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Instituto Provincial de Higiene

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/130907

Título /Nombre Atribuído: Instituto Provincial de Higiene

[c] 01-01-1933 / 31-12-1965

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación de este fondo fue transferida al Archivo Histórico Provincial de Toledo en febrero de 1996 desde el archivo compartido de las Delegaciones de las Consejerías de Sanidad y de Bienestar Social, junto con los siguientes fondos:
• Junta de Protección de Menores
• Patronato de Protección a la Mujer
• Patronato para la Mejora de la Vivienda Rural
• Mancomunidad Sanitaria
• Jefatura provincial de Sanidad
• Jefatura Provincial del Movimiento
• Delegación provincial de Ministerio de Sanidad y Consumo
• Delegación provincial de la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo
• Delegación provincial de INAS
• Parte del fondo de la Junta Provincial de Beneficencia.
En dicho archivo de procedencia, la documentación se hallaba en pésimas condiciones tanto de instalación y conservación como de organización, lo que hizo imposible la realización de una transferencia normalizada, de modo que, una vez ingresada en el AHPTO, la documentación fue simplemente estanteada hasta que en marzo de 1998 pudieron empezar las tareas de organización y descripción, las cuales se prolongaron hasta diciembre del mismo año. Sin embargo, el fondo de la Mancomunidad Sanitaria no fue claramente identificado y descrito separadamente hasta noviembre de 2015.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: La primera Ley de Sanidad en España fue promulgada el 28 de noviembre de 1855, y durante largos años fue la única disposición legal en la materia. No será hasta la Instrucción de la Dirección General del ramo de 12 de enero de 1904, que reforma toda la organización sanitaria del país, que aparezcan por primera vez alusiones a la sanidad provincial: quedará bajo la responsabilidad del Gobernador Civil, y se citan, aunque sin describir sus funciones, unas Juntas Provinciales de Sanidad y unos Inspectores de Sanidad. Por eso, la auténtica estructuración de la materia vendrá dada por el Reglamento de Sanidad Provincial publicado por R.D. de 20 de octubre de 1925. En él se crean tres instituciones paralelas, sometidas a la autoridad del Gobernador Civil:
1. La Inspección Provincial de Sanidad, responsable de “la administración y régimen de los fines sanitarios del Estado, y como representación técnica del mismo en todos los asuntos pertinentes a higiene y salubridad”.
2. La Junta Provincial de Sanidad, entre cuyas funciones destaca la vigilancia, consulta y complemento de los cometidos asignados a la Sanidad e Higiene Municipal, la higiene de los servicios de vías públicas provinciales y de suministro y conducción de aguas, el cumplimiento de todas las disposiciones sanitarias y de protección a la infancia y la vigilancia e intervención en la profilaxis pública contra las enfermedades venéreas
3. El Instituto Provincial de Higiene, encuadrado administrativamente en la Diputación Provincial, pero sometido a la dirección técnica de la Inspección. Integran los servicios antes realizados por las Brigadas Municipales de Higiene y el Laboratorio Provincial. Constará de las secciones de epidemiología y desinfección, análisis y vacunación
La llegada de la II República supondrá la reestructuración de este esquema tripartito. En efecto, el Decreto de 21 de abril de 1931 del Ministerio de la Gobernación dispone que los Institutos Provinciales de Higiene pasen a depender administrativamente de la mancomunidad sanitaria formada por todos los Ayuntamientos de la provincia. Se constituye una Junta Administrativa en cada Instituto, y se convierte a los Inspectores Provinciales en directores natos de los Institutos, que quedan bajo la autoridad superior del Gobernador Civil.
La Ley de Ley Bases de Coordinación Sanitaria de 11 de julio de 1934 sancionará esta estructura, dotándola de mayor sentido, aunque los Institutos provinciales de Higiene se mantienen inalterados. Esta Ley será desarrollada por sendos Reglamentos, publicados por D. de 14 de junio de 1935. El primero de ellos está dedicado a la organización económica y administrativa de las Mancomunidades Sanitarias, y el segundo a los Institutos provinciales de Higiene. Estos se definen como el conjunto de actividades sanitarias de carácter técnico dependientes del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión en cada provincia, con la sola exclusión de los servicios de Sanidad Exterior y establecimientos hospitalarios. Estarán dirigidos por el Inspector Provincial, que será el intermediario con el Ministerio y el coordinador de todas las actividades sanitarias de la provincia, aunque no estén sostenidas por el Instituto Provincial de Higiene. La estructura interna de los Institutos queda diseñada de forma que existirán al menos cinco secciones “de carácter común” —epidemiología y estadística sanitaria; análisis higiénico—sanitarios; tuberculosis; higiene infantil; venéreo y lepra— y, según las disponibilidades presupuestarias, otras “secciones especializadas”, que van desde la dedicada al paludismo a la dedicada a la higiene alimentaria, entre otras; además, existirá una “Junta Técnica” como órgano asesor en temas científicos.

Tras la Guerra Civil, una nueva reorganización afectará tanto a los nombres de las instituciones como a sus relaciones —mucho más jerarquizadas— y a las definiciones de sus funciones. Así, la O. de 30 de septiembre de 1939 dispone que los Institutos provinciales de Higiene, que pasan a llamarse Institutos provinciales de Sanidad sean los órganos de ejecución de la política sanitaria y se encuadren bajo la dependencia de las recién creadas Jefaturas provinciales de Sanidad. Esta situación permanecerá inalterada con la Ley de Bases de la Sanidad Nacional de 25 de noviembre de 1944.
El Decreto de 19 de agosto de 1967 suprime las Mancomunidades Sanitarias y los Institutos provinciales de Sanidad, cuyas funciones pasan respectivamente a los Ayuntamientos y las Jefaturas Provinciales de Sanidad.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: La mayor parte de la documentación tiene carácter económico, incluyendo los presupuestos y las cuentas generales de los organismos productores. También son interesantes los expedientes de construcción de edificios ocupados por el Instituto en la ciudad de Toledo.

Valoración, Selección, Eliminación:

Nuevos Ingresos:

Organización:

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Acceso libre, salvo por motivos de conservación.

Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.

Lengua/escritura(s) de los Documentos:

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: ---

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

Instrumentos de Descripción:

  • Base de datos accesible en el AHPTO.

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.

Otras Unidades Relacionadas: Fondo de la Jefatura Provincial de Sanidad de Toledo
Fondo de la Mancomunidad Sanitaria de Toledo

Notas de Publicaciones:

  • GARCÍA LOZANO, Rita y OLIVARES SÁNCHEZ, María del Prado: La transferencia de las competencias sanitarias y de bienestar social en la provincia de Toledo. En: La transición a la democracia en España: historia y fuentes documentales: actas de las VI Jornadas de Castilla-La Mancha sobre investigación en archivos: Guadalajara, 4-7 de noviembre de 2003. -- [Toledo]: ANABAD, 2004.

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela en diciembre de 2015.

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 1 Caja(s)
    • Soporte: Papel


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