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Código de Referencia: ES.28005.ACME/.19//78447-78558, 88547-88580, 89302-89347, 91361-91616, 95526-95838, 96702-96772, 100237-100321, 101791-101855, 111710-112202
Título /Nombre Atribuído: 19. Consejo Superior de Deportes
[f]
01-01-1951
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31-12-1988
Nivel de Descripción: 1ª División
Historia Archivística:
La documentación generada por el Comité Olímpico Español entre 1939 y 1941 fue transferida en su día al Archivo General de la Administración.
La producida por la Delegación Nacional de Deportes de FET y de las JONS, la Delegación Nacional de Educación Física y Deportes la custodia en la actualidad el archivo central a la espera de realizar una transferencia al archivo intermedio.
Historia Institucional/Reseña Biográfica:
Organismo Autónomo de la Administración General del Estado española se crea mediante el Real Decreto de 27 de agosto de 1977 (BOE de 1 de noviembre), y es directo heredero de la Delegación Nacional de Deportes, creada en 1941, por Decreto de 22 de febrero (BOE de 5 de marzo), dependiente de la Secretaría General del Movimiento, si bien su antecedente más remoto sería el Comité Olímpico Español, creado por Decreto de 27 de agosto de 1938), el cual se extingue por el decreto anterior de 1941, pasando sus bienes a la Delegación-Consejo que le sustituye en funciones.
La Orden de 5 de junio de 1944, crea la Junta Nacional de Educación Física como órgano coordinador de las recién creadas Juntas de universidades de Educación Física y Deportes (Decreto de 29 de marzo de 1944).
En 1956 cambia la denominación de la Delegación Nacional de Deportes de la FET y de la JONS por la de Delegación Nacional de Educación Física y Deportes, según consta en el Decreto de 12 de junio de 1956.
El Decreto de 5 de junio de 1963 (BOE de 22 de junio) constituye la Junta Nacional de Educación Físcia, como órgano consultivo y por el Decreto de 5 de junio de 1963 (BOE de 13 de junio) se crea el Instituto Nacional de Educación Física, bajo la dependencia orgánica de la Delegación Nacional de Educación Física y Deportes, que tiene como fines la formación de educadores y especializados en actividades y técnicas comprendidas en la denominación de Educación Física y Deportes y la formación de médicos especializados en medicina deportiva a través de la Escuela nacional de medicina deportiva.
El Real Decreto de 20 de mayo de 1977 (BOE del 26 de mayo) establece la estructura orgánica de la Dirección General de Educación Física y Deportes y crea el Centro Superior de Educación Física y Deportes, que pasará a denominarse Consejo Superior de Deportes por el Real Decreto de 1977 ya citado.
Sus competencias esenciales se definieron en la Ley 13/1980, de 31 de marzo, General de la Cultura Física y del Deporte, y más tarde en la norma que la sustituyó, la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA
Observaciones del Ingreso: La documentación ingresa, prodedente de los archivos de gestión, en los años 1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y 1998.
Nombre del/los productor/es:
Alcance y Contenido: Contiene principalmente documentación económica, destacan nóminas de haberes, documentación bancaria, ingresos en caja, cuentas justificativas de las Delegaciones Provinciales de Educación Física y Deportes, de las Federaciones Deportivas, libramientos, rendición de cuentas, déficit, retenciones de crédito, expediente económico de la II bienal del deporte de las bellas artes, cuentas justificativas de las Delegaciones Provinciales de la juventud, mandamientos de pago, presupuestos, órdenes de pago.
Valoración, Selección, Eliminación: La documentación con carácter administrativo con la categoría de valor de gestión o intermedio, en el futuro puede ser objeto de eliminación, atendiendo a la normativa que sobre estos fondos pudiera dictar la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
Nuevos Ingresos: Una vez finalizado su trámite y cumplidos los cinco años de antigüedad la unidad productora remite la remesa de documentación que considere oportuna.
Organización: La organización del fondo responde al principio de procedencia.
Condiciones de Acceso: El acceso del fondo se ve condicionado por el derecho a la salvaguarda de los datos de carácter personal que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a su intimidad, a su propia imagen, y a la averiguación de los delitos. Recogido por la Constitución Española y en el ordenamiento jurídico vigente: Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español; Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa común de la Administración General del Estado; y Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no puede ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.
Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano.
Características Físicas y Requisitos Técnicos: Bueno.
Estado Conservación: Bueno
Observaciones Conservación:
Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Existencia y Localización de los Originales:
Existencia y Localización de las Copias:
Unidades Relacionadas por Procedencia: Siguiendo el ciclo vital de la documentación, el fondo más antiguo ha sido transferido al Archivo General de la Administración, mientras que la documentación más reciente, la custodia el Archivo de gestión.
Otras Unidades Relacionadas:
Notas de Publicaciones:
Notas:
Las signaturas 78558, 78530, 78537, 89342, 91475-91477, 91610, 91612-91615, 95620, 95798, 95803, 96772, 100237-100248 contienen varias series documentales.
Control de la Descripción - Notas del Archivero:
Control de la Descripción - Reglas o Normas:
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