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Tipo de entidad: Institución
Subelemento: Sin determinar
Forma autorizada del nombre: Ministerio de la Vivienda (España, 2004-2010)
Forma(s) paralela(s) del nombre:
Forma(s) normalizada(s) del nombre segun otras reglas:
Otra(s) forma(s) del nombre:
Fecha de existencia: 2004 / 2010
Lugar(es):
Función/ocupación(es):
Estatuto Jurídico:
Atribución(es)/Fuente(s) legal(es):
La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de acceso a la vivienda, sea en régimen de propiedad o de alquiler, edificación, urbanismo, suelo y arquitectura, así como la planificación y programación de las correspondientes inversiones relativas a estas materias
Historia:
El Ministerio de Vivienda se crea por Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, como departamento responsable de ejercer las competencias que, conforme a lo establecido en el artículo 149.1 de la Constitución, corresponden a la Administración General del Estado en materia de vivienda y suelo. Con posterioridad, el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha establecido la correspondiente al Ministerio de Vivienda, cuya disposición final segunda prevé la adaptación de la estructura orgánica de los diferentes departamentos ministeriales a lo previsto en dicho real decreto. En cumplimiento de dicha previsión, se procede a completar la estructura orgánica del departamento de acuerdo siempre con el objetivo, marcado por el citado real decreto, de facilitar el desarrollo del programa político del Gobierno y conseguir la máxima eficacia y racionalidad. En consecuencia, el Real Decreto 1718/2004, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda, tiene como objetivo completar la estructura orgánica básica del departamento hasta el nivel de subdirección general. Dicho Real decreto establece que corresponde al Ministerio de Vivienda, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de acceso a la vivienda, sea en régimen de propiedad o de alquiler, edificación, urbanismo, suelo y arquitectura, así como la planificación y programación de las correspondientes inversiones relativas a estas materias. Y se estructura en los siguientes órganos directivos: La Subsecretaría de Vivienda, de la que dependen la Secretaría General Técnica y los órganos relacionados en el artículo 2. La Secretaría General de Vivienda, con rango de subsecretaría, de la que dependen la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y la Dirección General de Urbanismo y Política de Suelo. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata al Ministro de Vivienda, existe un Gabinete, cuyo titular tiene el rango de director general, conforme a la estructura prevista en el artículo 17 del Real Decreto 562/2004, de 19 de abril.
Estructura(s) interna(s)/Genealogía:
RELACIÓN 1
Identificador del registro de autoridad:
Identificador(es) de la institución
Reglas y/o convenciones:
Nivel de detalle: Completo
Estado de elaboración: Finalizado
Lengua(s):
Escritura(s):
Fuente(s):
Notas de mantenimiento: Ana Amigo López, archivera del Ministerio de Fomento.
RELACIÓN 1
RELACIÓN 2
RELACIÓN 3
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RELACIÓN 4
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