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DELEGACIÓN/ DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.5019.AHP/70

Título /Nombre Atribuído: DELEGACIÓN/ DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO

[f] 01-01-1900 / 31-12-1995

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La política social del Estado contemporáneo se inicia a partir de 1883 con la creación de la Comisión de Reformas Sociales. La Precaria estructura de la Comisión se irá consolidando al transformarse en Instituto de Reformas Sociales (1903), con la creación del Instituto Nacional de Previsión en 1908 y, ya en 1920, con la creación del Ministerio por Real Decreto de 8 de mayo. En el ámbito provincial, la evolución es paralela a la de los órganos centrales. El mismo Decreto de cereación de la Comisión de Reformas Sociales ya establecía la existencia de comisiones provinciales y locales que, con diversa fortuna se fueron constituyendo y recogieron información para las encuestas que encargó la Comisión Central. Pero la estructura de las delegaciones no se establece hasta la creación en 1932 de los cuerpos de Delegados de Trabajo (Ley de 13 de mayo, Gaceta de 15 de mayo). Asumen las facultades que en materia de trabajo tenían los Gobernadores Civiles por el Decreto de 23 de Junio (B.O.E de 24 de junio) se aprueba el Reglamento. El cuerpo de delegados de trabajo es derogado por la Ley de 29 de marzo de 1941. Tras la Guerra Civil con la Ley del Trabajo de 10 de noviembre de 1942, se restablecen las Delegaciones Provinciales y se suprimen las Regionales, en su artículo 2º se clasifican las delegaciones provinciales en cuatro categorías, la mayoría son de segunda o tercera. En el Decreto de 21 de Diciembre de 1943 (B.O.E 2 de enero de 1944), se establece el Reglamento. Ya desde este momento se fija la estructura de las delegaciones en tres grandes grupos de funciones, las relacionadas con la aplicación de la legislación laboral (Inspección, Sanciones, Elaboración de Normas), con la previsión social (Cumplimiento e inspección de legislación sobre servicios sociales, sanciones sobre esas materias, inspección de instituciones benéficas de ahorro, familias numerosas) y migración. Este Reglamento establece que los servicios de cada Delegación Provincial serán los siguientes: Asuntos Generales, Personal, Habilitación, Inspección de Servicios, Reglamentación del Trabajo, Autorizaciones,Crisis del Trabajo, Colocación, Responsabilidades, Familias Numerosas, Montepios, Mutualidades e Instituciones Benéficas, Sanciones, Migración, Estudios, Publicaciones y Registro General, las reformas posteriores de 1960, 1968, 1971 (Divide las Delegaciones en cuatro categorias: especial, primera, segunda y tercera)y 1974 vendrán a reorganizar esas grandes funciones. Según la Orden de 26 de abril de 1974 las Delegaciones de Trabajo de primera categoría se estructuran en las siguientes unidades con el nivel orgánico de sección: Inspección Provincial de Trabajo, con el negociado de Asuntos Administrativos de la Inspección; Secretaría General con el negociado de Asuntos Generales; Ordenación Laboral y Promoción Social con los negociados de Normas de Trabajo y Seguridad Social, expedientes de convenios y conflictos,restructuración de plantillas y autorizaciones y promoción social; Seguridad Social con el negociado de Seguridad Social y familia numerosa; Sanciones y Liquidaciones con los negociados de Sanciones y Liquidaciones; Empleo con los negociados de regulación y servicios de empleo y movimientos migratorios. Por Real Decreto 1801/1981 de 24 de junio se reforma la Administración Periférica del Estado. En el Real Decreto 3316/1981 de 29 de diciembre (B.O.E de 20 de enero de 1982) se adapta la estructura periférica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y las delegaciones pasan a denominarse Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. Las Direcciones de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales se integran en las Delegaciones de Gobierno y por lo tanto se suprimen Real Decreto 2725/1998 (B.O.E de 12 de enero de 1999). La importancia del Ministerio de Trabajo radica también en que a lo largo del presente siglo ha venido integrado un amplio abanico de funciones de actuación social de la Administración. Ya hemos hablado del Instituto Nacional de Previsión y de las Magistraturas de Trabajo. También hay que citar la construcción de viviendas sociales ( desde 1929 con el servicio de casas baratas o desde 1943 con el Instituto Nacional de la Vivienda, el Servicio de Estadística (Desde 1929), la emigración (Desde 1929 con la Inspección General de Emigración), la formación profesional (Desde 1929 con la Subdirección de Formación Profesional) o la asistencia social, con la integración del protectorado sobre las fundaciones en los años 80 heredando las funciones de las Juntas Provinciales de Asistencia Social, o lo referente a refugiados y asilados a través de la Dirección General de Acción Social (1985). Del tronco común de las delegaciones saldrán otros organismos cada vez más complejos para gestionar grandes áreas de actuación: El Instituto Nacional de Emigración, el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Nacional de Empleo.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Valoración, Selección, Eliminación: Conservación Permanente

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Acceso Limitado por contener datos personales que pueden afectar al honor de las personas, a la intimidad de su vida privada y a su propia imágen, no podrá ser consultada la documentación que no cumpla los plazos legalmente establecidos en la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español, sin que medie consentimiento expreso de los afectados.

Condiciones de Reproducción: Sujeta a la norma vigente, sólo se limita la reproducción de la documentación que se encuentra en mal estado de conservación o no pueda ser objeto de consulta según sus normativas de acceso.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Castellano

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: REGULAR

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Idd 18 Base de Datos en Excell

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Servicio Territorial de Trabajo de Ávila. Junta de Castilla y León

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero:

Control de la Descripción - Reglas o Normas: Manual de Descripción Multinivel: Propuesta de adaptación de las normas internacionales de descripción archivística/ Cood. José Luis Bonal Zazo, Juan José Generelo Lanaspa, y Carlos Travesí de Diego.-[Salamanca]. Junta de Castilla y León. Consejería de Educación y Cultura, 2002.

Volumen y soporte

  • 1009 Caja(s)
    • Soporte: Acetato de Celulosa


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