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Detalle Registro


Consejo de Guerra (España)

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Área de Identificación

Tipo de entidad: Institución

Subelemento: Sin determinar

Forma autorizada del nombre: Consejo de Guerra (España)

Forma(s) paralela(s) del nombre:

Forma(s) normalizada(s) del nombre segun otras reglas:

Otra(s) forma(s) del nombre:

  • Consejo de la Guerra

Área de Descripción

Fecha de existencia: 1516 / 24-03-1834

Lugar(es):

  • Madrid (España)
  • Valladolid (España)

Función/ocupación(es):

  • La finalidad del Consejo de Guerra fue la resolución de todos los asuntos relacionados con el ámbito militar. Simultáneamente tuvo competencias judiciales y gubernativas. Por las primeras entendía en todas las causas civiles y criminales en las que intervenía personal militar. Por las segundas resolvía cuestiones de levas y reclutamientos, nombramientos de jefes militares, aprovisionamiento, construcción de navíos, preparación de armadas, fabricación de armamento, sistemas defensivos, hospitales, ejércitos permanentes de la Península (gaurdas y milicias....). En el s. XVIII con la creación de la Secretaría del Despacho Universal de la Guerra, las atribuciones del Consejo quedaron reducidas a cuestiones contenciosas y judiciales, asuntos de protocolo e interpretación de ordenanzas y reglamentos militares. El ámbito territorial de actuación se limitó a la Península, Islas Baleares y Canarias así como Norte de África.

Estatuto Jurídico:

Organismo de la Administración Central del Estado.

Atribución(es)/Fuente(s) legal(es):

La finalidad del Consejo de Guerra fue la resolución de todos los asuntos relacionados con el ámbito militar. Simultáneamente tuvo competencias judiciales y gubernativas. Por las primeras entendía en todas las causas civiles y criminales en las que intervenía personal militar. Por las segundas resolvía cuestiones de levas y reclutamientos, nombramientos de jefes militares, aprovisionamiento, construcción de navíos, preparación de armadas, fabricación de armamento, sistemas defensivos, hospitales, ejércitos permanentes de la Península (gaurdas y milicias....). En el s. XVIII con la creación de la Secretaría del Despacho Universal de la Guerra, las atribuciones del Consejo quedaron reducidas a cuestiones contenciosas y judiciales, asuntos de protocolo e interpretación de ordenanzas y reglamentos militares. El ámbito territorial de actuación se limitó a la Península, Islas Baleares y Canarias así como Norte de África.

Historia:

Hay menciones a consejeros de guerra ya en 1516. Sus inicios se vinculan, para unos a una 'vía de cámara', donde algunos miembros aconsejaban al Monarca en asuntos militares, y para otros sus orígenes están íntimamente ligados al Consejo de Estado, considerándolos incluso un mismo organismo. El rey Felipe II consolidó la independencia del Consejo de Guerra en 1586 al nombrar consejeros específicos y dividir la única Secretaría de Guerra en dos, una Secretaría de Tierra y otra de Mar. La finalidad del Consejo de Guerra fue la resolución de todos los asuntos relacionados con el ámbito militar. Sin embargo, era el Consejo de Estado el que diseñaba la política y estrategia militar y el Consejo de Guerra era el que ponía los medios para desarrollarla. Algunas Juntas limitaron sus competencias en ciertos periodos especialmente en el siglo XVIII. Entre las Juntas más importantes podemos citar las de Armadas, Galeras, Contrabando, Ejecución, Presidios, Milicias y Almirantazgo. En cuanto a sus sedes, fueron Valladolid (sede habitual hasta el año 1561 y entre 1601/1605) y Madrid (sede entre 1561/1601 y desde el año 1606 hasta su supresión en 1834).

Estructura(s) interna(s)/Genealogía:

Hasta 1586 la organización interna del Consejo de Guerra fue mínima. Con el Rey como presidente, el Consejo estaba constituido por varios consejeros y un secretario, que lo era a su vez de otros consejos, ayudado por oficiales, escribientes y restante personal subalterno. A partir de 1554 un auditor se encargaba de las materias judiciales y se amplia el número de consejeros, oscilando entre cinco y diez. En 1586 la Secretaría del Consejo de Guerra se desdobla en Secretaría de Tierra y Secretaría de Mar. El mayor control de dos áreas conflictivas determinó la división en 1646 de la Secretaría de Tierra en dos: Secretaría de Tierra-Cataluña y Secretaría de Tierra-Extremadura. Tras el advenimiento de la dinastía borbónica, en 1706, se unifican de nuevo las dos Secretarías de Tierra y Mar. En 1717 la planta del Consejo se redujo en cuanto a su número de consejeros, divididos en militares y togados, la presidencia recayó en el Secretario del Despacho de Guerra y la secretaría desaparece, tramitándose la actividad administrativa a través de la Escribanía de Cámara. La nueva planta del año 1773 amplía a veinte el número de consejeros, diez natos y diez asistentes, divididos en sala de gobierno y justicia, y de nuevo restituye la figura del secretario. La plantilla se completa con dos fiscales, tres relatores, un escribano de cámara, abogado, agente fiscal, procurador, oficiales, escribientes, alguaciles y porteros. Esta estructura permaneció prácticamente estable hasta su supresión en 1834.

Área de Relaciones con Otros Registros de Autoridad

RELACIÓN  1

  • Identificador del registro de Autoridad:   null
  • Tipo de entidad:   Persona
  • Forma autorizada del nombre:   Gálvez Gallardo, Miguel (1725-1792)
  • Tipo de Relación:   Asociativa
  • Descripción de la relación
    • Específica:  
    • Forma Narrativa: Fue ministro togado del Consejo de Guerra
    • Fechas de la relación: /

RELACIÓN  2

  • Identificador del registro de Autoridad:   ES28079MCU1069
  • Tipo de entidad:   Institución
  • Forma autorizada del nombre:   Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra
  • Tipo de Relación:   Asociativa
  • Descripción de la relación
    • Específica:  
    • Forma Narrativa: Entidad relacionada por tramitación administrativa. La Secretaría del Despacho de Guerra era la encargada de la dirección y ejecución de la política militar terrestre. Para este fin mantenía una relación estrechísima con el Consejo en la tramitación administrativa de los expedientes relativos a sus competencias. El Secretario del Despacho fue en algún periodo presidente del propio Consejo.
    • Fechas de la relación: 1717 / 1834

Área de Control

Identificador del registro de autoridad:   ES28079MCU192

Identificador(es) de la institución 

  • Centro de Información Documental de Archivos   ES28804CIDA
  • Archivo General de Simancas   ES47161AGS

Reglas y/o convenciones:  

  • NPA2 - Normas para la elaboración de Puntos de Acceso normalizados de instituciones, personas, familias, lugares y materias en el sistema de descripción archivística de los Archivos Estatales. 2º Versión. Noviembre de 2012. [Norma no publicada. En proceso de evaluación].
  • ISAAR(CPF) - Norma Internacional sobre los Registros de Autoridad de Archivos relativos a Instituciones, Personas y Familias, 2ª ed., Viena: Consejo Internacional de Archivos, 2004.
  • 1, Norma de estructura de datos básica: ISAAR (CPF) - International Standard Archival Authority Record For Corporate Bodies, Persons and Families, 2nd ed., Canberra: International Council on Archives, 2004. 2, Norma de contenido de datos: Reglas de catal

Nivel de detalle:   Completo

Estado de elaboración:   Finalizado

Lengua(s):  

  • spa/esl

Escritura(s):   

  • Latn

Fuente(s):   

  • FERNÁNDEZ CONTI, Santiago. El gobierno de los asuntos de la guerra en Castilla durante el reinado del emperador Carlos V (1516-1558). In Intrex: Instituciones y elites de poder en la monarquía hispana durante el siglo XVI. Madrid: Universidad Autónoma de Madrid, 1992. p. 47-105.
  • FERNÁNDEZ CONTI, Santiago. Los Consejos de Estado y Guerra de la monarquía hispana en tiempos de Felipe II (1548-1598). [Valladolid]: Consejería de Educación y Cultura, 1998.
  • GOODMAN, David. Spanish naval power, 1589-1665: reconstruction and defeat. Cambridge: Cambrigde University Press, 1997.
  • THOMPSON, I. A. A. Guerra y decadencia: gobierno y administración en la España de los Austrias, 1560-1620. Barcelona: Crítica, 1981.
  • Código de Referencia de PARES: ES.47161.AGS/2.6//
  • OYA Y OZORES, Francisco de. Promptuario del Consejo de Guerra, y Jurisdicción Militar, en que se refieren el instituto, govierno, y facultades de este Supremo Tribunal, y los casos en que compete, o se limita el fuero militar..., según Ordenanzas, y Reales resoluciones. [Madrid] : [s.n.], 1740.
  • ANDUJAR CASTILLO, Francisco. Consejo y consejeros de Guerra en el siglo XVIII. Granada: Servicio de Publicaciones de la Universidad de Granada, 1996.
  • DOMÍNGUEZ NAFRÍA, Juan Carlos. El Real y Supremo Consejo de Guerra (siglos XVI-XVIII). Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2001.

Notas de mantenimiento:   -Julia Rodriguez de Diego -Migración realizada por el CIDA de autoridades del Censo Guía en Febrero de 2011. -Revisión de autoridades por el CIDA entre octubre-diciembre del 2013 para adecuación a APex.

Relaciones con otras Entidades

RELACIÓN  1

  • Título: Libros Registro
  • Identificador:ES.28079.AGMM/49
  • Tipo de Recurso: Colección
  • Fecha del recurso y/o relación: 1526 / 1813

RELACIÓN  2

RELACIÓN  3

  • Título: Consejo de Guerra
  • Identificador:ES.47161.AGS/3.7
  • Tipo de Recurso: Fondo
  • Fecha del recurso y/o relación: 1386 / 1706

Relaciones con otras Materias

Relaciones con otros Recursos

RELACIÓN  1

  • Título:Censo-Guía de Archivos de España e Iberoamerica
  • Identificador:   http://censoarchivos/../rdetail.htm?id=46764
  • Tipo de Recurso: Recurso Electrónico (Consulta 14/01/2014)
  • Naturaleza de la Relación: Fichero de Autoridades
  • Fecha del recurso y/o relación: /

RELACIÓN  2

  • Título:VIAF - Fichero de Autoridades Virtual Internacional
  • Identificador:   http://viaf.org/viaf/139746382
  • Tipo de Recurso: Recurso Electrónico (Consulta 06/10/2014)
  • Naturaleza de la Relación: Obras publicadas
  • Fecha del recurso y/o relación: /


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