Acceso Colaboradores
Código de Referencia: ES.41091.AGAS/1
Título /Nombre Atribuído: FONDO HISTÓRICO ARZOBISPAL
Título /Nombre Paralelo: Fondo Histórico Arzobispado de Sevilla
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01-01-1501
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31-12-1940
Nivel de Descripción: Fondo
Historia Archivística:
El Archivo Histórico del Arzobispado de Sevilla custodia toda la documentación generada por los Arzobispos en el gobierno de la Diócesis a lo largo de su historia, y responde a esa triple función pastoral, de gobierno y de administración, organizándose en las secciones de Vicaría General, Gobierno, Justicia o Provisorato y Administración General, siendo este archivo de una importancia muy relevante tanto por el volumen de su documentación como por el valor de ésta.
Comprende territorialmente este fondo archivístico como ya se ha señalado todo el Antiguo Reino de Sevilla, esto es, las actuales provincias de Sevilla, Huelva, parte occidental de Cádiz, y algunos pueblos de Córdoba y Málaga. Cronológicamente abarca desde el Concilio de Trento -al imponerse en éste la residencia de los obispos en sus sedes, lo que suponía que el gobierno de las diócesis dependiera más directamente de los obispos- hasta el año 1940, fecha establecida en la actualidad para acceder a la consulta de la documentación de carácter histórico. Debemos destacar que al erigirse los nuevos Obispados de Huelva y Jerez, en 1953 y 1978 respectivamente, según imperativo de la Bula de erección de nuevos obispados se enviaron a los nuevos archivos diocesanos todos aquellos legajos que de forma evidente pertenecían a sus territorios, no remitiéndose aquellos en los que la documentación aparecía mezclada con la de la actual diócesis de Sevilla.
Se trata en su conjunto de cerca de 2.000 metros lineales de documentación, con un marco cronológico que abarca desde el Concilio de Trento a nuestros días, aunque también cuenta con documentación de los siglos XIV y XV.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
La Archidiócesis de Sevilla es sede metropolitana, actual arzobispado y capital de la provincia eclesiástica de su nombre, es decir, cabeza de provincia eclesiástica, siendo el título de metropolitana meramente honorífico sin afectar a la jurisdicción de sus prelados.
El concepto de diócesis lleva implícito los conceptos de unidad de gobierno, de régimen y pastoral. En toda diócesis el obispo es el responsable nato de la misma, a la que gobierna bien personalmente, bien asistido por presbíteros, a través de los cuales ejerce el gobierno pastoral, el judicial, y la administración, gestionando los bienes patrimoniales de la diócesis y los de la mitra. De aquí que los tres pilares sobre los que descansa el gobierno diocesano sean el Vicario General, el Provisor o Juez Eclesiástico (en la nueva normativa canónica Vicario Episcopal de Justicia, que entiende en los asuntos judiciales en nombre del obispo) y el Administrador General del Erario, o sea, de la Mitra.
En siglos pasados la opulencia de la iglesia sevillana y la abundancia del clero eran comparables a la actividad del comercio de la ciudad con Indias, según señaló Domínguez Ortiz en su Informe sobre la sede hispalense en 1581. Pero más importante que su opulencia era su poder, no sólo religioso, sino también político, económico y social. Aún en el siglo XVIII Sevilla seguía siendo un arzobispado rico, lo que permitía a sus titulares mantener tanto su numerosa servidumbre como ejercer mecenazgos artísticos y atender las necesidades del pueblo con numerosas limosnas.
Esta situación de la Iglesia cambió drásticamente con la llegada del Nuevo Régimen y la aplicación a lo largo del siglo XIX de medidas anticlericales como la exclaustración o la desamortización, que motivaron además división en el propio clero con sectores que apoyaron a las autoridades liberales y dificultaron la propia actuación de la Iglesia. La secularización de la sociedad española producirá un cambio en la continuidad histórica, que se plasmará de forma evidente entre otras cosas en las citadas leyes desamortizadoras provocando una falta de medios económicos que se dejarán sentir a lo largo de los siglos XIX y XX.
En cuanto a los límites geográficos de la diócesis hispalense estos han experimentado a lo largo de la historia cambios importantes, que en muchos casos no obedecieron a razones de tipo pastoral, sino más bien a intereses económicos o políticos generando malestar y no pocos pleitos. En la visita ad limina de Fernando Niño de Guevara de 1602 estudiada por José Sánchez Herrero se define a la provincia eclesiástica de Sevilla como metropolitana “y de las más insignes”, con tres obispados sufragáneos: Málaga, Cádiz y Canarias: “(...) la diócesis es muy grande, cuenta con ciudades, villas y lugares muy populosos, en que hay muchas iglesias parroquiales”.
Al producirse en España la nueva división de provincias en 1833, se vio la necesidad de una adaptación a la misma de las diócesis, sobre todo de aquellas que mantenían enclaves pertenecientes a otras jurisdicciones. En la segunda mitad del siglo XIX la Iglesia de Sevilla estaba formada por las actuales provincias de Sevilla y Huelva, una gran parte de la de Cádiz –la que actualmente constituye la diócesis de Jerez- y territorios de las provincias de Málaga y Córdoba. El Concordato de 1851 resolvió en parte el asunto de los límites geográficos de las diócesis al suprimir los territorios exentos, tal y como sucedió con la Vicaría de Estepa en la diócesis sevillana, dándose con ello un gran paso en cuanto a las demarcaciones territoriales.
El Concordato de 1953 expresó la voluntad de adaptación. Por ello, a partir de 1954 la Congregación Consistorial fue publicando decretos sucesivos de modificación de límites. De esta manera, en 1954 se erige la diócesis de Huelva, desmembrada de la de Sevilla, en 1958 se incorporan al obispado de Málaga los pueblos que perteneciendo a su provincia habían estado adscritos históricamente a la diócesis de Sevilla, como Alameda y Arciprestazgo de Campillos, y en 1978 se erigirá el obispado de Jerez. En la actualidad, los límites geográficos de la diócesis coinciden con los de la actual provincia de Sevilla.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso: Documentación generada por la institución productora
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido:
Por el Cuadro de Clasificación pueden conocerse las series documentales que lo constituyen entre las que destacamos:
Medios de Información, con libros índices en los que se señala el pueblo y el contenido de la documentación.
Vicaría, con todos los expedientes matrimoniales de la zona correspondiente al Antiguo Reino de Sevilla desde el siglo XVI hasta principios del siglo XX, organizados por el nombre propio del contrayente.
Gobierno, la sección más consultada, que incluye dentro de ella la Serie de Asuntos Despachados, con la documentación tramitada por las oficinas arzobispales desde fines del siglo XVI, o la serie de los Libros de Visitas Pastorales, fuente fundamental para las historias locales del antiguo Reino de Sevilla.
Justicia organizada a su vez en diez clases, entre ellas la de Hermandades, también muy consultada por el interés que su estudio despierta tanto a historiadores del arte, antropólogos, miembros de las propias hermandades etc., conservándose documentación desde el siglo XVI.
Administración General, que conserva la documentación relativa a la gestión de los bienes muebles e inmuebles del Arzobispado destacando interesantes Inventarios y Padrones de pueblos.
Valoración, Selección, Eliminación: Documentación de conservación permanente.
Nuevos Ingresos:
La documentación que sigue generando el Arzobispado de Sevilla se encuentra en un depósito independiente, constituyendo el Archivo Intermedio. Se esperan futuras transferencias de documentación generada a partir de las fechas finales de cada serie en el Archivo Histórico.
Organización:
FONDO HISTÓRICO ARZOBISPAL.
0. MEDIOS DE INFORMACIÓN Fechas Extremas
0.1.Índices de Expedientes. Matrimoniales Apostólicos de Sevilla y Pueblos 1567~1868
0.2.Índices de Expedientes Matrimoniales Ordinarios: Sevilla y Pueblos (por letras) 1545~1879
0.3.Índices de Expedientes Matrimoniales Ordinarios, Apostólicos, Secretos, In artículo mortis... Sevilla y Pueblos (todas las letras, A – Z ) 1839~1924
0.4. Libros Registro de Títulos y Asuntos Despachados en la Secretaría de Cámara y Gobierno. 1645~1938
0.5. Libro Índice de Capellanías 1510-1800
0.6. Libros Registros de Órdenes Sagradas. 1610-1907
0.7.Índices. Sección de Justicia.
0.7.1. Pleitos Ordinarios. XVI-XVIII
0.7.2. Pleitos Criminales. XVI-XVIII
0.8. Archivo del Juzgado de la Iglesia. XVI-XVIII
I. VICARÍA GENERAL
I.1.Expedientes Matrimoniales. XVI-1924
I.1.1. Apostólicos.
I.1.2. Ordinarios
I.1.3. Secretos
I.2.Anotaciones y Enmiendas de Partidas. 1651-1924
I.3.Consejo y Consentimiento Paterno. 1885-1924
I.4.Exhortos 1909~1921
I.5.Hermandades 1923-1924
I.6.Trámites y solicitudes varias 1921-1923
II. GOBIERNO
II.1.Asuntos Despachados.
II.1.1 Documentación Despachada en Secretaría. 1598-1938
II.1.2 Libros de Títulos de Vicarios y Curas.
II.1.3. Hermandades. 1727~1935
II.2.Capellanías y Patronatos XV-XX
II.3.Órdenes Sagradas. 1574-1920
II.3.1. Antecedentes de Órdenes.
II.3.2. Ordenaciones.
II.4.Visitas Pastorales 1548-1937
II.5.Curatos. 1583-1926
II.5.1. Concursos a Curatos.
II.5.2. Expedientes de Colaciones de Prebendas 1865-1901
II.5.3. Licencias Ministeriales. 1817-1919
II.6.Órdenes y Congregaciones Religiosas Femeninas XVI-XIX
II.7.Órdenes Religiosas Masculinas XVI-XX
II.8.Priorato de Ermitas 1530-1857
II.9.Oratorios Privados. 1567-1880
II.10.Congregación de Ritos 1603-1923
III. JUSTICIA
III.1.Pleitos Ordinarios XVI-XX
Clase 1ª. Asuntos Civiles.
Clase 2ª. Fábrica.
Clase 3ª. Capellanías.
Clase 4ª. Conventos, Colegios, Hospitales.
Clase 5ª. Colecturía.
Clase 6ª. Hermandades y Cofradías.
Clase 7ª. Derechos Obvencionales.
Clase 8ª. Exclaustraciones.
Clase 9ª. Provisión de Beneficios.
Clase 10ª. Testamentos.
Todas las clases.
III.2.Pleitos Criminales. 1569-1830
III.3.Autos Ejecutivos. 1568-1807
III.4.Autos Apelados. 1615-1841
III.5.Pleitos por Incumplimiento de Palabra de Casamiento. 1571-1801
III.6.Exptes de Separaciones Matrimoniales y Nulidades. 1644-1878
III.7.Exptes sobre Inmunidad Eclesiástica. 1566-1792
III.8.Pleitos sobre Diezmos. 1555-1833
III.9.Clericatos. 1644-1789
IV. ADMINISTRACIÓN GENERAL
IV.1.Administración de Capellanías.
IV.1.1.Delegación de Capellanías. 1507-1948
IV.1.2.Visitas de Capellanías. 1593-1867
IV.1.3.Patronatos. 1591-1846
IV.2.Propiedades.
IV.2.1.Erario. 1586-1951
IV.2.2.Fincas Rústicas y Urbanas. 1738-1855
IV.2.3.Palacio de San Telmo. 1683-1926
IV.2.4. Censos 1835-1855
IV.3.Colecturía.
IV.3.1.Alcance de Misas. 1631-1865
IV.3.2.Entrada de Misas. 1637-1921
IV.3.3.Salida de Misas. 1635-1922
IV.3.4.Cumplimiento de últimas voluntades 1679-1904
IV.4.Obra Pía de los Santos Lugares. 1575-1883
IV.5.Casas Parroquiales y Reconstrucción de Templos. 1652-1942
IV.6.Cuentas de Fábrica de las Iglesias. 1755-1884
IV.7.Diezmos de la Mesa Arzobispal. 1755-1847
IV.8.Espolios y Vacantes. 1769-1847
IV.9.Fondo Pío Beneficial. 1785-1832
IV.10.Habilitación de Culto y Clero 1841~1951
IV.11.Junta Diocesana de Diezmos. 1821-1840
IV.12.Bula de Cruzada. 1780-1907
IV.13.Padrones. 1735-1875
IV.14.Inventarios de Parroquias 1749-1927
IV.15.Cuentas de Hermandades
IV.16. Ingresos y gastos devengados en el Arzobispado y en la Curia 1535~1880
Condiciones de Acceso: El acceso para la documentación que forma parte de Patrimonio Histórico Español y Andaluz es libre, y está afectada por la legislación vigente en materia de Patrimonio y de Archivos. Tan sólo se limitará el acceso para proteger aspectos concretos como el derecho a la intimidad y al honor personal y familiar, y la Propiedad Intelectual, según establece la legislación. Ley Orgánica 1/1982, de 5 de Mayo, de Protección civil al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
Condiciones de Reproducción:
Existen unas normas de reprografía establecidas por la Institución Colombina de aplicación en todos los centros que gestiona
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español (ISO 639), Latín. Escrituras Góticas en sus variantes Y Humanística.
Características Físicas y Requisitos Técnicos: Estado de conservación bueno. Los Índices de Expedientes Matrimoniales están microfilmados por lo que a los investigadores se les facilitan estos microfilms, preservando con ellos los originales.
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
La documentación de todos los fondos de archivos de esta Institución Colombina son básicamente originales.
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia:
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Mª Isabel González Ferrín. Jefa Área Archivos Institución Colombina
Nuria María Prados Torres. Archivera. Institución Colombina
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
© Ministerio de Cultura - Gobierno de España