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Delegación Provincial del Ministerio de Cultura

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Área de Identificación

Código de Referencia: ES.45168.AHPTO/13021

Título /Nombre Atribuído: Delegación Provincial del Ministerio de Cultura

[c] 01-01-1930 / 31-12-1995

Nivel de Descripción: Fondo

Área de Contexto

Historia Archivística: La documentación existente en la sede de los Servicios Periféricos fue recogida en cajones, elaborándose una relación de contenido, aunque con bastantes imprecisiones. Los cajones fueron amontonados en una habitación de las dependencias que ocupaban los Servicios Periféricos, hasta que el Gobierno Civil de Toledo decidió su traslado al Archivo Histórico Provincial en mayo de 1996.

Historia Institucional/Reseña Biográfica: El Ministerio de Cultura y Bienestar se crea por el R.D. 1558/77 de 4 de julio, de reorganización de la Administración Civil del Estado. Su primera organización, ya con el nombre definitivo de Ministerio de Cultura, la realiza el R.D. 2258/77 de 27 de julio. En este decreto se establece que las Delegaciones Provinciales del Ministerio recogerán las siguientes funciones:
• Las correspondientes a las Delegaciones Provinciales del antiguo Ministerio de Información y Turismo, en lo que corresponda al Ministerio de Cultura.
• Las correspondientes a las Delegaciones Provinciales de la antigua Subsecretaría de Familia, Juventud y Deporte.
• Las funciones periféricas de la antigua Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural.
El R.D. 392/78 de 10 de febrero, desarrollado por la Orden del 13 de febrero, establece la estructura orgánica básica de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Cultura, si bien se limita a señalar que existirá un Delegado, un Subdelegado, un Secretario y los jefes de Dependencia que cada Delegado determine, además de un Consejo Provincial de Cultura y de asumir el funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico-Artístico. Esta estructura será ampliada con la creación de una Sección de Juventud por la Orden de 31 de mayo de 1978.
En esta primera época, las competencias de las Delegaciones Provinciales de Cultura, como las del Ministerio, son muy amplias, desde protección a la familia hasta control de los medios de comunicación, oscilando entre el control político y moral y los afanes de liberalización. Pero desde muy pronto también se observa la progresiva reducción de estas competencias tan amplias. Esta reducción se efectúa por dos vías fundamentales: traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas y traspaso de organismos y competencias a otros Ministerios.
El traspaso de competencias a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se realizó al ritmo siguiente:
- El R.D. 3072/1979, de 29 de diciembre, transfiere algunas competencias relativas a agricultura, ferias interiores, turismo y cultura. En este último aspecto, las transferencias se refieren a las competencias del Centro Nacional de Lectura, Depósito Legal e ISBE, Registro de la Propiedad Intelectual y Tesoro Bibliográfico.
- Tras la promulgación del Estatuto de Autonomía, el R.D. 2456/82, de 12 de agosto, traspasa las competencias en materia de asistencia y promoción juvenil y de desarrollo comunitario y en los deportes. Para el ejercicio de estas competencias se transfieren todas las casas de juventud, clubs juveniles, centros sociales, guarderías, instalaciones recreativo-deportivas, talleres de artesanía, campamentos, campos de trabajo, albergues y residencias juveniles, así como las Oficinas de Información Juvenil de Albacete, Guadalajara y Toledo, y el Centro de Medicina Deportiva de Toledo, además de la tramitación de los estatutos y reglamentos de las asociaciones deportivas ante el Consejo Superior de Deportes.
- Un nuevo traspaso de competencias en materia de cultura tendrá lugar poco tiempo después, por R.D. 3296/83, de 5 de octubre, sobre Patrimonio Histórico, fomento de la cultura, infraestructura cultural, y asociacionismo y fundaciones culturales.
En cuanto al traspaso de competencias a otros Ministerios se inicia con la adscripción por el R.D. 1615/80, de 31 de agosto, al Ministerio de la Presidencia de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión, y culmina con las adscripción del Instituto de la Mujer y del Instituto de la Juventud al Ministerio de Asuntos Sociales por R.D. 727/88, de 11 de julio.
Paralelamente, la organización periférica del Ministerio de Cultura, y en general de toda la Administración Central, va reduciendo su tamaño de forma progresiva. El R.D.1801/81, de 24 de julio, sobre estructuración de la administración periférica del Estado, dispone que todos los servicios periféricos se agrupen en una única Dirección Provincial de cada Ministerio, integrada en el correspondiente Gobierno Civil pero dependiente orgánica y funcionalmente de su respectivo Ministerio. Sus funciones, en general, se reducen ahora a la gestión y ejecución de las decisiones políticas, sin capacidad decisoria propia.
Desde entonces se puede observar, a través de las diferentes relaciones de puestos de trabajo ¬¬—tanto si se llaman así como si no— del Ministerio de Cultura, como a través de la propia documentación una reducción progresiva del número de funcionarios y de dependencias activas dentro de la Dirección Provincial. En ningún caso existe una disposición específica que suprima las diferentes unidades, que teóricamente siguen existiendo conforme al modelo establecido por el R.D. 392/78, pero que en la práctica van desapareciendo. Por fin, el R.D. 1686/84, de 4 de julio, suprime las Direcciones Provinciales del Ministerio de Cultura en algunas provincias, entre ellas las cinco castellano-manchegas, estableciendo que los servicios periféricos que subsistan se integren en los respectivos Gobiernos Civiles. Al año siguiente, por R.D. 565/85, de 24 de junio, se adscribe orgánicamente al Gobierno Civil el antiguo negociado de "Medios". Desde entonces, los Servicios Periféricos de Cultura en Toledo se compondrán exclusivamente de una Sección y un Negociado.
Estos Servicios Periféricos continuarán ejerciendo funciones básicamente de trámite, cada vez más reducidas conforme el Ministerio de Cultura va perdiendo competencias. La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispone que los escritos dirigidos a cualquier órgano de la Administración Central podrán presentarse en cualquier órgano de las administraciones central —incluyendo los Gobiernos Civiles— o autonómica, e incluso local en algunos casos, con lo que los Servicios Periféricos pierden incluso la función de trámite documental que venían ejerciendo. Los Servicios Periféricos del Ministerio de Cultura en Toledo no han sido oficialmente suprimidos, pero el último documento registrado en su Registro General de Entrada data de septiembre de 1994, fecha en que la última funcionaria fue trasladada a otro destino.

Forma de Ingreso: TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Nombre del/los productor/es:

Área de Contenido y Estructura

Alcance y Contenido: Hasta 1984, año de la conversión de la Dirección Provincial en Servicios Periféricos, todavía la documentación refleja las actuaciones que el Ministerio de Cultura realizaba en la provincia. Pero a partir de esa fecha estas actuaciones se reducen mucho, aunque también puede seguirse la actividad de los centros que dependen del Ministerio —el Museo del Greco, el Museo Sefardí y, desde 1991, el Archivo de la Nobleza— a través de la correspondencia y de otros documentos.

Valoración, Selección, Eliminación: Parte de la documentación de este fondo fue eliminada en agosto de 2020.

Nuevos Ingresos:

Organización: La documentación se ha organizado en dos subfondos: Delegación y Dirección provincial, y Servicios Periféricos. La razón de ello es el fuerte cambio que supone la transferencia de la mayor parte de las competencias de cultura a la Comunidad Autónoma y el paso de Dirección Provincial a Servicios Periféricos en 1984, que supuso el desmantelamiento de la estructura organizativa interna que hasta entonces, al menos en teoría, subsistía. Sin embargo, algunas funciones de la Dirección Provincial continuarían siendo ejercidas durante algún tiempo por los Servicios Periféricos, produciéndose una continuidad en las series documentales.

Área de Condiciones de Acceso y Utilización

Condiciones de Acceso: Algunos documentos pueden ser de acceso restringido al contener datos personales, de acuerdo con el Reglamento europeo 2016/679 y el Real Decreto 1708/2011. En general, la restricción de acceso a estos documentos se levantará a los 50 años de su fecha.

Condiciones de Reproducción: Las mismas que las de acceso.

Lengua/escritura(s) de los Documentos: Español. Escritura humanística y mecanografiado.

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Estado Conservación: Bueno

Observaciones Conservación:

Índices de Descripción:

  • Bibliotecas
  • Espectáculos
  • Asociaciones culturales
  • Actividades Artísticas
  • Arte
  • Cine
  • Actividad cultural
  • Arqueología
  • Administración pública
  • Toledo (provincia)
  • Difusión cultural
  • Política cultural
  • Deportes
  • Archivos
  • Cultura
  • Movimientos culturales
  • Administración territorial
  • Instituciones culturales
  • Delegación Provincial del Ministerio de Cultura en Toledo.
  • Museos

Instrumentos de Descripción:

  • Base de datos accesible en el AHPTO

Área de Documentación Asociada

Existencia y Localización de los Originales:

Existencia y Localización de las Copias:

Unidades Relacionadas por Procedencia: Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Cultura.
Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Educación y Ciencia.
Fondo del Gobierno Civil. Relaciones. Relaciones con la Administración Central. Relaciones con el Ministerio de Información y Turismo.
Fondo de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Cultura

Otras Unidades Relacionadas:

Notas de Publicaciones:

Área de Notas y Control

Notas:

Control de la Descripción - Notas del Archivero: Descripción realizada por Carlos Flores Varela, en junio de 2016, sobre la base de un inventario redactado en 2000. Revisada en junio de 2022.

Control de la Descripción - Reglas o Normas:

Volumen y soporte

  • 433 Caja(s)
    • Soporte: Papel
  • 1 Legajo(s)
    • Soporte: Papel
  • 2 Libro(s)
    • Soporte: Papel


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