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Juzgado Especial de Madrid para la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.28005.AGA/4.4.6.2.4.1

Título /Nombre Atribuído: Juzgado Especial de Madrid para la aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes

[c] 01-01-1933 / 31-12-1975

Nivel de Descripción: Fondo

Enlace a PARES 2.0: http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/1754220

Área de Contexto

Historia Archivística:  El fondo fue transferido al Archivo General de la Administración en varias fases:  
 
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       -RGE 36 Audiencia Territorial de Madrid 05/04/1974 
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       -RGE 151 Tribunal Supremo 04/11/1976 
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       -RGE 517 Juzgados General Castaños 10/11/1980 
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       -RGE 800 Ministerio de Justicia/Juzgados Plaza Castilla 25/06/1985 
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       -RGE 808 Ministerio de Justicia/Juzgados General Castaños 02/10/1985 
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       -RGE 850 Ministerio de Justicia/Juzgados Plaza Castilla 23/10/1986 
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       -RGE 911 Ministerio de Justicia 13/06/1988 
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       -RGE 952 Ministerio de Justicia/Juzgados Plaza Castilla 01/02/1990 
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       -RGE 1006 Ministerio de Justicia/Juzgados Plaza Castilla 21/12/1994  

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Para afrontar la situación de los individuos que desarrollan algún tipo de conducta "peligrosa" sin llegar a los márgenes de la legislación penal, el 4 de agosto de 1933 se publica la Ley de Vagos y Maleantes y, posteriormente, el Reglamento de 3 de mayo de 1935. Para aplicar las medidas que se determinan, preventivas y no punitivas, se atribuye la competencia a los Jueces de Instrucción, pero se prevé una posible especialización para su enjuiciamiento, estableciendo que el Ministerio de Justicia pueda crear con carácter especial Juzgados para conocer estos expedientes. 
La Ley de 24 de abril de 1958 crea los Juzgados Especiales de Vagos y Maleantes de Madrid y Barcelona. Contra las resoluciones de éstos cabe apelación ante las Audiencias Provinciales, pero desde 1966 ante una Sala Especial con sede en Madrid y competencia sobre todo el territorio nacional, integrada por un Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y dos Magistrados de la Audiencia de Madrid. 
La evolución político-social y la aparición de nuevas figuras de peligrosidad dejó esta normativa obsoleta por lo que se promulga la Ley de 4 de agosto de 1970 de Peligrosidad y Rehabilitación Social con su Reglamento de 13 de mayo de 1971, que supone la adecuación de la de Vagos y Maleantes a las necesidades y realidades de ese momento. 
  

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: El fondo contiene expedientes, sumarios, libros de conocimientos y expedientes de asignación asegurativa. 

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso:

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación:

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Archivos de Memoria Democrática

Instrumentos de Descripción:

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia:

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas: Grupo de fondos aún sin identificar.

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte



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