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Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos

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Área de Identificación

Código de Referencia:

Título /Nombre Atribuído: Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos

[f] 01-01-1995 / 31-12-1996

[c] 01-01-1970 / 31-12-1996

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación se ha conservado en las instalaciones de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Servicios Sociales, que han sido las mismas que las de la Gerencia Teritorial de Servicios Sociales, organismo que ha asumido sus funciones.

En 1998 la Gerencia Territorial de Burgos realiza la transferencia de documentación de la sección de Administración al Archivo Histórico Provicial de Burgos.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: Se crea por R.D. Ley 36/1978 de 16 de noviembre, asumiendo las competencias del Instituto Nacional de Previsión (INP), extinguido por el mismo Real Decreto-Ley. Se adscribe primeramente al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, posteriormente a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social (1981), Ministerio de Asuntos Sociales (1988) y finalmente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (1996).

La estructura y competencias del Instituto Nacional de Servicios Sociales se determinan en el R.D.1856/1979, modificado por el R.D. 1433/1985, que define el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) como la entidad gestora de la Seguridad Social, dotada de personalidad jurídica, a la que compete la gestión de los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social.

La gestión del Instituto Nacional de Servicios Sociales se orienta fundamentalmente hacia los colectivos de la tercera edad, los minusválidos físicos y psíquicos y de la población marginada, dentro del ámbito de la acción protectora de la Seguridad Social, de la Ley de Integración Social de los Minusválidos, la Ley de Prestaciones no Contributivas y demás normas que regulan la prestación o servicios correspondientes.

La estructura de los Servicios Centrales del Instituto viene definida en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 31-10-1985 y los órganos de dirección y gestión son los siguientes: Director general del INSERSO, Secretaría General, Subdirector General de Administración y Análisis Presupuestario, Subdirector General de Gestión, Subdirector General de Servicios Técnicos.

La estructura orgánica y administrativa provincial se fija en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5-10-1983, modificada en 1988 y en 1991.

Los órganos de gestión de una Dirección Provincial son: Director Provincial, Subdirector Provincial, Subdirector Provincial de Prestaciones, Jefes de Sección, Inrtervención.

Como órganos de control, vigilancia y participación en la gestión existen en cada Dirección Provincial: la Comisión Ejecutiva Provincial (órgano mediante el cual los empresarios y trabajadores participan en el control y vigilancia de la gestión provincial del Instituto), el Consejo Rector Provincial de Minusválidos (órgano de participación de los minusválidos a través de sus asociaciones más representativas), las Juntas de Gobierno de los Centros de la Tercera Edad.

Las competencias del Instituto Nacional de Servicios Sociales son, entre otras, las siguientes:

A) Relativas a personas con minusvalía:
-El reconocimiento,calificación y registro de personas con minusvalía, incluida la expedición de certificaciones acreditativas de la condición correspondiente y el control de las entidades dedicadas a la recuperación y rehabilitación.
-La determinación de la existencia de posiibilidad razonable de recuperación y, en su caso, la elaboración y desarrollo del programa correspondiente en las situaciones de invalidez de la Seguridad Social.
-La gestión de todos los aspectos relativos a la fijación y ejecución de los programas individuales de recuperación para la rehabilitación integral del minusválido.
-La gestión de determinadas ayudas que le competen, por razón de su tipo y finalidad, dentro del Plan Unificado de Ayudas Públicas a Disminuidos.
-La gestión de prestaciones sociales y económicas contempladas en el Título V de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.
-La gestión, directa o concertada, de las pensiones no contributiivas de Invalidez contempladas en la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, cuyo pago se efectúa a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.
-La creación y mantenimiento de Centros de Atención a Minusválidos Psíquicos y Físicos, donde se les ofrezca una atención permanente y una asistencia integral.
-La concertación de reserva y ocupación de plazas residenciales para minusválidos con entidades públicas y privadas.
-La gestión de prestaciones para la adquisición de ayudas técnicas, eliminación de barreras, movilidad y transporte, en colaboración con entidades e instituciones públicas y privadas.

B) Relativas a personas mayores:
-La creación y mantenimiento de residencias para pensionistas de la Seguridad Social, donde se les ofrezca una atención permanente y una asistencia integral.
-La creación y mantenimiento de Hogares y Clubs, donde se promueva fundamentalmente la convivencia de los ancianos.
-La planificación y gestión del Programa de Vacaciones para la Tercera Edad, dirigido a pensionistas y mayores de 65 años.
-La planificación y gestión del Programa de Termalismo Social, dirigido a pensionistas y mayores que precisen recibir tratamientos termales.
-La elaboración del Plan Gerontológico Nacional para coordinar la política de actuación y recursos existentes para la Tercera Edad.
-La concertación de reserva y ocupación de plazas para personas mayores con entidades públicas y privadas.
-La gestión, directa o concertada, de las pensiones no contributivas de jubilación contempladas en la Ley 26/1990, cuyo pago se efectúa a través de de la Tesorería General de la Seguridad Social.

C) Relativas a refugiados y asilados:
-La prestación de asistencia a refugiados, desplazados y asilados, a través de los Centros de Acogida a Refugiados.
-La creación y mantenimiento de Centros de Acogida a Refugiados y Asilados.
-La realización de programas concertados o subvencionados con Cruz Roja, CEAR, ACNUR y otras entidades.

D) Relativa a diversos grupos:
-La atención domiciliaria a los beneficiarios, mediante la prestación de los servicios domésticos y personales que se manifiestan necesarios de acuerdo con cada sistuación concreta.
-La atención directa a los beneficiarios, mediante actividades de asistencia social y familiar, información y asesoramiento, divulgación y acciones y prestaciones de otros servicios complementarios que redunden en favor de dichos beneficiarios.
-La gestión de centros e instituciones de carácter nacional y de aquellos otros centros como guarderías infantiles en Ceuta y Melilla.
-La gestión del Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT).

Las funciones y servicios de la Seguridad Social en las materias encomendadas al Instituto de Servicios Sociales (INSERSO) fueron traspasadas a la Comunidad de Castilla y León por R.D. 905/1995. Para recibir estas competencias se crea por Ley 2/1995 la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social.

En las provincias se crean las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, herederas de las Direcciones Provinciales, como órganos de gestión de las funciones atribuidas a dicho organismo autónomo.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso: Se transfirió el 25 de febrero de 1998

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Se ha transferido documentación de las siguientes áreas:
-Área de Administración, en concreto de 2 secciones: Asuntos Generales y Personal; Contratación Administratriva y Gestión Económico-Presupuestaria. Las series más abundantes son los contratos (obras, suministros y servicios) y los documentos contables.
-Área de Acción Social, en concreto de 3 secciones: Prestaciones, Subvenciones y Acción Social Básica. Las series más abundantes son los expedientes relativos a las prestaciones por ingresos mínimos de inserción y las subvenciones.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización: Las series se han organizado de acuerdo con el cuadro de clasificación del organismo que ha heredado sus funciones: la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: La delimitación del derecho de acceso a la documentación se encuentra regulada en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en su artículo 37.2 señala que "el acceso a los documentos que contengan datos referentes a las personas estará reservado a éstas".

La Ley 30/1992 establece un segundo nivel de intimidad cuando se refiere a los documentos de carácter nominativo, señalando en su artículo 37.3 que el acceso a este tipo de documentos podrá ejercerse, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo.

El artículo 37.6 de la citada Ley 30/1992 señala que se regirán por sus disposiciones específicas la consulta de fondos documentales existentes en los Archivos Históricos. Estas disposiciones, referentes a los fondos documentales de los Archivos Históricos Provinciales de Castilla y León, se concretan en el artículo 21b de la Ley 6/1991 que señala que "cuando los documentos contengan informaciones de cualquier índole cuyo conocimiento puede afectar a la seguridad de las personas físicas, a la averiguación de los delitos, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar o a su propia imagen, no podrán ser consultados públicamente sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que hayan transcurrido 50 años desde su fallecimiento, si la fecha es conocida, o, en caso contrario, 100 años a partir de la fecha de los documentos".

La consulta de las series incluidas en la sección de Asuntos Generales y Personal (Expedientes sancionadores), en la de Contratación Administrativa y Gestión Económica-Presupuestaria (Contratos y anticipos de caja fija) o en la sección de Prestaciones (Ingresos Mínimos de Inserción) pudieran contener datos de carácter nominativo e íntimo. Para evitar inmiscuirse en la intimidad de las personas, la consulta de esta documentación deberá ser autorizada por la dirección del Archivo.

Condiciones de Reproducción:

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Dirección provincial del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) / Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos: Inventario . - Burgos, 1999 . - 24 p. (impreso)

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: La documentación relativa al INSERSO se ha integrado en el fondo del organismo que ha heredado sus funciones, la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, por lo que sólo se puede mencionar como documentación asociada el fondo del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, área de Servicios Sociales (que comprendía las secciones de Acción Social, Protección de Menores y Prestaciones). Actualmente también este área de Servicios Sociales se ha transferido a la Gerencia Territorial, formando el área de Acción Social.

Otras Unidades Relacionadas: Documentación que conservan los archivos de las propias Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Servicios Sociales / Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, ya que no consta que esté transferida la documentación.

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Grabación y revisión de la descripción de nivel "fondo" por Basilio Villacorta Fernández

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 262 Caja(s)
    • Soporte: Papel
    • Ocupan un total de 30,15 m.l.


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