puestos de afianzo o rediezmos de Castilla: Miranda de Ebro, San Vicente, Haro, Puentelarrá, San Llorente, Yrús, Villasante y Pancorbo
4º.- El agregado de aduanillas sitas en los límites de Alava y Guipúzcoa con Navarra o el llamado 'partido de Vitoria': Salvatierra, Santa Cruz de Campezo, Zalduendo, Bernedo, Tolosa, Ataun y Segura.
5º.- El Resguardo de las Rentas Generales y Tabaco del Cordón del Ebro y Provincias Exentas, desde Logroño a Laredo.
Es decir que el Distrito de Cantabria concentraba la mayor parte de sus puestos aduaneros en la provincia de Alava y es en Vitoria donde se asienta la sede de la Escribanía Mayor de Rentas del Distrito del Cantábrico. Escribanía, enajenada en el Marqués de Montehermoso, que poseía la facultad de nombrar a los escribanos para llevar el control de esta renta. Durante los años 1680 a 1780 los nombramientos de escribanos mayores de rentas recayeron en los escribanos del número de la ciudad de Vitoria, situación que se mantendrá hasta la desaparición de los puestos aduaneros interiores.

Forma de Ingreso: ---

Observaciones del Ingreso: La documentación ingresó con las transferencia de los Protocolos Notariales de Vitoria en la fundación del Archivo Notarial en el siglo XIX.

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Contiene la historia económica de las provincias vascas, en cuanto se refiere al comercio que se establecía en los puertos secos.

Valoración, Selección, Eliminación: Documentación de carácter histórico amparada por la Ley 16/1985 como Patrimonio Histórico Artístico.

Nuevos Ingresos: Se preven nuevas incorporaciones de documentación a medida que avancen los trabajos de identificación y organización de los fondos históricos

Organización: La organización del fondo responde al principoio de procedencia, en este caso a las escribanías del número de la ciudad de Vitoria, que ejercieron los cargos de Escribanos de la Renta de Aduanas .

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Documento de titularidad estatal de libre consulta a todos los investigadores.

Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reprodución de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español
Documentación histórica, formada en su mayoría por registros y documentos, escritos con letra procesal y en algunos casos, impresos

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Ayuntamientos
  • La Rioja
  • Santander (Cantabria)
  • Autonomias
  • Autonomias
  • Vizcaya
  • Ríos
  • Guipúzcoa
  • Comercio
  • Genealogía
  • Burgos (España)
  • Municipio
  • Genealogía
  • Administración Pública
  • Carreteras
  • Santander
  • Ríos
  • Soria (España)
  • Soria (provincia)
  • Bizkaia (España)
  • Aduanas
  • Economía
  • Aduanas
  • Ayuntamientos

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

ARCHIVO GENERAL DE SIMANCAS
ARCHIVO HISTORICO NACIONAL

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: En los protocolos notariales esposible encontrar numerosas referencias a las actuaciones aduaneras.

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

  • ANGULO MORALES, Alberto. La Escribanía Mayor de Rentas Reales del Distrito de Cantabria (1660-1780). En Aproximación metodológica a los protocolos notariales de Alava pp. 311-326. Bilbao, 1996.

    ANGULO MORALES, Alberto. Las puertas de la vida y la muerte: La administración aduanera en las provincias vascas (1690-1780). Bilbao, 1995. 272 p.

    ANGULO MORALES, Alberto. El mundo del revés. La visión del contrrabando por los representantes de la Hacienda real en el País Vasco (Siglos XVIII y XIX).- Vitoria: Fundación Sancho el Sabio, 1997

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Alfonso Dávila Oliveda

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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